miércoles, 5 de noviembre de 2014











Bienvenidos a este blog, el cual contiene conceptos, imágenes, vídeos, mapas conceptuales y más información relacionada con algunos temas importantes de Ética.
El objetivo de la creación de dicho blog, es recordar, analizar y conocer más a fondo sobre temas determinados, mismos que han sido mencionados en la clase y en el libro de Ética durante el primer y segundo parcial, en el tercer semestre.





UNIDAD I. RELACIONES INTERPERSONALES Y SEXUALIDAD



¿QUÉ ES ÉTICA?

La ética esta  próxima a las conductas humanas; como las órdenes, las costumbres y los caprichos, ya que son los motivos fundamentales de nuestra actuación. Cada una de esas causas orienta el comportamiento hacia una dirección u otra, explica más o menos las preferencias por hacer lo que se hace frente a las otras muchas  cosas que se podrían realizar.
Las órdenes, en parte adquieren su fuerza del miedo que se pueden tener a las terribles sermoneadas contra nosotros; pero también del afecto y la confianza que se tiene a los padres o personas mayores o superiores a nosotros, y que nos lleva a pensar que lo que nos ordenan es para protegernos y mejorar nuestra personalidad.
Por otro lado, las costumbres provienen de la comodidad de seguir la rutina y del interés propio en no contrariar a los otros. Las órdenes y las costumbres tienen una cosa en común: parece que vienen de fuera, que se te imponen sin pedirte permiso.
En cambio los caprichos vienen de adentro de cada persona, brotan espontáneamente sin recibir orden alguna.
La Ética se ocupa propiamente de la cuestión de la libertad, dicho término es poder decir “si” o “no”; “lo hago o no lo hago, digan lo que digan mis papás o los demás”, “esto me conviene y lo quiero”, “aquello no me conviene y por tanto no lo quiero”. Libertad, es decidir entre lo correcto o incorrecto.
En conclusión, puede haber órdenes, costumbres y caprichos que sean razones adecuadas para obrar, pero en otros casos no tiene por qué ser así.
Nunca una acción es buena solo por ser una orden, una costumbre o un capricho. Para saber si nuestras acciones son correctas o convenientes, tenemos que examinar más a fondo lo que hacemos, razonando por nosotros mismos.

VÍDEO SOBRE LA ÉTICA



 LA IDENTIDAD

La identidad es el resultado del proceso que distingue a un ser humano de sus semejantes y que tienen como punto de partida la asimilación individual y la interacción social; es decir, la convivencia que surge en la familia o la escuela, así como la influencia de los medios de comunicación o las redes sociales.

La identidad es la imagen que tenemos de nosotros mismos como personas únicas, con habilidades, conocimientos, preferencias y carácter propios pero que, al mismo tiempo nos permite reconocernos como integrantes de uno o varios grupos.

La identidad sociocultural se define como la forma en que los miembros de un grupo consideran como propios los componentes culturales de su sociedad y su historia. Se conforma por los valores,  las tradiciones, las creencias, los símbolos y las conductas aceptadas en un conjunto social, lo que hace que se genere y funde  un sentimiento de pertenencia.

La identidad se conoce en diversos contextos:

IDENTIDAD CULTURAL

La identidad cultural son las características propias de la cultura de un grupo que permiten a los individuos identificarse como miembros de un grupo y también diferenciarse del resto. Está compuesta por múltiples elementos como las tradiciones, los valores y las creencias características de una determinada cultura.
La identidad cultural y la interculturalidad son conceptos complementarios que permiten a una persona o grupo afirmar su propia identidad y a la vez entablar relaciones con otras culturas.


IDENTIDAD NACIONAL

La identidad nacional es un sentimiento identitario a nivel individual y/o colectivo basado en la pertenencia a un estado o nación que pueden llegar a abarcar aspectos como la cultura y la lengua.

 

 IDENTIDAD DE GÉNERO 

La identidad de género es un conjunto de pensamientos y sentimientos de una persona que le permiten identificarse con una categoría de género. Se trata de un concepto diferente al de identidad sexual.                                                   

La construcción de la identidad de género se basa en procesos psicológicos básicos y factores sociales.


 IDENTIDAD PERSONAL
La identidad personal es el conjunto de características propias de una persona y la concepción que tiene de sí misma en relación al resto de personas. La identidad personal es individual, dinámica y abarca diferentes dimensiones de la persona.
La identidad personal permite por un lado la individualización o diferenciarse del resto de personas y por otro ofrece la posibilidad de pertenencia a un grupo o colectivo.

 

MAPA CONCEPTUAL DE IDENTIDAD


VÍDEO SOBRE LA IDENTIDAD




LA ALTERIDAD


La alteridad se define como  la condición de ser otro. Es un principio filosófico que consiste en alterar o modificar la perspectiva individual, es decir, la propia, por la de otra persona. Para lograrlo, es necesario tomar en cuenta  las ideas, puntos de vista, la forma de ver el mundo y los intereses del otro.
La alteridad consiste propiamente en ponerse en el lugar del otro para poder comprenderlo,  haciendo  a un lado nuestros sentimientos e ideas.
En nuestra vida cotidiana, la alteridad está presente  en el momento que nos relacionamos con  los demás; cuando interactuamos creamos imágenes de las personas con las que  convivimos  pero poniéndonos en su lugar. En la alteridad nos  desprendemos de nuestra propia ideología e intereses para comprender la situación de otro, sin que exista empatía. Es muy difícil lograr la alteridad en un momento dado, pues las visiones particulares de dos personas por ejemplo, son difíciles de asimilar por uno de los participantes. Hay que tener mucha amplitud mental, para lograr ver y sentir lo que siente y ve la otra persona. Si enfocamos la alteridad con la Ética podemos aseverar que sería comprender desde nuestra visión y sentimientos las normas morales y de conducta que una persona o sociedad han creado a lo largo del tiempo para su propio bienestar. Se puede decir que a medida que comprendamos desde nuestra perspectiva las normas sociales de otros podemos salvar diferencias que puedan causar daños y mal entendidos a la hora de comunicarnos y hacernos comprender.






MAPA  CONCEPTUAL SOBRE LA ALTERIDAD



VÍDEOS SOBRE IDENTIDAD Y ALTERIDAD




 LA MORAL

La moral, etimológicamente tiene que ver con las costumbres, y también con las órdenes. Sin embrago, hay costumbres y mandatos que  que pueden ser malos, es decir, inmorales. La moral es el conjunto de  comportamientos y normas que nosotros y otras personas aceptamos como válidos .                                                                                                                           
La moral es la conciencia que tiene una persona del bien y del mal por la cual se siente responsable de sus actos. La moral pertenece a nuestro mundo interior, mientras que la ética únicamente tiene que ver con la relación que los individuos deben observar con sus semejantes y está marcada por las costumbres y los usos sociales. 
Se puede observar que existen personas más conscientes y evolucionadas que otras y que, por lo tanto, existen diferentes tipos de moral. Unas son perfectas y superiores y otras muchas brutales y bárbaras. Por ello es necesario que comprendamos que, en realidad, existen tantas morales como seres humanos, y que los deberes de unas personas no son los mismos que los deberes de otras –así como sus privilegios.
No hay maldad en los hechos, sino en la bajeza con la que estos se realizan. Si los hechos son realizados con bondad y son limpios no seremos juzgados por ellos, o lo seremos ligeramente y sólo por nuestra ignorancia. Pero esos mismos hechos, realizados por otra persona y con otras intenciones, serán totalmente reprobables y sancionables. Por lo tanto, no se juzgan tanto los hechos en sí sino la intencionalidad, la bondad o la maldad con la que se realizan.  No es fácil el oficio de vivir dignamente, no. Para ello debemos ser conscientes y obrar adecuadamente, lo que significa estar enraizados en la virtud. Esto implica renunciar constantemente a la ventaja y al interés propio en favor de la moral y del sacrificio, lo que es algo así como un saber hacer del espíritu. Desde luego, resulta mucho más tentador revestirse de una moral aparente y jugar sucio tras el parapeto de la imagen. Pero la moral es autenticidad, transparencia del espíritu y verdad. Tenemos que ser los mismos en el pensamiento, la palabra y la obra.
No podemos vivir pensando de una manera y hablando y actuando de otra.


MAPA CONCEPTUAL SOBRE LA MORAL


VÍDEOS SOBRE LA ÉTICA Y LA MORAL







RELACIONES INTERPERSONALES

Las relaciones interpersonales se desarrollan con la presencia de emociones. 
Para que nuestra interacción con los y las demás sea satisfactoria, es necesario distinguirlas y educarla. Para poder realizar la tarea de identificarlas y orientarlas, previamente hay que familiarizarse con el mundo emocional. Las relaciones interpersonales con-sisten en la interacción que tiene un individuo con sus pares.                   
Es muy importante que una persona se conozca a sí misma para establecer una relación con los demás.
Las relaciones interpersonales son asociaciones  entre dos o más personas. Estas asociaciones pueden basarse en emociones y sentimientos, como el amor, el gusto artístico u otro tipo de arte, el interés por los negocios y por las actividades sociales, las interacciones y formas colaborativas en el hogar, creencias religiosas, etc.

Las relaciones interpersonales se dan en distintos contextos, como la familia, los grupos de amigos, el matrimonio, las amistades, compañeros de escuela, los entornos laborales, los clubes sociales y deportivos, las comunidades religiosas, etc. Las relaciones interpersonales pueden surgir por distintos motivos, ya sea por ley, por costumbre o por acuerdo mutuo, y son una base o un entramado fundamental de los grupos sociales y de la sociedad en su conjunto. Juegan un papel fundamental en el desarrollo integral de las personas. A través de ellas, el individuo obtiene importantes refuerzos sociales del entorno, lo que favorece su adaptación e integración al mismo, y socializa con otras personas.
Desde el nacimiento y conforme vamos creciendo, tenemos el primer acercamiento con alguna persona, este primer contacto definirá muchas de nuestras conductas y reacciones ante las diferentes circunstancias de la vida; así también, esta primera  relación será la que determine muchas otras que habremos de establecer a lo largo de nuestra existencia. 

Si el primer contacto con alguna persona es cálido y enriquecedor en la formación del sí mismo, la capacidad de relacionarnos con otras personas será mucho más fácil y confiada. Por lo contrario si crecemos en un ambiente poco afectuoso, la formación de la estructura del sí mismo será débil y temerosa ante experiencias interpersonales nuevas. Esto último también puede ser timidez  o conductas violentas.



La soledad y la falta de pertenencia producen una privación grave y, en consecuencia numerosos trastornos entre los que destacan la depresión, baja autoestima y falta de habilidades sociales.
Las principales investigaciones llevadas a cabo desde el ámbito de la psicología han puesto de manifiesto que las relaciones interpersonales están estrechamente vinculadas con el bienestar de las personas y que tras la mayor parte de los comportamientos, cogniciones y emociones humanas, subyacen motivaciones sociales.

Nuestro primer acercamiento con el mundo lo tenemos a través de nuestra madre. 

Los amigos, la familia, tu relación de pareja, los hijos, tus compañeros de trabajo, de estudio, todas tus relaciones interpersonales te dan oportunidad para madurar, para hacer mejor las cosas, para manejarte más adecuadamente y así poder construirte la vida feliz que deseas. 


MAPA CONCEPTUAL DE RELACIONES INTERPERSONALES.




VÍDEOS RELACIONADOS CON LAS RELACIONES INTERPERSONALES.














LA INTERACCIÓN HUMANA


La interacción humana es una acción que se ejerce recíprocamente entre dos o más objetos o individuos. La interacción social es una necesidad humana que consiste en el comportamiento comunicativo global de los individuos relacionados entre sí. A través de  este comportamiento se establece una influencia mutua y los involucrados adaptan su comportamiento frente a los demás, y es gracias a ello que podemos convivir.
En nuestra vida diaria está presente la interacción, por ejemplo en pláticas con otras personas, al chatear por medio de las redes sociales, al enviar mensajes por medio del celular, al responder comentarios en las redes sociales, al bailar, al practicar un  deporte en equipo, entre muchas acciones más.
Al interactuar con otra persona nos reflejamos en ella, es decir, podemos reconocerla como personas que tienen vivencias, ideas, opiniones y actitudes similares a las nuestras, y que poseen virtudes y  cometen errores como todo ser humano. Al momento de interactuar podemos encontrar referencias de personalidad y también elementos de admiración, compañía, comprensión y contención emocional.
Por medio de la interacción podemos compartir e intercambiar ideas, opiniones, pensamientos, y otra cosas que nos favorecen porque posibilitan que tengamos una visión tan amplia como personas conozcamos, sobre todo si éstas provienen de diferentes contextos.



MAPA CONCEPTUAL SOBRE LA INTERACCIÓN HUMANA




VÍDEO SOBRE LA INTERACCIÓN






LA LIBERTAD

En todo momento tomamos decisiones, cuando vamos realizar alguna acción. 
Cada vez que pensamos en hacer o  no algo, estamos tomando una decisión.
La libertad, implica responsabilidad, esto significa nuestra suficiencia  de responder ante las decisiones que tomamos  y como siempre estamos decidiendo  sin poder escapar de ello, tampoco podemos  escapar de la responsabilidad. Siempre somos responsables de nuestras propias acciones y de las consecuencias que estas traigan, ya sean buenas o malas. No podemos pretender no enfrentar las consecuencias de nuestras decisiones, ya que reclamarán nuestra respuesta tarde o temprano, porque a nadie le es  posible  responder por nosotros ante el ejercicio propio de nuestra libertad.
                                                                                                                                                
La responsabilidad, es algo que se debe aprender desde la niñez, en esta etapa debemos aprender a asumir las consecuencias de nuestras acciones y conductas, esto como una capacidad de respuesta ante lo que sucede.
En otras palabras, la libertad es la facultad o capacidad del el ser humano de actuar o no actuar siguiendo según su criterio y voluntad. Libertad es también el estado o la condición en que se encuentra una persona que no se encuentra prisionera, coaccionada o sometida a otra.                   
Se utiliza esta palabra para referirse también a la facultad que tienen los ciudadanos de un país de actuar o no actuar siguiendo su voluntad siempre que esté dentro de lo que establece la ley.
Este término también hace referencia a 'confianza', 'franqueza' y, especialmente en su forma en plural, libertad significa osada familiaridad. 'Libertad' puede indicar también una falta de obligación. No existe una libertad absoluta, ya que las personas se ven condicionadas por sus propias capacidades y el entorno.

LIBERTAD DE EXPRESIÓN


La libertad de expresión es un derecho fundamental del ser humano consistente en la capacidad de difusión libre de información e ideas por distintos medios.
En algunos casos, la libertad de expresión se ve condicionada por determinados factores como la difusión de cierto tipo de contenidos en determinados contextos.
En algunos lugares, este derecho no existe
y la difusión de determinada información o de opinión está fuertemente controlada y en ocasiones castigada por ley, especialmente en países no democráticos.
Este derecho aparece reflejado en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en el artículo 19. La libertad de prensa o libertad de imprenta es una forma de libertad de expresión.






LIBERTAD RELIGIOSA




La libertad religiosa o libertad de culto es un derecho fundamental del ser humano consistente en la capacidad de elegir  libremente su religión, de no elegir ninguna (irreligión), o de no creer o validar la existencia de un Dios (ateísmo y agnosticismo) y ejercer dicha creencia públicamente, sin ser víctima de opresión, discriminación o intento de cambiarla.
Este derecho aparece reflejado en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en el artículo 18. indica: Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.


MAPA CONCEPTUAL SOBRE LIBERTAD




VÍDEO SOBRE LIBERTAD





 LA HETERONOMÍA


La heteronomía se puede describir como aquella cuya norma guía procede de una instancia  diferente a la del propio individuo libre: padres, profesores, amigos, ideologías políticas, credos religiosos, o lo que es lo mismo, cuando la norma obedece  no al deber en sí mismo sino a fines u objetivos que satisfagan las inclinaciones y deseos de cada persona.

La heteronomía es la voluntad que no se encuentra determinada por la razón del individuo, sino más bien por cuestiones ajenas a este, entre ellas: las voluntades de los demás, las diferentes cosas con las cuales interactuamos en el mundo, la voluntad de dios y la sensibilidadLa heteronomía se opone a la autonomía.

HETERONOMÍA DE LAS NORMAS: Significa que las normas jurídicas son creadas por otra persona distinta al destinatario de las mismas y, que ésta, además, es impuesta en contra de su voluntad.

HETERONOMÍA DE LA VOLUNTAD: Describe la circunstancia de que cuando un sujeto sigue leyes morales; las leyes a las que está sometido no tienen origen en su propia razón sino que le vienen dadas de fuera. La voluntad puede estar determinada por dos principios, puede tener dos fundamentos: la razón o la inclinación. 


Cuando es la propia razón la que decreta el modo en que debe actuar la voluntad, ésta es autónoma porque se da a sí misma sus propias leyes. Sin embargo, cuando la voluntad está determinada por la inclinación  la voluntad es heterónoma. 


MAPA CONCEPTUAL SOBRE LA HETERONOMÍA






VÍDEO SOBRE LA HETERONOMÍA






LA AUTONOMÍA



La autonomía se refiere a crear los propios lineamientos bajo los cuales una persona actuará, y estos tienen origen en las necesidades propias, sin preocuparse o tomar en cuenta los deseos de otro. La autonomía se refiere a la  independencia que el sujeto puede llegar a  alcanzar, siendo el resultado de un proceso de maduración, lo cual es necesario para su buen desarrollo integral.
La autonomía es un concepto de la filosofía y la psicología evolutiva que  expresa la capacidad para darse normas a uno mismo sin influencia de presiones  externas o internas. Se opone a heteronomía. Autonomía se refiere a la regulación de la conducta por normas que surgen del propio individuo.
Autónomo es todo aquél que decide conscientemente qué reglas son las que van a guiar su comportamiento. Tener autonomía quiere decir ser capaz de hacer lo que uno cree que se debe hacer, pero no sólo eso. También significa ser capaz de analizar lo que creemos que debemos hacer y considerar si de verdad debe hacerse o si nos estamos engañando. Somos autónomos cuando somos razonables y consideramos qué debemos hacer con todos los datos a nuestra disposición. Dicho de otro modo: somos verdaderamente autónomos cuando usamos nuestra conciencia moral.

Precisamente cuando hacemos esto, nos fijamos en la conexión causal entre las acciones y los efectos que producen. La conciencia de esa conexión nos lleva al concepto de responsabilidad. Sólo cuando somos libres en el sentido positivo de la palabra -es decir, autónomos, conscientes-, nos damos cuenta de la repercusión de nuestras acciones y podemos ser responsables. En relación al concepto de autonomía, como proceso para la toma de decisiones libres sustentadas en la propia conciencia de la persona (valores, principios, creencias, etc.), es interesante repasar algunos conceptos que contribuyen en la constitución de la autonomía como voluntad, libertad y autoestima.


MAPA CONCEPTUAL SOBRE LA AUTONOMÍA




VÍDEOS SOBRE LA AUTONOMÍA











LOS SENTIMIENTOS Y ACCIONES



La palabra sentimiento se puede definir como el estado afectivo de ánimo producido por  causas que lo impresionan vivamente. Entonces, los sentimientos se producen a partir de vivencias y situaciones cotidianas que impactan a las personas y les afectan o benefician en su estado de ánimo. Cada persona reacciona de manera distinta en cada circunstancia, a partir de eso, los sujetos asimilarán desde su propia experiencia lo que están viviendo.

El sentimiento es el resultado de una emoción, a través del cual, la persona que es consciente tiene acceso al estado anímico propio. El cauce por el cual se solventa puede ser físico y/o espiritual. Forma parte de la dinámica cerebral del ser humano, que le capacita para reaccionar a los eventos de la vida diaria al drenarse una sustancia producida en el cerebro, al mismo.  Muchas veces tenemos sensaciones en el cuerpo que nos crean sentimientos que al mismo tiempo nos traen recuerdos, y algunas veces no encontramos la explicación de lo que nos ocurre, o de lo que recordamos, sin embargo la hay. Los sentimientos, son la evaluación consciente que hacemos de la percepción de nuestro estado corporal durante una respuesta emocional. Los sentimientos son conscientes, objetos mentales como aquellos que desencadenaron la emoción (imágenes, sonidos, percepciones físicas). Las emociones que no se perciben como sentimientos son inconscientes y, sin embargo, pueden tener efecto sobre nuestras conductas.

Por otro lado, las acciones son la consecuencia de lo que se siente. La actitud es la postura del cuerpo humano, especialmente cuando es determinado por los movimientos de ánimo, o expresa algo con eficacia y disposición del ánimo  manifestada de algún modo. Las acciones representan la manera en que una persona manifiesta lo que siente. Muchas veces las acciones y actitudes  surgen como defensa ante otras personas o circunstancias de la vida. Existen muchas actitudes, pueden ser de generosidad, honestidad, amor, y muchas más que se conocen. 

Las acciones de cada individuo dependerán de  cómo se sienta y  qué actitud tenga ante las cuestiones en las que se vea involucrado, reaccionará con base a lo que está ocurriendo en su interior sin reflexionarlo mucho, aunque esto es incorrecto porque antes de responder o reaccionar de alguna u otra manera, es mejor analizar qué es lo más conveniente para sí mismo y para su entorno, y así llevar a cabo una acción.








MAPA CONCEPTUAL SOBRE LOS SENTIMIENTOS Y ACCIONES







VÍDEO SOBRE LOS SENTIMIENTOS Y ACCIONES








SEXUALIDAD


La sexualidad es el conjunto de aspectos biológicos, psicológicos, sociales, culturales y emocionales que expresa cada individuo., con los cuales vive y comprende al mundo. La sexualidad inicia desde el nacimiento y va modificándose a lo largo de la vida de cada persona, se refleja en los deseos, pensamientos, acciones, actitudes, valores y relaciones tanto interpersonales como intrapersonales. Entonces la manera en que una persona se mueve, habla, se viste, se relaciona, se enamora, expresa su sexualidad.
La sexualidad es parte integral de la vida humana, porque se nace y se muere sexuado/a. Va acompañando a las personas y se expresa en forma diferente a lo largo de la vida. Es parte básica del crecimiento, del auto-conocimiento, del desarrollo y de la identidad como seres humanos. Se relaciona con los sentimientos, las emociones, los valores, los pensamientos e ideas y las experiencias de cada persona. Es un asunto complejo que influye en la comunicación entre las personas, ya que cada persona es percibida por los demás y, a su vez, percibe a las otras personas según sean hombres o mujeres.

 La sexualidad ocurre en el cuerpo, y en ella participan los sentidos (tacto, vista, olfato, audición, gusto), las hormonas (los mensajeros químicos), las ideas, los valores y las emociones que las personas tienen y, por lo tanto, influye en la salud del cuerpo y la mente. Una sexualidad íntegra requiere establecer un conocimiento personal e íntimo sobre sí mismo y el otro/a, en un terreno en el que se desarrollan la comunicación y la afectividad mutuas.
La sexualidad es también una necesidad que se expresa como el deseo de contacto físico y emocional, de intimidad, de ternura, de placer y que estrecha las relaciones humanas. Es parte del amor, del erotismo, de los afectos y del deseo. La sexualidad no es sólo tener relaciones sexuales (coito) y no se limita al hecho de tener o no placer. El desarrollo de una sexualidad plena es esencial para el bienestar de los/as individuos, el interpersonal y el de las sociedades.

La sexualidad abarca el sexo, las identidades y los papeles de género, el erotismo, el placer, la intimidad, la reproducción, y la orientación sexual.

MAPA CONCEPTUAL SOBRE LA SEXUALIDAD






PLACER


El placer se ha colocado  en los extremos del bien y el mal y como lo opuesto del dolor. Para los estoicos, el placer es el mayor enemigo de la moral, por otro lado, algunos filósofos  lo consideran positivos  ya que nos permite acceder  a un bien estar mayor del que provee. Lo cierto es que el placer es un estado agradable ligado a actividades como comer, dormir o tener relaciones sexuales, de igual forma, apreciar el arte de crear obras es también placentero.
Baruch Spinoza ha sido uno de los filósofos que más se han esforzado en racionalizar y definir desde esa perspectiva lo que es el placer y su naturaleza. Para él el concepto de placer es “un sentimiento del paso de cierto estado de perfección a otro más elevado”, mientras que el dolor sería un proceso inverso. Claramente Spinoza apuesta a que la idea de placer se ha de ligar con lo “bueno”.
En esa concepción, el placer puede aparecer como bien moral supremo, siendo fruto de la acción voluntaria o apareciendo como acompañante necesario del logro del bien moral. Aunque el placer no es el logro del bien en sí mismo, tan solo aparece junto a él.
La idea de Spinoza está ligada al empirismo e incluso a una elección empírica de la moral, como señalará Kant. El objeto bueno que es deseado determina la voluntad, pero la determina porque el bien moral es promesa de placer. Eso ligaría lo moral a lo subjetivo -a lo que se considera que lleva al placer.
La búsqueda voluntaria de lo bueno se convertiría así en un medio para alcanzar lo placentero. En consecuencia, desde ese punto de vista la elección moral no es “altruista” sino pragmática. Es lo empírico lo que define lo placentero y, por tanto, lo bueno.

EL PLACER COMO BIEN


La definición de Spinoza sitúa al placer ligado al bien, le da una connotación moral positiva. Antes que él se definen en el mismo sentido aunque con notables variantes los filósofos cirenaicos hedonistas y los epicúreos.
Para los cirenaicos la definición de la sensación de placer es la del movimiento sereno del cuerpo, por el contrario el dolor es el movimiento desordenado del mismo. Hay que decir que para la filosofía griega el concepto de “movimiento” no es el de movimiento físico sino el de un cambio de estado en algo o alguien.

La filosofía será para ellos, por tanto, la que se ocupará de elegir y medir el placer. Así, Anicerís valoro por encima del placer sensual el que resulta de la amistad, la vida familiar o el ejercicio de la política. Sin embargo, Hegesís, da el contrapunto pesimista a la cuestión del placer, al decir que todo placer va acompañado tarde o temprano de dolor -esencialmente por la pérdida de lo que era placentero-.

Los hedonistas cirenaicos tienen una concepción del placer decididamente como algo “bueno”, su objetivo es el logro de la felicidad que prácticamente identifican con el placer, por ello también se centran en la desaparición del dolor de la angustia, el evitarlos en todo lo posible.

Los epicúreos buscarán también el placer, aunque de una manera más racional y sistemática que los hedonistas, por tanto, también, menos extrema.

Para el 
epicureísmo el placer es el medio para acercar la felicidad, pero la felicidad tampoco es su fin, sino, a su vez, el medio para lograr la “ataraxia” o “imperturbabilidad” que se considera el estado de ánimo ideal que permite no sentirse afectado por nada, incluyendo el dolor y la angustia.

No obstante, el epicureísmo, aunque se centra como el hedonismo en evitar o suprimir el dolor -físico o emocional-, va más allá del hedonismo, busca la 
ataraxia como objetivo supremo. Pero pretende lograrla no tanto porque no perturbe nada sino evitando toda elemento que pueda perturbar, como el temor y el dolor, por ello fomenta los placeres sencillos, mesurados y equilibrados. Es una cuestión de pragmatismo, esos placeres serán más fáciles de lograr y más difíciles de perder.

El placer en el epicureísmo no se entiende como un placer material, sino más bien como un placer duradero y de índole espiritual. Precisamente por eso el epicureísmo abogará por evitar las preocupaciones y cultivar la amistad.

EL PLACER COMO MAL


De manera contraria a las anteriores escuelas los filósofos cínicos y aún más los estóicos verán en el placer como algo negativo, dado que para ellos el placer resulta ser el principal enemigo de la moral.
En el mismo sentido se pronunciarán la mayoría de doctrinas ascéticas, siendo el gnosticismo la que con mayor aversión ve todo tipo de placer material, en consecuencia incluye también el sensual como cosa negativa. Esto se debe a que las doctrinas gnósticas consideran, a imitación de Platón, al cuerpo como “prisión del alma”, pero van más allá de los postulados platónicos al considerarlo también “corruptor” o “tentador” del alma.



VÍDEO SOBRE EL PLACER







AMOR





La primera relación de amor ocurre con la mamá y con el papá. Es a través de ella que conocemos lo que es amar y ser amado, y esta experiencia marcará nuestra manera de hacerlo.
El amor se vuelve una de las necesidades constantes de los seres humanos y su vivencia dependerá de las primeras experiencias. Es decir, si fuimos  deseados y esperados con amor, recibidos con alegría y después criados amorosamente, entonces nuestra necesidad estará satisfecha y encontrar el amor con las otras personas de nuestro entorno, como con amigos, maestros, compañeros de escuela y de trabajo, y  familiares, no será una prioridad, ya que estas relaciones sucederán de manera natural,  en un clima de aceptación y amabilidad. Y en cuanto al amor de una pareja, será mucho más saludable y auténtico.

Si el amor se concibe como una carencia, entonces las relaciones con el entorno serán difíciles, se vivirán como algo que hay que sobrevivir o ganarse y esto puede ser peligroso porque muchas personas están dispuestas a hacer cosas que vayan incluso en contra de sí mismas con el objetivo de obtener amor.
Este sentimiento es en sí gozoso, el alma encuentra satisfacción en él. El amor no debería ser víctima del sufrimiento. Se dice que  si no se sufre, no es amor de verdad. El que sufre por amor, es que siempre ha sufrido y lo encuentra  normal, quien ha  recibido el amor con alegría desde siempre, no aceptará el dolor o sufrimiento como parte de ello. Primero hay que quererse a sí mismo,  sólo así se podrá vivir el amor con alegría; si no es así, se corre el riesgo de aceptarlo a cuenta gotas,  condicionado y hasta violento. Los celos pueden ser  una expresión agresiva de la carencia de amor propio por parte de quien los experimenta.
El amor no es esencialmente un vínculo con una persona específica; es una actitud, una orientación del carácter que determina el tipo de relación  de alguien con el mundo como totalidad, no como un objeto amoroso.

El amor es un concepto universal relativo a la afinidad entre seres, definido de diversas formas según las diferentes ideologías y puntos de vista (artísticocientíficofilosóficoreligioso). De manera habitual, y fundamentalmente en Occidente, se interpreta como un sentimiento relacionado con el afecto y el apego, y resultante y productor de una serie de actitudesemociones y experiencias. En el contexto filosófico, el amor es una virtud que representa todo el afecto, la bondad y la compasión del ser humano. También puede describirse como acciones dirigidas hacia otros y basadas en la compasión, o bien como acciones dirigidas hacia otros (o hacia uno mismo) y basadas en el afecto.

Las emociones asociadas al amor pueden ser extremadamente poderosas, llegando con frecuencia a ser irresistibles. El amor en sus diversas formas actúa como importante facilitador de las relaciones interpersonales y, debido a su importancia psicológica central, es uno de los temas más frecuentes en las artes creativas (cine, literatura, música).


MAPA CONCEPTUAL SOBRE EL AMOR




VÍDEO SOBRE EL AMOR














UNIDAD II. DEMOCRACIA Y MULTICULTURALISMO



CIUDADANÍA



La ciudadanía consiste en aquella pertenencia a cierta comunidad politíca, es decir, denota el sentimiento de pertenencia de un sujeto a una sociedad en la que participa, además de identificarse con el resto de los individuos que integran la población de dicho lugar, el espacio geográfico, sus costumbres, tradiciones, etc.

La ciudadanía inicia a partir de los 18 años, es decir el sujeto tiene capacidad de ejercicio; lo cual consiste en aquella posibilidad jurídica del individuo de hacer valer directamente, por sí mismo sus derechos, celebrar en nombre propio actos jurídicos, contraer y cumplir obligaciones, además de ejercitar las acciones conducentes ante los tribunales. La ciudadanía consiste en la situación jurídica que nos permite participar en la vida política de nuestro país, por ejemplo para votar o ser votado.

Este concepto de ciudadanía está ligado al Derecho, sobre todo en lo que se refiere a los derechos políticos, sin los cuales el individuo no puede intervenir en los asuntos del Estado, y que permite la participación directa o indirecta del individuo en el gobierno y en la consecuente administración a través del voto directo para elegir o para competir por cargos públicos de forma indirecta. La ciudadanía implica derechos y deberes que deben ser cumplidos por el ciudadano, sabiendo que aquellos serán responsables por la vivencia del individuo en la sociedad.

Uno de los requisitos de la ciudadanía es la nacionalidad, para que los ciudadanos puedan ejercer sus derechos políticos. Pero también existen personas que, a pesar de ser nacionales de un Estado, no tienen los derechos políticos, porque pueden haber sido revocados o denegados, por ejemplo, los presidiarios no tienen derecho a votar, que es un derecho obligatorio para los mayores de 18 años. Tradicionalmente e históricamente, la mujer, al igual que los niños o los sirvientes, no tenía ningún tipo de ciudadanía. No es hasta el primer cuarto del siglo XX cuando se empiezan a reconocer los derechos de las mujeres en el ámbito político, como el sufragio femenino, y cuando la mujer adquiere una situación de ciudadanía de pleno derecho en la mayoría de países.


La ciudadanía exige al individuo como un habitante de la ciudad, como dice la raíz de la palabra, que cumpla sus deberes, y como un individuo de acción pueda llevar a cabo tareas para su bien y también para el desarrollo de la comunidad en la que vive, ya que los problemas de la ciudad deberían ser una preocupación para todos los ciudadanos.


En la Constitución Política De los Estados Unidos Mexicanos, encontramos establecido los siguientes artículos:

Artículo 34. Son ciudadanos de la República los varones y mujeres que, teniendo la calidad de mexicanos, reúnan además los siguientes requisitos:
I. Haber cumplido los 18  años.
II. Tener un modo  honesto de vivir.
Artículo 35. Son prerrogativas del ciudadano:
I. Votar en las elecciones populares.
II. Poder ser votado para todos los cargos de elección popular y nombrado para cualquier otro   empleo o comisión, teniendo las calidades que establezca la ley.
III. Asociarse individual u libremente para tomar parte en forma pacífica en los asuntos         políticos del país.
IV. Tomar las armas en el Ejército o Guardia Nacional para la defensa de la República y de sus instituciones, en los términos que prescriben las leyes.
V.  Ejercer en toda clase de negocios el derecho de petición.

Artículo 36. Son obligaciones del ciudadano de la República:
I.   Inscribirse en el castro de la municipalidad, manifestando la propiedad que el mismo ciudadano tenga, la industria, profesión o trabajo de que  subsista; así como también inscribirse en  el Registro Nacional de los Ciudadanos, en los términos que determinen las leyes.
       La organización y el funcionamiento permanente del Registro Nacional de los Ciudadanos y la expedición del documento que acredite la ciudadanía mexicana son servicios de interés público, y por tanto, responsabilidad que corresponde al Estado y a los ciudadanos en los términos que establezca la ley.
II.      Alistarse en la Guardia Nacional.
III.    Votar en las elecciones populares en los términos que señale la ley.
IV.   Desempeñar los cargos de elección popular de la Federación o de los Estados, que en ningún caso serán gratuitos.
V.     Desempeñar los cargos concejiles del municipio donde resida, las funciones electorales y las del jurado.

La Ley Suprema también señala aquellos casos en los que los derechos de los ciudadanos se suspenden.

I.   Por falta de cumplimiento, sin causa justificada, de cualesquiera de los obligaciones  que impone el artículo 36.
II. Por estar sujeto a un proceso criminal por delito que merezca pena corporal, a contar desde la fecha del auto de formal prisión.
III.    Durante la extinción de una pena corporal.
IV.   Por vagancia o ebriedad consuetudinaria, declarada en los términos que prevengan las leyes.
V.  Por estar prófugo de la justicia, desde que se dicte la orden de aprehensión hasta que prescriba la acción penal.

VI.   Por sentencia ejecutoria que imponga como pena esa suspensión.

MAPA CONCEPTUAL SOBRE SOBRE CIUDADANÍA



VÍDEO SOBRE LA CIUDADANÍA








DEMOCRACIA


La democracia es una forma de gobierno del Estado donde el poder es ejercido por el pueblo, mediante mecanismos legítimos de participación en la toma de decisiones políticas. El mecanismo fundamental de participación de la ciudadanía es el sufragio universal, libre, igual, directo y secreto, a través del cual elige a sus dirigentes.
El máximo representante de los ciudadanos en una democracia es quien ejerce el poder ejecutivo, es decir, el presidente del gobierno. No obstante, otros cargos ejecutivos de rango regional o local, lo mismo que cargos legislativos, son también atribuidos democráticamente mediante el voto.

La democracia, como sistema de gobierno, puede existir tanto en un sistema republicano como en uno de carácter monárquico de tipo parlamentario, donde en lugar de la figura de presidente existe la de primer ministro, con atribuciones muy semejantes.
Así mismo, la democracia puede ser entendida como una doctrina política y una forma de vida en sociedad, que enarbola los valores del respeto a los derechos humanos, consagrados por la Organización de las Nacionales Unidas, la protección de las libertades civiles y de los derechos individuales, y la igualdad de oportunidades en la participación en la vida política, económica y cultural de la sociedad.

En sentido estricto, la democracia es una forma de organización del Estado en la cual las decisiones colectivas son adoptadas por el pueblo mediante mecanismos de participación directa o indirecta que confieren legitimidad a sus representantes. En sentido amplio, democracia es una forma de convivencia social en la que los miembros son libres e iguales y las relaciones sociales se establecen de acuerdo a mecanismos contractuales.
La democracia puede ser ejercida mediante diferentes hechos o momento de participación social, que corresponden a diferentes tipologías de democracia. Una de ellas, es la democracia directa, ejercida cuando las decisiones en el estado son tomadas de manera directa por el pueblo, es decir por los miembros de la sociedad.

Según Aristóteles, la democracia se basa en el principio de la igualdad que parte de la premisa de que todos los ciudadanos pueden inmiscuirse en la organización y dirección de su país, además de que pueden participar en el destino de la sociedad a fin de alcanzar el bien común.

Existen dos tipos de democracia:

DEMOCRACIA REPRESENTATIVA

En la democracia representativa, el poder lo ejerce un pequeño grupo de representantes, generalmente elegidos por el pueblo. La democracia deliberativa incorpora elementos de la democracia directa y la democracia representativa.
Es un tipo de democracia en la que el pueblo gobierna a través de delegados elegidos mediante sufragio secreto, para que integren los diversos órganos que ejercen atributos de autoridad.

Es una forma de gobierno en la cual:

  • Existe el derecho de voto
  • El derecho de ser elegido.
  • El derecho de los líderes a competir por conseguir apoyo y votos.    
  • Elecciones libres y justas.     
  • Libertad de asociación.      
  • Libertad de expresión.    
  • Fuentes alternativas de información.
  • Organismos para garantizar que las políticas públicas dependan de los votos y de la expresión de preferencias de los ciudadanos.







DEMOCRACIA DIRECTA

La democracia directa, llamada también democracia pura, es una forma de democracia en la cual el poder es ejercido directamente por el pueblo en una asamblea. Dependiendo de las atribuciones de esta asamblea, la ciudadanía podría aprobar o derogar leyes, así como elegir a los funcionarios públicos. La democracia directa contrasta con la democracia representativa, pues en esta última, el poder lo ejerce un pequeño grupo de representantes, generalmente elegidos por el pueblo. La democracia deliberativa incorpora elementos de la democracia directa y la democracia representativa.


Los elementos fundamentales de la democracia son los siguientes:

 1. La constitución, pues en ésta se establecen las normas y principios que el pueblo ha decidido.
2. El sufragio universal que significa que no puede haber exclusiones en el derecho de voto por razones de sexo, raza, religión, grado académico o nivel económico
3. El voto se caracteriza por ser libre y secreto, es decir, sin coacción alguna.
4. Las elecciones deben llevarse a cabo periódicamente.
5. Los partidos políticos, organizaciones de interés público, tienen como propósito agrupar personas y participar en los procesos electorales.
6. La elección de nuestros representantes y gobernantes.
7. La distribución de varios órganos (división de poderes).

En la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se establecen los siguientes artículos:

Artículo 39. La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de este. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable de alterar o modificar la forma de su gobierno.


Artículo 40. Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa; democrática, federal, compuesta de estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior; pero unidos en una federación establecida según los principios de esta ley fundamental.


MAPA CONCEPTUAL SOBRE LA DEMOCRACIA



VÍDEO SOBRE LA DEMOCRACIA





DIVISIÓN DE PODERES


El  principio de división de poderes siempre se ha encontrado  desde el surgimiento del Estado mexicano y se considera también como un elemento sustancial de la democracia. Asimismo, es un mecanismo fundamental para proteger las libertades individuales que caracterizan al Estado Constitucional. Si los poderes no se encuentran divididos, las libertades peligran, y sin estas no es posible hablar de la existencia de un Estado constitucional en términos modernos.
El principio de la división de poderes está basado en la ideología de la ilustración que limita la concentración  del poder en una sola persona y a la vez  establece un triple ejercicio de la soberanía: LEGISLATIVO, EJECUTIVO y JUDICIAL.

En la Declaración de los Derechos del Hombre y el Ciudadano de 1789 (Francia), se estipula:

Artículo 16o. Toda la sociedad en la cual la garantía de los derechos no está asegurada ni la separación de poderes establecida, no tiene Constitución.


LA DIVISIÓN DE PODERES EN NUESTRA CONSTITUCIÓN

De acuerdo a la Constitución  Federal de la República, vigente desde 1917, en nuestro país la división de poderes se encuentra establecida en el siguiente artículo:
Artículo 49. El supremo poder de la Federación se divide para su ejercicio en Legislativo, Ejecutivo y Judicial.
No podrán reunirse dos o más de estos Poderes en una sola persona o corporación, ni depositarse el Legislativo en un individuo, salvo el caso de facultades extraordinarias al Ejecutivo de la Unión, conforme a lo dispuesto en el artículo 29. En ningún otro caso, salvo lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 131, se otorgarán facultades extraordinarias para legislar.


PODER LEGISLATIVO


El poder legislativo es una de las tres facultades y funciones primordiales del estado, este poder consiste en en la aprobación de normas con rango de ley. Es una de las tres ramas en que tradicionalmente se divide el poder de un Estado.
 El Poder Legislativo tiene por su parte principalmente la función de establecer el Derecho, al dictar las reglas generales  abstractas e impersonales de observancia obligatoria, es decir, elaborar leyes. En una democracia, el poder legislativo elabora y modifica las leyes existentes de acuerdo a la opinión de los ciudadanos. Su función específica es la aprobación de las leyes y, generalmente, está a cargo de un cuerpo deliberativo (congresoparlamento o asamblea de representantes).


Nuestra Carta Magna establece que los miembros del Poder Legislativo deberán ser elegidos mediante el voto, pero impone particularidades diferentes para la elección de cada una de las Cámaras. Para la de diputados determina que estará integrada  por 500 representantes de la nación de  electos,  en su totalidad cada tres años. Mientras que la Cámara de Senadores está conformada por 128 senadores, que son renovados, también en su totalidad, cada seis años en la misma fecha en que se elige al titular del Poder Ejecutivo, es decir, el Presidente de la República.

En nuestro país, este poder se Concentra en el Congreso de la Unión que., en términos generales, tiene tres funciones principales:

       1. Representar a los ciudadanos.
       2. Crear y aprobar leyes.
       3. Servir de equilibrio al Poder Ejecutivo.

Algunas de las facultades del Congreso se citan a continuación:

       1.- Admitir nuevos  Estados a la Unión Federal.
       2.- Imponer las contribuciones necesarias a cubrir el presupuesto.
       3.- Legislar en toda la República sobre hidrocarburos, minería, sustancias químicas, explosivos, pirotecnia, industria cinematográfica, comercio, juegos con apuestas y sorteos, intermediación y servicios financieros, energía eléctrica, y nuclear, y para expedir las leyes del trabajo  reglamentarias      del artículo 123.
        4.- Impedir que se establezcan restricciones en el comercio entre un estado y otro.
        5.- Dictar leyes según las cuales deben declararse buenas o malas las presas de mar y tierra, y para expedir leyes relativas al derecho marítimo  de la paz y guerra.
        6.- Dictar leyes sobre nacionalidad, condición jurídica de los extranjeros, ciudadanía, naturalización, colonización, emigración e inmigración y salubridad general de la República                   
        7.- Aceptar la renuncia del cargo de Presidente de la República.
        8.- Legislar sobre las características y uso de la Bandera, Escudo e Himno Nacional.


MAPA CONCEPTUAL SOBRE EL PODER LEGISLATIVO



PODER EJECUTIVO


El poder ejecutivo es una de las tres facultades y funciones primordiales del Estado (junto con la legislativa y la judicial) consiste en dictar y hacer cumplir las leyes que  suele aprobar el gobierno o el propio jefe del Estado.
 El Poder Ejecutivo tiene la función de promulgar y ejecutar leyes que  expida el Congreso de la Unión, proveyendo en la esfera administrativa a su exacta observancia a través de la facultad reglamentaria. En la ciencia política y el derecho constitucional, el ejecutivo es la rama de gobierno responsable  de la gestión diaria del Estado. En muchos países, se utiliza la palabra gobierno para referirse al poder ejecutivo, pero este uso puede resultar confuso en un contexto internacional. Según la doctrina de la separación de poderes, redactar las leyes es tarea del poder legislativo, interpretarlas es tarea del poder judicial, y hacerlas cumplir es tarea del poder ejecutivo. En la práctica, sin embargo, esta separación no suele ser absoluta. El jefe de gobierno es la figura visible y de mayor peso del poder ejecutivo.

Al poder Ejecutivo le corresponde la ejecución de leyes y en términos generales, la administración del gobierno y es el único poder que está depositado, de acuerdo con lo establecido por la Constitución, en una sola persona, a diferencia del Legislativo y Judicial que están integrados por cuerpos colegiados, esto de acuerdo con lo señalado por.

Artículo 80. Se deposita el ejercicio del Supremo Poder Ejecutivo de la Unión en un solo individuo, que se denominará Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.
La elección del Presidente  de la República se encuentra estipulada en el artículo 81constitucional, la cual debe efectuarse de manera directa por el pueblo. Además se establece que el candidato que reciba la mayoría de los votos, será Presidente.
De acuerdo con el artículo 83 constitucional, el periodo presidencial dura 6 años, asimismo indica que el ciudadano que haya sido elegido como Presidente por ningún motivo podrá ocupar el cargo por segunda vez.

El artículo 89, estipula que algunas de las facultades y obligaciones del Presidente son:

   1.- Promulgar y ejecutar las leyes que  expida el Congreso de la Unión, proveyendo en la esfera administrativa a su exacta observancia.
  2.-Nombrar  y remover libremente a los secretarios de Estado, embajadores, cónsules generales y empleados superiores de Hacienda, y nombrar y remover libremente a los demás empleados de la Unión.
   3.- Preservar la seguridad nacional, en los términos de  la ley respectiva, y disponer de la totalidad de la Fuerza Armada permanente o  sea del Ejército, de la Armada y de la Fuerza  Aérea para la seguridad interior y defensa exterior de la Federación.
   4.- Disponer de la Guardia Nacional para los mismos objetos.
   5.- Designar, con ratificación del Senado,  al procurador General  de la República.
 6.-Dirigir la política exterior y celebrar tratados internacionales, así como terminar, denunciar, suspender, modificar, enmendar, retirar reservas y formular declaraciones interpretativas sobre los mismos, sometiéndolos a la aprobación del Senado.   
  7.-Facilitar al Poder Judicial los auxilios que necesite para el ejercicio expedito de sus funciones.


MAPA CONCEPTUAL SOBRE EL PODER EJECUTIVO




PODER JUDICIAL



El Poder Judicial es aquel poder del Estado que, de conformidad al ordenamiento jurídico, es el encargado de administrar justicia en la sociedad, mediante la aplicación de las normas jurídicas, en la resolución de conflictos. Por "Poder", en el sentido de poder público, se entiende a la organización, institución o conjunto de órganos del Estado, que en el caso  del Poder Judicial son  los órganos judiciales o jurisdiccionales:  juzgados  y  tribunales, que ejercen la potestad jurisdiccional, que suele gozar de imparcialidad y autonomía.

Al Poder Judicial le corresponde administrar la justicia y decir el Derecho, con lo que realiza la función jurisdiccional y garantiza el respeto al Estado de Derecho al interpretar la ley. Según la teoría clásica de Montesquieu, la división de poderes garantiza la libertad del ciudadano. Montesquieu compuso su teoría después de un viaje a Inglaterra en donde interpretó que un poder judicial independiente puede ser un freno eficaz del poder ejecutivo.
Bajo esta separación de poderes, nace el llamado estado de derecho, en el cual los poderes públicos están igualmente sometidos al imperio de la ley. El Poder judicial debe ser independiente para poder someter a los restantes poderes, en especial el ejecutivo, cuando estos contravengan el ordenamiento jurídico.



De acuerdo con el artículo 94 constitucional, se estipula que son depositarios del ejercicio de este Poder, los siguientes:

   1.-Suprema Corte de Justicia de la Nación. Es el máximo tribunal de nuestro país y se integra por 11 ministros y funciona en plenos o sala. Las sesiones del pleno o salas son públicas, es decir, cualquier persona puede acudir, salvo que las discusiones seas de interés público o la moral así lo exija, entonces serán privadas. Entre sus competencias encontramos. El juicio de amparo, las controversias constitucionales y las acciones de inconstitucionalidad.
   2.-Consejo de la Judicatura Federal. este consejo funciona en pleno o en comisiones. El primero resolverá  sobre la designación, adscripción, ratificación y remoción de magistrados y jueces, así como de los demás asuntos que la ley determine. El Consejo de la Judicatura Federal tiene  entre sus funciones determinar el número  de circuitos en los que secciona el territorio nacional con el propósito de determinar la competencia tanto de los jugados como de los tribunales federales.
   3.- Tribunal electoral. Es la máxima autoridad en los asuntos electorales, excepto cuando se pugnan leyes electorales, ya que estos asuntos les competen a la Suprema Corte por  medio de la  acción inconstitucional. Este órgano se integra por una Sala Superior (7 magistrados) y 5 Salas Regionales (3 magistrados).
  4.-Juzgados de Distrito. están integrados por un juez, les competen y resuelven asuntos en primera instancia del ámbito  federal, cuyas resoluciones son revisadas por los Tribunales Unitarios o los Tribunales Colegiados de Circuito dependiendo del asunto que se aborde.


MAPA CONCEPTUAL SOBRE EL PODER JUDICIAL








VÍDEO SOBRE LA DIVISIÓN DE PODERES








PARTICIPACIÓN CIUDADANA


La participación ciudadana, también denominada participación pública, consiste en el conjunto de acciones que tienen la intención de  fomentar el crecimiento y desarrollo en el ámbito local, y alcanzar la democracia por medio de la integración de los ciudadanos en la política.  Está basada en varios mecanismos para que la población tenga acceso a las decisiones del gobierno de manera independiente sin necesidad de formar  parte de la administración pública o de un partido político.
Para llevar a cabo la participación ciudadana, es necesario  que la población tenga a su alcance diversos mecanismos para intervenir en las decisiones del gobierno.

Los beneficios de la participación ciudadana son diversos, por ejemplo:

  • Aporta el punto de vista de los usuarios/clientes que puede mejorar los proyectos y planes.
  • Demuestra un compromiso con una gestión eficaz y transparente.
  • Potencia el papel de los agentes aumentando la aceptación general del proyecto.
  • Ayuda y mejora la toma de decisiones en todas sus fases.
  • Puede evitar serios problemas de contestación que demoren o invaliden el proyecto.
  • Facilita el desarrollo de los proyectos en fase de construcción.


Nuestra Constitución Política, hasta el 8 de Agosto del año 2012, establecía en las fracciones I, II Y III del artículo 71 que el derecho de proponer al Congreso de la Unión un proyecto de ley o decreto, es decir, la facultad de iniciativa, únicamente correspondía al presidente de la República, los diputados y senadores, y las legislaturas de los estados; sin embargo, el 9 de Agosto de ese mismo año se publicó en el Diario Oficial de la Federación un decreto que reformó  y adicionó a la Constitución incorporando como derecho de los ciudadanos, las fracciones que siguientes, que se indican en los artículos 35, 71, y 73 en los siguientes términos:

Artículo 35. Son derechos del ciudadano:
VII. Iniciar leyes, en los términos y con los requisitos que señalen esta Constitución y la Ley del Congreso…”


Artículo 71. El derecho de iniciar leyes o decretos compete:
IV. a los ciudadanos en un número equivalente, por lo menos, al 0.13 % de la lista nominal de electores, en los términos que señalen las leyes.
 La ley del Congreso determinará el trámite que deba darse a las iniciativas.”


Artículo 73. El congreso tiene facultad
XXIX-Q. Para legislar sobre iniciativa y consultas populares.”


La iniciativa  ciudadana es un mecanismo de participación ciudadana que en muchas leyes estatales ya se reconocía, no así a nivel constitucional

El derecho de iniciativa  ciudadana está acotado a que no puede ejercerse de forma individual sino como grupo organizado y cumpliendo con cierto número de ciudadanos, es un avance en la injerencia directa de los ciudadanos en la actividad legislativa al tener la posibilidad de proponer leyes que cumplan realmente con las necesidades sociales presentes en el país.


MAPA CONCEPTUAL SOBRE LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA






VÍDEO SOBRE LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA








GUERRA/PAZ


GUERRA


La guerra es la forma de conflicto socio-político más grave entre dos o más grupos humanos. Es quizá una de las más antiguas de todas las relaciones internacionales, aunque se convierte en un fenómeno particular con el comienzo de las civilizaciones, y supone el enfrentamiento organizado de grupos humanos armados, con el propósito de controlar recursos naturales o humanos, o el desarme, o para imponer algún tipo de ideología o religión, sometimiento y, en su caso, destrucción del enemigo. Las guerras se producen por múltiples causas, entre las que suelen estar el mantenimiento o el cambio de relaciones de poder, dirimir disputas económicas, ideológicas, territoriales, etc.
En Ciencia Política y Relaciones Internacionales, la guerra es un instrumento político, al servicio del  Estado u otra organización con fines eminentemente políticos.
Según Richard Holmes, la guerra es una experiencia universal que comparten todos los países y todas las culturas.
Según Sun Tzu, «La guerra es el mayor conflicto de Estado, la base de la vida y la muerte, el Tao de la supervivencia y la extinción. Por lo tanto, es imperativo estudiarla profundamente».
Según Karl von Clausewitz, la guerra es «la continuación de la política por otros medios».
Las causas de las guerras generalmente se fundan en las diferencias entre las personas para obtener el poder territorial, económico, y político.                                                                             
Los invasores se perciben como superiores a los dominados, es decir, creen que su cultura, religión, ideología o raza está por encima de la de ellos.

Este concepto se contrapone a los principios de la democracia, ya que  generalmente los derechos de los ciudadanos se ven  vulnerados y  las consecuencias bélicas siempre resultan en un desequilibrio político, jurídico, de salud y principalmente económico.









PAZ



La paz es la parte opuesta a la guerra. La Real Academia Española define  a la paz, como la situación y relación mutua de quienes no están en guerra o también se puede definir como publica tranquilidad y quietud de los Estados, en contraposición a la guerra o a la turbulencia.
La paz es un valor muy fundamental para las vidas de las personas, las familias y las naciones del mundo. Con la paz se puede vivir la fraternidad y la armonía entre los  seres humanos son los ideales de paz que más se predican, en contraposición al desastre, la guerra y a todo género de conflictos.

Pero la paz no comienza desde fuera, sino desde muy dentro del individuo. No depende de las decisiones de altos funcionarios sino de lo que llevamos en el interior dentro de nuestro corazón y en nuestro cerebro. La paz es un valor que suele perderse fácilmente de vista  por múltiples razones.



Cuando una nación entra en conflicto con otra y tenemos que vivir sus guerras ó las consecuencias o cuando en la familia los problemas o pleitos comienzan a surgir y comenzamos a apreciar el valor que tiene la paz verdadera.

La paz puede verse a nivel internacional o a nivel personal, pero en cualquier perspectiva debemos entender que no surge como producto de un "no meterse con nadie", con un dejar hacer a los demás para que me dejen "vivir en paz".
Paz, definida en sentido positivo, es un estado a nivel social o personal, en el cual se encuentran en equilibrio y estabilidad las partes de una unidad; definida en sentido negativo, es la ausencia de inquietudviolencia o guerra.

En el Derecho internacional, el estado de paz es aquel en el que los conflictos internacionales se resuelven de forma  no violenta; y particularmente se denomina «paz» al convenio o tratado (tratado de paz) que pone fin a la guerra. Existe una rama del estudio de las Relaciones Internacionales denominada «irenología» o «estudios de la paz y los conflictos».
Puede hablarse de una paz social como consenso: el entendimiento tácito para el mantenimiento de unas buenas relaciones, mutuamente beneficiosas, entre los individuos; y a distintos niveles, el consenso entre distintos grupos, clases o estamentos sociales dentro de una sociedad.

La paz es necesaria para mantener el equilibrio social, y de esta forma el Estado es capaz de mantener la armonía entre sus ciudadanos.



CERTEZA Y TOLERANCIA


CERTEZA


La certeza es el conocimiento claro y seguro de algo. Cuando se dice que se tiene certeza, quiere decir que se está seguro y se está convenciendo de que no hay posibilidad de error.
La certeza consiste en la seguridad que tenemos sobre nuestras acciones o decisiones y sus consecuencias. Por su parte la certeza jurídica consiste en que los ciudadanos tengan la certidumbre de tener a su alcance un sistema jurídico e institucional eficaz y correcto, es decir, que las leyes se respeten lejos de la corrupción.

Puede afirmarse que la certeza es la posesión de una verdad  que se corresponde con el conocimiento perfecto. La conciencia de una certeza permite afirmar este conocimiento sin temor de duda y con confianza plena en la validez de la información.
La certeza, por lo tanto, se basa en una evidencia, o en lo que el sujeto toma como una evidencia de carácter irrefutable. Lo evidente del conocimiento posibilita la afirmación y la posesión de la verdad.




A lo largo de la historia  muchos son los estudiosos, filósofos y pensadores en general que han abordado la certeza en sí y también su similitud o su diferenciación respecto a lo que sería opinión. Entre aquellos se encuentran, por ejemplo, clásicos de la filosofía griega como Aristóteles y Platón que basaron sus ideas en pilares tales como el conocimiento, el entendimiento, la experiencia y los sentidos.
El concepto contrario a la certeza es la ignorancia: si se desconoce algo, no se puede tener ninguna certeza. El grado medio de conocimiento entre la certeza y la ignorancia es la duda (el sujeto cree que el conocimiento puede ser veraz pero no está en condiciones de afirmarlo).
La duda, por lo tanto, tiene lugar cuando existe una insuficiencia del conocimiento para tener la confianza sobre su certeza. El conocimiento, en definitiva, aparece como imperfecto y la persona no posee confianza absoluta en la verdad de sus proposiciones.

VÍDEO SOBRE LA CERTEZA







TOLERANCIA








La tolerancia consiste en aceptación de diversas ideas, opiniones, creencias o prácticas y culturas distintas a las propias. Es el reconocimiento de respeto hacia lo distinto.
La tolerancia es un valor central de la democracia, pues está es una forma de gobierno basada en la existencia de la diversidad y en la aceptación de puntos de vista diferentes que pueden coexistir, o cuyo conflicto puede dirimirse en el marco de las instituciones en donde pueden expresarse las  divergencias.

La tolerancia es un valor moral que implica el respeto íntegro hacia el otro, hacia sus ideas, prácticas o creencias, independientemente de que choquen o sean diferentes de las nuestras.
En este sentido, la tolerancia es también el reconocimiento de las diferencias inherentes a la naturaleza humana, a la diversidad de las culturas, las religiones o las maneras de ser o de actuar. Por ello, la tolerancia es una actitud fundamental para la vida  en sociedad. Una persona tolerante puede aceptar opiniones o comportamientos diferentes a los establecidos por su entorno social o por sus principios morales. Este tipo de tolerancia se llama tolerancia social.
Por su parte, la tolerancia hacia quienes profesan de manera pública creencias o religiones distintas a la nuestra, o a la establecida oficialmente, se conoce como tolerancia de culto, y está estipulada como tal por la ley.

Uno de los fenómenos  sociales que pueden generarse por falta de tolerancia es la discriminación que se origina en la  desigualdad del poder, de recursos económicos y  de estatus entre los grupos humanos.

La sociedad mexicana  muestra rasgos acentuados de intolerancia tanto en el ámbito como en el político, privando a la democracia de uno de sus sustentos básicos: la conveniencia en pluralidad, y alentando una de las conductas que la debilitan: la discriminación. Todavía en México existe  un 40%  de personas que no estarían  dispuestas a convivir con una persona  con sida, 44% con personas que estuvieran tatuadas, 40% con un homosexual y 30% con un extranjero.

 VÍDEO SOBRE LA TOLERANCIA





MULTICULTURALISMO


El multiculturalismo es el fenómeno de la multiplicidad de culturas que se presenta a nivel mundial en casi todos los países, mientras que el pluralismo cultural es el modelo a través del cual se explica, detalla o maneja el multiculturalismo. Este término se refiere a la presencia de diversas culturas en un mismo estado. La multiculturalidad se refiere a la convivencia en una comunidad de individuos, o grupos de ellos, pertenecientes a distintas culturas.
Con el adjetivo multicultural se suele aludir a la variedad que presentan las culturas  en la sociedad humana para resolver las mismas necesidades individuales cuando todas ellas deberían poseer igualdad de posibilidades para desarrollarse social, económica y políticamente con armonía según sus tradiciones étnicas, religiosas e ideológicas. De acuerdo con el multiculturalismo.


El mundo no está organizado distribuyendo el territorio por culturas o étnias. Hay una discordancia clara entre étnias y estados, entre un 90% y un 40% de la población pertenecen al mismo grupo étnico. La tendencia son los estados multiculturales. El problema es cuando se prioriza una identidad de los muchos que todos solemos tener y entonces puede que decide reindivicarse y tampoco había que caer en el etnocentrismo, que es pensar que tu propia cultura es la mejor. Hoy en día el multiculturalismo es la condición normal de toda cultura, debido a la globalización. La cultura es el conjunto de maneras de obrar, pensar y sentir propias de un grupo humano.  Entonces el multiculturalismo es la forma de vida de cada uno de los pueblos, una forma de vida que implica, costumbres, tradiciones, lenguas.



La multiculturalidad es la diversidad étnica relacionada  con una coexistencia e interacción entre grupos culturales. Muchas veces los flujos migratorios van conformando sociedades multiculturales en donde la convivencia y la diversidad de culturas  presentan un desafío para alcanzar la armonía basada en la tolerancia y el respeto.


Es muy importante saber que la multiculturalidad promueve la no discriminación por razas o culturas, el reconocimiento de la diferencia cultural y el derecho a ella.
Para alcanzar una verdadera visión multicultural es indispensable llevar a la práctica las tradiciones, no únicamente en la cultura que predomina, es decir, la nacional, sino también en su cultura étnica. Cuando en una sociedad se promueve el respeto a la libre expresión de los grupos étnicos, el multiculturalismo funciona de mejor  manera.
                












VÍDEO SOBRE EL MULTICULTURALISMO







LA DIVERSIDAD CULTURAL




La diversidad de culturas u diversidad cultural se refiere al grado de variación cultural, tanto a nivel mundial como en ciertas áreas, en los que  existe interacción de diferentes culturas coexistentes (en pocas palabras diferentes y diversas culturas). Muchos estados y organizaciones consideran que la diversidad de culturas es parte  del patrimonio común de la humanidad y tienen políticas o actitudes favorables a ella. Las acciones en favor de la diversidad cultural usualmente comprenden la preservación y promoción de culturas existentes.
La Declaración Universal de la UNESCO sobre la Diversidad Cultural, adoptada por UNESCO en noviembre de 2001, se refiere a la diversidad cultural en una amplia variedad de contextos y el proyecto de Convención sobre la Diversidad Cultural elaborado por la Red Internacional de Políticas Culturales prevé la cooperación entre las partes en un número de esos asuntos.
La diversidad cultural refleja la multiplicidad e interacción de las culturas que coexisten en el mundo y que, por ende, forman parte del patrimonio común de la humanidad. Según la UNESCO, la diversidad cultural es "para el género humano, tan necesaria como la diversidad biológica para los organismos vivos".
La diversidad cultural se manifiesta por la diversidad del lenguaje,de las creencias religiosas, de las prácticas del manejo de la tierra, en el arte, en la música, en la estructura social, en la selección de los cultivos, en la dieta y en todo número concebible de otros atributos de la sociedad humana.
La diversidad cultural abarca tanto la preservación, la difusión y la promoción de las culturas, como la apertura a otras. El estudio de la diversidad cultural incluye otros temas la pluralidad, la igualdad, la justicia y la libertad, los recursos naturales, el desarrollo sustentable, el patrimonio cultural, la territorialidad, la equidad de género, la participación popular, las formas de gobierno en las sociedades multiculturales o multiétnicas, etc.





DECLARACIÓN SOBRE LA DIVERSIDAD CULTURAL

IDENTIDAD, DIVERSIDAD Y PLURALISMO


Artículo 1 – La diversidad cultural, patrimonio común de la humanidad

La cultura adquiere formas diversas a través del tiempo y del espacio. Esta diversidad se manifiesta en la originalidad y la pluralidad de las identidades que caracterizan a los grupos y las sociedades que componen la humanidad. Fuente de intercambios, de innovación y de creatividad, la diversidad cultural es tan necesaria para el género humano como la diversidad biológica para los organismos vivos. En este sentido, constituye el patrimonio común de la humanidad y debe ser reconocida y consolidada en beneficio de las generaciones presentes y futuras. 




Artículo 2 – De la diversidad cultural al pluralismo cultural



En nuestras sociedades cada vez más diversificadas, resulta indispensable garantizar una interacción armoniosa y una voluntad de convivir de personas y grupos con identidades culturales a un tiempo plurales, variadas y dinámicas. Las políticas que favorecen la integración y la participación de todos los ciudadanos garantizan la cohesión social, la vitalidad de la sociedad civil y la paz. Definido de esta manera, el pluralismo cultural constituye la respuesta política al hecho de la diversidad cultural. Inseparable de un contexto democrático, el pluralismo cultural es propicio para los intercambios culturales y el desarrollo de las capacidades creadoras que alimentan la vida pública.



Artículo 3 – La diversidad cultural, factor de desarrollo 



La diversidad cultural amplía las posibilidades de elección que se brindan a todos; es una de las fuentes del desarrollo, entendido no solamente en términos de crecimiento económico, sino también como medio de acceso a una existencia intelectual, afectiva, moral y espiritual satisfactoria. 




DIVERSIDAD CULTURAL Y DERECHOS HUMANOS 


Artículo 4 – Los derechos humanos, garantes de la diversidad cultural

La defensa de la diversidad cultural es un imperativo ético, inseparable del respeto de la dignidad de la persona humana. Ella supone el compromiso de respetar los derechos humanos y las libertades fundamentales, en particular los derechos de las personas que pertenecen a minorías y los de los pueblos indígenas. Nadie puede invocar la diversidad cultural para vulnerar los derechos humanos garantizados por el derecho internacional, ni para limitar su alcance.



Artículo 5 – Los derechos culturales, marco  propicio para la diversidad cultural



 Los derechos culturales son parte integrante de los derechos humanos, que son universales, indisociables e interdependientes. El desarrollo de una diversidad creativa exige la plena realización de los derechos culturales, tal como los definen el Artículo 27 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y los Artículos 13 y 15 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Toda persona debe tener la posibilidad de expresarse, crear y difundir sus obras en la lengua que desee y en particular en su lengua materna; toda persona tiene derecho a una educación y una formación de calidad que respeten plenamente su identidad cultural; toda persona debe tener la posibilidad de participar en la vida cultural que elija y conformarse a las prácticas de su propia cultura, dentro de los límites que impone el respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales.



Artículo 6 – Hacia una diversidad cultural accesible a todos 



Al tiempo que se garantiza la libre circulación de las ideas mediante la palabra y la imagen, hay que velar por que todas las culturas puedan expresarse y darse a conocer. La libertad de expresión, el pluralismo de los medios de comunicación, el plurilingüismo, la igualdad de acceso a las expresiones artísticas, al saber científico y tecnológico -comprendida su presentación en forma electrónica- y la posibilidad, para todas las culturas, de estar presentes en los medios de expresión y de difusión, son los garantes de la diversidad cultural. 




DIVERSIDAD CULTURAL Y CREATIVIDAD 



Artículo 7 – El patrimonio cultural, fuente de la creatividad 



Toda creación tiene sus orígenes en las tradiciones culturales, pero se desarrolla plenamente en contacto con otras culturas. Ésta es la razón por la cual el patrimonio, en todas sus formas, debe ser preservado, realzado y transmitido a las generaciones futuras como testimonio de la experiencia y de las aspiraciones humanas, a fin de nutrir la creatividad en toda su diversidad e inspirar un verdadero diálogo entre las culturas. 




Artículo 8 – Los bienes y servicios culturales, mercancías distintas de las demás 



Ante los cambios económicos y tecnológicos actuales, que abren vastas perspectivas para la creación y la innovación, se debe prestar particular atención a la diversidad de la oferta creativa, al justo reconocimiento de los derechos de los autores y de los artistas, así como al carácter específico de los bienes y servicios culturales que, por ser portadores de identidad, de valores y sentido, no deben ser considerados mercancías o bienes de consumo como los demás. 




Artículo 9 – Las políticas culturales, catalizadoras de la creatividad 



Las políticas culturales, en tanto que garantizan la libre circulación de las ideas y las obras, deben crear condiciones propicias para la producción y difusión de bienes y servicios culturales diversificados, gracias a industrias culturales que dispongan de medios para desarrollarse en los planos local y mundial. Al tiempo que respeta sus obligaciones internacionales, cada Estado debe definir su política cultural y aplicarla utilizando para ello los medios de acción que juzgue más adecuados, ya se trate de modalidades prácticas de apoyo o de marcos reglamentarios apropiados. 




DIVERSIDAD CULTURAL Y SOLIDARIDAD INTERNACIONAL 


Artículo 10 – Reforzar las capacidades de creación y de difusión a escala mundial 



Ante los desequilibrios que se producen actualmente en los flujos e intercambios de bienes culturales a escala mundial, es necesario reforzar la cooperación y la solidaridad internacionales para que todos los países, especialmente los países en desarrollo y los países en transición, puedan crear industrias culturales viables y competitivas en los planos nacional e internacional. 




Artículo 11 – Forjar relaciones de colaboración entre el sector público, el sector privado y la sociedad civil. 



Las fuerzas del mercado por sí solas no pueden garantizar la preservación y promoción de la diversidad cultural, clave de un desarrollo humano sostenible. Desde este punto de vista, se debe reafirmar la preeminencia de las políticas públicas, en colaboración con el sector privado y la sociedad civil.




Artículo 12 – La función de la UNESCO 



Por su mandato y sus funciones compete a la UNESCO: 

a) promover la integración de los principios enunciados en la presente Declaración en las estrategias de desarrollo elaboradas en las diversas entidades intergubernamentales; 

b) constituir un punto de referencia y foro de concertación entre los Estados, los organismos internacionales gubernamentales y no gubernamentales, la sociedad civil y el sector privado para la elaboración conjunta de conceptos, objetivos y políticas en favor de la diversidad cultural; 

c) proseguir su acción normativa y su acción de sensibilización y fortalecimiento de capacidades en los ámbitos relacionados con la presente Declaración que correspondan a sus esferas de competencia; 

d) facilitar la aplicación del Plan de Acción cuyas orientaciones principales figuran a continuación de la presente Declaración. 


MAPA CONCEPTUAL SOBRE LA DIVERSIDAD CULTURAL



VÍDEO SOBRE LA DIVERSIDAD CULTURAL







DIÁLOGO INTERCULTURAL



 Un diálogo es la plática entre varios individuos, por medio del cual expresan sus ideas, sentimientos, opiniones, etc., de forma mesurada y con apertura para escuchar a las personas que intervienen.
El diálogo cultural conduce a la adopción de una actitud reflexiva que haga que los individuos  se perciban a sí mismos dese el enfoque a los demás.

Entonces, el dialogo intercultural se refiere a la comunicación que se establece entre varias culturas, lo que lleva a enriquecer a aquellas que intervienen y, así, mantener la paz. A través de este diálogo las culturas que pudieran tener conflictos arreglan sus diferencias, colocándolas en el mismo nivel por el derecho  a emitir sus opiniones o diferencias, lo que llevaría a establecer la armonía a escala mundial. Si se lleva a cabo el diálogo intercultural, podrían evitarse catástrofes internacionales como las guerras, que muchas veces se han generado a causa del poder económico, territorial, e incluso, por diferencias ideológicas y religiosas.

El dialogo intercultural consiste en la reciprocidad abierta de las opiniones de personas y grupos de orígenes, cultura, lengua, creencias religiosas distintas, realizada de forma respetuosa y con entendimiento equitativo y bilateral.

La UNESCO ha establecido una misión referente al diálogo  intercultural que consiste en  garantizar  el espacio y la libertad  de expresión de todas las culturas de nuestro planeta, pero no vistas de forma duzca, y pierda identidad, y prevenir conflictos que pueden surgir de esta división.

El diálogo intercultural puede cumplir varios objetivos, en el marco del objetivo primordial de promover el pleno respeto de los derechos humanos, la democracia y el Estado de derecho. El diálogo intercultural es una característica esencial de las sociedades abiertas en las que no se margina ni excluye a nadie. Es un instrumento eficaz de mediación y reconciliación.

MAPA CONCEPTUAL SOBRE EL DIÁLOGO INTERCULTURAL



VÍDEO SOBRE EL DIÁLOGO INTERCULTURAL








UNIDAD III.  DERECHOS HUMANOS, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, Y LA RELACIÓN CON OTROS SERES VIVOS




¿QUÉ SON LOS DERECHOS HUMANOS?




Los derechos humanos se llaman así porque son única y exclusivamente de las personas; sólo le pertenecen al hombre  y la mujer, y por esto se exige su reconocimiento, respeto, tutela y promoción de parte de todos, especialmente de la autoridad. Es importante señalar que así como cada individuo tiene un derecho, en todo momento otra persona o Estado deberá mostrar una conducta frente a esos derechos; es decir, responsabilizarse de ciertas obligaciones (proporcionar, hacer u omitir).

No obstante, el concepto actual de los Derechos Humanos se deriva de una larga batalla histórica, política y filosófica de la humanidad,  y su creación responde a las diversas luchas para poder alcanzar su reconocimiento y respeto. De igual forma, estos derechos se van conformando de acuerdo a las condiciones tanto  sociales como ideológicas, o sea, la historia de estas luchas nos muestra que  la conceptualización de ser humano se ha ido transformando al ir incluyendo a grupos que en un principio no se les había otorgado el disfrute de los derechos elementales.

Los Derechos Humanos son el conjunto de prerrogativas inherentes a la naturaleza de la persona, cuya realización efectiva resulta indispensable para el desarrollo integral del individuo que vive en una sociedad jurídicamente organizada. Estos derechos, establecidos en la Constitución y en las leyes, deben ser reconocidos y garantizados por el Estado.
Todos estamos obligados a respetar los Derechos Humanos de las demás personas. Sin embargo, según el mandato constitucional, quienes tienen mayor responsabilidad en este sentido son las autoridades gubernamentales, es decir, los hombres y mujeres que ejercen la función de servidores públicos.

La tarea de proteger los Derechos Humanos representa para el Estado la exigencia de proveer y mantener las condiciones necesarias para que, dentro de una situación de justicia, paz y libertad, las personas puedan gozar realmente de todos sus derechos. El bienestar común supone que el poder público debe hacer todo lo necesario para que, de manera paulatina, sean superadas la desigualdad, la pobreza y la discriminación.

Todos los conceptos de los derechos humanos coinciden en aquellas características relacionadas con los valores, comportamientos, actitudes y legislaciones, y su propósito principal es salvaguardar y promover la integridad  y la dignidad  de las personas para lograr su bienestar, el progreso social, además de una convivencia pacífica individual, grupal, nacional e internacional. Los derechos humanos, como sabemos, son atributos de los individuos  por el simple hecho  d existir y están garantizados por el Estado; tales derechos refieren a la vida, la libertad, la integridad, la salud, la seguridad, la igualdad y todo aquello  indispensable para vivir dignamente.

MAPA CONCEPTUAL SOBRE LOS DERECHOS HUMANOS



VÍDEO SOBRE LOS DERECHOS HUMANOS







DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS


El 10 de diciembre de 1948,la asamblea general aprobó la DeclaraciónUniversal de los Derechos Humanos en parís, considerada el primer documento mundial que reconoce los derechos fundamentales de todos los seres humanos sin importar el país de origen, el lugar de residencia, el color de piel, las creencias religiosas o la lengua, entre otros factores.
Este documento hace valer el concepto que los derechos humanos tienen su origen en la dignidad y el valor de la persona humana, y refleja el principio de la igualdad, entendido este como el que reconoce en todos los individuos la capacidad para tener las mismas en prerrogativas: derecho a la vida, a la no discriminación, participación en la cultura, entre otros.

La declaración universal de los derechos humanos está integrada por un preámbulo y al final de este localizamos 30 artículos
Es de resaltarse que los derechos humanos implican derechos y obligaciones. Los estados se deben encargar de respetar y protegerlos, lo que significa que no pueden interferirlos ni limitarlos y, primordialmente deben impedir abusos o violaciones a los mismos, por lo que tienen que adoptar medidas para que todos los individuos gocen de ellos. En el ámbito individual tenemos la facultad de exigirlos, pero también debemos respetar los derechos de los demás.
Esta declaración, junto con el pacto internacional de los derechos civiles y políticos de 1966, el pacto internacional de derechos económicos, sociales y culturales del mismo año y sus respectivos protocolos, integran la carta internacional de los derechos humanos.

DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

Preámbulo
Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana;
Considerando que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad, y que se ha proclamado, como la aspiración más elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias;
Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión;
Considerando también esencial promover el desarrollo de relaciones amistosas entre las naciones;
Considerando que los  pueblos de las naciones unidas han reafirmado en la carta su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres, y se han declarado resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad;
Considerando que los estados miembros se han comprometido a asegurar, en cooperación con la organización de las naciones unidas, el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales del hombre, y 
Considerando que una concepción común de estos derechos y libertades es de la mayor importancia para el pleno cumplimiento de dicho compromiso;
La Asamblea General
proclama la presente
Declaración Universal de Derechos Humanos como  ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.
Artículo 1. Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
Artículo 2. Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.                                                                                                                                                     
Artículo 3. Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.
Artículo 4. Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.
Artículo 5. Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
Artículo 6. Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.
Artículo 7. Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.
Artículo 8.Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.
Artículo 9. Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.
Artículo 10. Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen  de cualquier acusación contra ella en materia penal.
Artículo 11                                                                                                                                                    
1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.
2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.
Artículo 12. Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.
Artículo 13                                                                                                                                                  

1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.
2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.
Artículo 14                                                                                                                                                    
1. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.
2. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.
Artículo 15                                                                                                                                                    
1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
2. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.
Artículo 16                                                                                                                                                    
1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.
2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio.
3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.
Artículo 17                                                                                                                                                    
1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.
Artículo 18. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.
Artículo 19. Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.
Artículo 20                                                                                                                                                    
1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.
Artículo 21                                                                                                                                                    
1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.
2. Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones pública de su país.
3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.
Artículo 22. Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.
Artículo 23                                                                                                                                                     
1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.
2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.
3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.
4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa  de sus intereses.
Artículo 24. Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.
Artículo 25                                                                                                                                                    
1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios  de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.
2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.
Artículo 26                                                                                                                                                    
1.Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.
Artículo 27                                                                                                                                                    
1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.
2. Toda persona tiene derecho a la protección delos intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.
Artículo 28. Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.
Artículo 29                                                                                                                                                 

1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.
2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.
3. Estos derechos y libertades no podrán, en ningún caso, ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.
Artículo 30. Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.

MAPA CONCEPTUAL SOBRE LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS


GENERACIONES DE LOS DERECHOS HUMANOS
La clasificación  de  derechos humanos más conocida  es aquella  que divide en tres generaciones bajo el criterio de protección gradual mas no de importancia; en otras palabras, se basa en el momento en que se fueron integrando.

PRIMERA GENERACIÓN



Reúne los derechos civiles y políticos  considerados como los más antiguos; con la revolución francesa pues, como ya se mencionó, en esta etapa  comenzaron a generarse las ideas liberales  para que el estado absolutista respetara  los derechos fundamentales  como la vida, la libertad y la igualdad. Resguardan tanto la libertad e integridad personales como la participación  en la vida política.
Estos derechos pueden  ser exigidos  por cualquier ser humano frente al estado u otra autoridad. 











Algunos ejemplos son:

  • A la vida
  • A la integridad física y moral
  • A la libertad personal
  • A la libertad  de tránsito
  • A la igualdad
  • A la libertad de pensamiento y creencia religiosa
  • A la libertad  de expresión
  • De residencia y de inviolabilidad del domicilio
  • De reunión y asociación
  • A la seguridad jurídica
  • A la nacionalidad
  • Al  voto
  • A ser electo
  • A la conformación  o afiliación  de un partido
  • A casarse  formar un familia


SEGUNDA GENERACIÓN



Estos derechos surgen a principios del siglo XX, en esta clasificación encontramos los derechos económicos, sociales y culturales, y aquellos que se caracterizan por ofrecer mejores condiciones de vida.
El titular de tales derechos es el individuo; pero dentro del ámbito comentario, es responsabilidad del Estado proveerlos, aunque esto también depende de la situación económica del país. Por este motivo emergen movimientos sociales que tienen  como propósito el cumplimiento de esos derechos, ya que el Estado no ha desarrollado las herramientas indispensables para su efectividad. 





Algunos de los derechos de esta generación son los siguientes:

  • A la seguridad social
  • Al trabajo en circunstancias justas y equitativas
  • A la libertad personal
  • A la salud
  • A la educación
  • A la vivienda
  • A la seguridad pública
  • A formar parte de la vida cultural
  • A un salario justo
  • A la propiedad
  • A la huelga
  • A periodos de descanso en materia laboral


TERCERA GENERACIÓN




También se reconocen como  derechos de los pueblos o derechos de solidaridad; precisamente se refieren a la protección de las naciones o los pueblos  y se originan por la necesidad de colaboración entre éstos. Aparecen en la década de los años 60, pues en aquel entonces se pretendía elevar el nivel de vida y el progreso social.
En este caso, el Estado es el encargado de exigirlos frente a él  mismo o frente a otro Estado. También se caracterizan por considerar al ser humano como parte de un todo, es decir, el individuo no es visto de forma aislada. 










Algunos de estos derechos son los siguientes:

  • A la autodeterminación
  • A la dependencia económica y política
  • A la identidad nacional y cultural
  • A la paz
  • A la coexistencia pacifica
  • Al entendimiento y confianza
  • A la cooperación internacional y regional
  • Al desarrollo
  • A la justicia social internacional
  • Al uso de los avances científicos y tecnológicos
  •  A la solución de problemas alimenticios, demográficos, educativos y ecológicos.


CUARTA GENERACIÓN

A principios del siglo XXI, el desarrollo de nuevas  tecnologías de la información planteó una nueva problemática, pues las Tecnologías d la Información y la Comunicación (TIC) ya son parte importante de las relaciones sociales, lo que ha ocasionado una revolución, así como una transición de la sociedad de la información y la necesidad  de crear garantías normativas y políticas públicas.
Esta nueva generación fue propuesta porque el ciberespacio dio pauta para crear, comunicar, estudiar y trabajar, originando  una nueva era de la información, ya que este avance tecnológico se encuentra en todos los ámbitos.
Los derechos que conforman la cuarta generación principalmente son reediciones de las  antiguas libertades concedidas, pero en el mundo virtual.                                                                                         



Algunos de estos derechos son los siguientes:

  • Libertad de pensamiento en el ciberespacio
  • Libre distribución de la información
  • Acceso a internet
  • Acceso a la Información
  • Derecho a la protección de  datos
  • Igualdad en las condiciones de acceso a las nuevas tecnologías
  • Libertad informática


MAPA CONCEPTUAL SOBRE LAS GENERACIONES DE LOS DERECHOS HUMANOS



VÍDEO SOBRE LAS GENERACIONES DE LOS DERECHOS HUMANOS








CIENCIA, TECNOLOGÍA Y DERECHOS HUMANOS



En la actualidad, los avances asociados con la ciencia y la tecnología tienen gran importancia porque, gracias a ellos, no solo se han logrado grandes descubrimientos, sino que también han marcado la pauta para exigir y proteger ciertos derechos que no habían sido considerados. Si el progreso científico impone una adaptación, el derecho lo verá reflejado; en este caso, las leyes se van ajustando a las necesidades conforme se transforman históricamente.



Los derechos humanos se van transformando  con base en el progreso de la sociedad, pero tomando en cuenta siempre el respeto a la dignidad del ser humano. Documentos como la Declaración sobre el Genoma y los Derechos Humanos, la Declaración Internacional sobre Datos Genéticos Humanos, la Declaración sobre Bioética y Derechos Humanos, entre otros, son muestra clara de la relación  entre la ciencia, la tecnología y los derechos humanos.

En el caso de nuestro país, la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de Julio de 2010, tiene por objeto la protección de información personal con la finalidad de asegurar un tratamiento legítimo, controlado e informado para, de esa forma, garantizar la privacidad y el derecho a la autodeterminación informativa. 
El rol de la Ciencia y la Tecnología (CyT) en los derechos humanos se ha ampliado considerablemente. Sin duda, uno de los aspectos mejor conocidos ha sido su contribución como herramienta para esclarecer las violaciones a estos derechos. En nuestro país, los aportes realizados por el Equipo Argentino de Antropología Forense, como el Banco Nacional de Datos Genéticos, han sido invalorables en la condena de los responsables y a la identificación de víctimas y familiares. 
Existe también otra perspectiva igualmente importante: el creciente interés por promover la idea de que disfrutar los frutos del conocimiento científico y tecnológico es un derecho humano básico, y en cómo se puede implementar este derecho en el contexto del desarrollo social y económico.
Esta perspectiva se basa en derechos para el desarrollo que fueron establecidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos, que contiene un artículo que establece que todos los habitantes tienen el derecho “a compartir los progresos científicos y sus beneficios”.

Sin embargo, una declaración tan amplia presenta enormes dificultades de implementación. No hay respuestas sencillas a la pregunta surgida de cómo poder hacer aplicable este derecho en un mundo de crecientes desigualdades.
MAPA CONCEPTUAL 





DERECHO OBJETIVO Y DERECHO SUBJETIVO
El Derecho objetivo es un conjunto de normas (leyes, costumbres, resoluciones judiciales y preceptos doctrinarios que imponen tanto deberes como facultades, por su parte, el Derecho subjetivo es la facultad atribuida por la norma de Derecho objetivo, por lo que puede concebirse fuera de él. Esto quiere decir que el Derecho objetivo son todas aquellas leyes, códigos, reglamentos, entre otros, que conforman el marco rector de la conducta, mientras que el Derecho subjetivo es el conjunto de las facultades emanadas de estas normas que tiene los sujetos destinatarios de las mismas, se llama subjetivo porque se refiere al sujeto, es decir, a la persona a  la cual se otorga la facultad derivada de una norma jurídica.

El concepto de derecho tiene dos significados diferentes que  es menester precisar: el punto de vista objetivo y el punto de vista subjetivo. Si lo contemplamos como  un ordenamiento social destinado a regular la conducta humana, advertimos de inmediato que el derecho está formado  por un cúmulo de normas, es decir, de reglas impuestas a la actividad de los hombres, y a las cuales deben estos someterse. Si, por el contrario, lo contemplamos desde el fuero interno de cada uno, nos vemos en posesión de derechos que podemos hacer valer frente a los demás, o sea que el hombre tiene facultades para obrar y conducirse en determinados sentidos dentro de una cierta esfera.

En cambio, el punto de vista  subjetivo en el derecho tiene siempre un carácter individual, pues la norma coloca en manos de una persona una facultad de obrar frente a otras. Esta facultad puede contemplarse: a) como libertad (es lícito todo acto que no sea prohibido o penado por el derecho); como poder jurídico (el cual encierra la posibilidad de realizar los actos jurídicos para los cuales tenga capacidad cada persona); y c) como pretensión (o sea el derecho de exigir de otros el cumplimiento de un deber impuesto por las normas). El primer aspecto es unilateral; el segundo crea una relación entre dos o más sujetos, la cual surge precisamente a raíz del acto jurídico; y el tercero consiste en la facultad de hacer efectiva la consecuencia de esa relación, exigiendo de otros la conducta a la cual se han obligado o que una norma les impone.

El derecho subjetivo puede definirse, por lo tanto, como el conjunto de facultades que una persona tiene para obrar lícitamente, a fin de conseguir un bien asegurado por una norma jurídica natural o positiva.
Se trata siempre de una facultad, es decir, de una prerrogativa otorgada o reconocida a las personas, que éstas tienen en potencia, y cuya utilización queda librada a su voluntad discrecional. Esta facultad lleva implícita la posibilidad de ejercerla, pero no debe confundirse con el acto mismo de llevarla a la práctica.

Tal prerrogativa es inherente a la naturaleza misma del hombre. El derecho no puede ni pretende imponer una determinada conducta: se limita a señalar la que estima conveniente y a castigar la que considera nociva. Y ello se explica, pues el hombre es un ser dotado de voluntad y de razón, cuyos actos conscientes derivan del empleo de su libre albedrío, que el derecho no podría nunca suprimir.

MAPA CONCEPTUAL SOBRE EL DERECHO OBJETIVO Y DERECHO SUBJETIVO



VÍDEO SOBRE EL DERECHO OBJETIVO Y DERECHO SUBJETIVO






DERECHO POSITIVO Y DERECHO VIGENTE


El Derecho positivo se encuentra  formado por las normas jurídicas cuando éstas son generadas  con los procedimientos determinados por la autoridad competente, en un momento y lugar histórico determinados, en el caso de nuestro país por el Poder Legislativo. Es decir para que una normatividad sea considerada como Derecho positivo, forzosamente debe ser creada por el órgano encargado de legislar.

El derecho positivo puede ser de aplicación vigente o no vigente, dependiendo si la norma rige para una población determinada, o la norma ya ha sido derogada por la promulgación de una posterior. No sólo se considera derecho positivo a la Ley, sino además a toda norma jurídica que se encuentre escrita (decretos, acuerdos, reglamentos, etc.).
El concepto de derecho positivo está basado en el iuspositivismo, corriente filosófico-jurídica que considera que el único derecho válido es el que ha sido creado por el ser humano. El hombre ha creado el Estado y en él ha constituido los  poderes en los  que se manifestará la soberanía; el poder legislativo es quien originariamente crea el derecho, mediante las leyes. 

El iusnaturalismo sostiene una tesis opuesta, según la cual el derecho es único, anterior y superior al hombre, sustentado en valores supremos a los cuales el ser humano puede aspirar mediante la razón, por lo que el Derecho no requiere estar escrito para ser válido, sino que basta con la posibilidad de que se infiera de los valores esenciales del ser humano (Derechos Humanos).


El Derecho vigente es el que se encuentra en vigor, dentro de un ámbito territorial determinado, y que el estado considera obligatorio. Rige en un determinado momento histórico, es decir, el Derecho que rige en el tiempo presente es vigente. La autoridad tiene la facultad de derogar o abrogar y con ello reiterarle su vigencia y convertirlo en un Derecho no vigente. Podemos decir, entonces, que todo Derecho vigente es positivo, pero no todo el Derecho positivo es vigente, es decir, hay normas jurídicas que tienen poca aplicación práctica; es decir, no es derecho positivo pero si es derecho vigente.

La ley creada, cumpliendo con todas las etapas que dicho proceso señala, es Derecho positivo y su vigencia inicia a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF). La Constitución  que nos rige actualmente es vigente porque no ha habido otra que la abrogue, es decir, que la anule. Otros ejemplos de leyes vigentes son la Ley Federal del Trabajo, la Ley General de  Educación, la Ley del Impuesto sobre la Renta, la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, la Ley de Ciencia y Tecnología, la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro, la Ley General de Cultura Física y Deporte,  el Código Civil Federal, entre otras, las cuales seguirán siendo Derecho vigente hasta que se elimine, de forma total, dicho ordenamiento.

La similitud entre el Derecho positivo y el Derecho vigente consiste en que ambos son creados por el Poder Legislativo y su diferencia radica en que le Derecho positivo estuvo vigente en determinada época, mientras que el vigente es aquel que en este preciso momento se encuentra rigiendo.


VÍDEO SOBRE  EL DERECHO POSITIVO Y DERECHO VIGENTE






COMPETENCIA COMUNICATIVA Y DIALOGO

La competencia comunicativa consiste en aquella capacidad del ser humano para expresar ideas, emociones o sentimientos, pero de manera eficaz y adecuada, para ello, durante ese momento es necesario el respeto hacia las normas establecidas.
Al emplear nuestra competencia comunicativa no solo demostramos nuestra habilidad para hablar sino que también hacemos evidentes cuestiones como nuestro nivel educativo, la forma en la que nos han educado en casa, los valores, nuestra capacidad de análisis y reflexión, nuestras convicciones y habilidades persuasivas, etc.

En los enfoques propios del funcionalismo lingüístico, se denomina competencia comunicativa a la capacidad de hacer bien el proceso de comunicación, usando los conectores adecuados para entender, elaborar e interpretar los diversos eventos comunicativos, teniendo en cuenta no sólo  su significado explícito o literal, lo que se dice, sino también las implicaciones, el sentido explícito o intencional, lo que el emisor quiere decir o lo que el destinatario quiere entender. El término se refiere a las reglas sociales, culturales y psicológicas que determinan el uso particular del lenguaje en un momento dado.
La expresión se creó para oponerla a la noción de competencia lingüística, propia de la gramática generativa. Según el enfoque funcional, esta no basta para poder emitir un mensaje de forma  adecuada.

Por su parte, el diálogo, es parte de la comunicación, consiste en aquella conversación  entre dos o más personas, por medio del cual se intercambia información y se expresan sentimientos, pensamientos, deseos e ideas, y de esta forma se pueden mostrar diversas posturas.  En algunas ocasiones se considera que el dialogo es una platica que se lleva a cabo para llegar a un acuerdo.
Dentro del dialogo surge la figura del consenso que es el proceso en el que se involucra la toma de una decisión o solución considerando no únicamente lo que desea la mayoría, sino que su propósito principal se caracteriza por determinar qué es lo más satisfactorio para el grupo de personas que intervienen en esa decisión, y un aspecto característico es que no es la regla de la mayoría la que gobierna.

CONSENSO

Se define como acuerdo  producido por consentimiento entre todos los miembros de un grupo o entre varios grupos. Así podemos decir que el consenso también es un acuerdo general en el que es  necesario que las personas que intervienen en la decisión manifiesten su consentimiento para realizar cierta acción. Es de señalarse que el consenso no se distingue por una mayoría numérica, sino por valorar la mejor decisión.En el consenso todos los involucrados tienen el derecho a expresar sus motivos para estar a favor o en contra de cierta determinación, pues si no es así, caeríamos en la dinámica de “ el que calla otorga”, es decir, al no señalar nuestra disconformidad, estaríamos dando por hecho que estamos de acuerdo con la decisión tomada. El consenso no consiste en elaborar una propuesta que contemple todas las necesidades individuales o personales, sino que, es la síntesis de todas las opiniones  de los individuos, a fin de crear  la mejor opción para toda la colectividad. 
Para llevar a cabo un consenso es necesario: 
         
1. Establecer el propósito general.
      2. Construir la decisión a partir de las aportaciones e ideas de cada miembro del grupo.      
      3. Considerar a la comunicación como el medio principal para la exposición de ideas
      4.Ser tolerantes y respetuosos de las opiniones de cada participante
      5.Tener claro que se trata de construir la mejor decisión no de una competencia.

      El consenso se usa porque  es el medio sustancial para  la toma de decisiones de un        grupo. 
 Dentro del consenso debe respetarse la autonomía de cada miembro; sin embargo, cada    integrante del grupo es indispensable en el momento de la toma de decisiones y deben ser  considerados  todos los puntos de vista y aportaciones.
 Para llegar a un consenso y lograr el propósito es necesario considerar los siguientes  factores:

  • Todas las opiniones deben ser tomadas en cuenta.
  • Todas las aportaciones son importantes.
  • Todos los integrantes son responsables del proceso.
  • El diálogo es pieza fundamental para este proceso.
  • Ninguna idea debe darse por descartada.
  • Tomar una decisión práctica.
MAPA CONCEPTUAL SOBRE LA COMPETENCIA COMUNICATIVA Y DIÁLOGO


VÍDEO SOBRE LA COMPETENCIA COMUNICATIVA Y DIÁLOGO









DESARROLLO CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO

La ética se encuentra presente en todos los ámbitos del ser humano, la ciencia y la tecnología no son la excepción, ya que la sociedad requiere de nuevos conocimientos y descubrimientos que permitan su crecimiento, además, satisfaga  las necesidades del individuo y a su vez, le proporcione ciertas comodidades.
La ciencia es el conjunto de conocimientos racionales, sistemáticos, demostrables y factibles, los cuales son aplicados en beneficio de la sociedad, ya sea de forma material o cultural, y esta se traduce en tecnología.  En otras palabras, el término ciencia que en su sentido más amplio se emplea para referirse al conocimiento sistematizado en cualquier campo, pero que suele aplicarse sobre todo a la organización de la experiencia sensorial objetivamente verificable. La búsqueda de conocimiento en ese contexto se conoce como ‘ciencia pura’, para distinguirla de la ‘ciencia aplicada’ —la búsqueda de usos prácticos del conocimiento científico— y de la tecnología, a través de la cual se llevan a cabo las aplicaciones.
Por su parte la tecnología, es el conjunto de teorías y de técnicas que permiten el aprovechamiento práctico del conocimiento científico. La ciencia y la tecnología van de la mano,  ya que por medio de los conocimientos que aporta la ciencia, son aplicados por la tecnología.
Algunos historiadores científicos argumentan que la tecnología no es sólo una condición esencial para la civilización avanzada y muchas veces industrial, sino que también la velocidad del cambio tecnológico ha desarrollado su propio ímpetu en los últimos siglos. Las innovaciones parecen surgir a un ritmo que se incrementa en progresión geométrica, sin tener en cuenta los límites geográficos ni los sistemas políticos. Estas innovaciones tienden a transformar los sistemas de cultura tradicionales, produciéndose con frecuencia consecuencias sociales inesperadas. Por ello, la tecnología debe concebirse como un proceso creativo y destructivo a la vez.

Las necesidades de ciencia  y tecnología en nuestro país ya no se satisfacen con la enseñanza a los  estudiantes como  se verifica una ley científica o cómo usar determinado equipo y maquinaria que resultara obsoleta un futuro próximo; en nuestros tiempos el preparar gente capaz de pensar y entender los principios básicos de la ciencia y técnica es fundamental para que no le detengan las dificultades que presenten e incluso que pueda desarrollar nuevos procedimientos, en cualquiera que sea su campo de trabajo.




VÍDEO SOBRE EL DESARROLLO CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO





RIESGO GESTIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL DEL 
RIESGO Y PRINCIPIO DE PRECAUCIÓN





El principio de precaución se refiere a la toma de medidas protectoras y de prevención ante las sospechas sustentadas de que determinadas  tecnologías o los productos derivados de éstas puedan ocasionar algún riesgo grave o peligroso para la salud pública o el ambiente, para ellos es necesario que se haya llegado a una comprobación científica que indique la afectación inminente.
Este principio surgió en la Conferencia de Río de 1922, donde se plasmó que la idea de precaución hoy en día es sustancial en el Derecho ambiental a  nivel nacional y como recurso  cautelar de diversos desastres. En la Declaración de Rio sobre el Medio Ambiente y Desarrollo de 1922, en su principio 15 se expresa la idea que cuando  haya un posible daño grave, no podrá invocarse por los Estados para no adoptar medidas de protección del ambiente. Su adopción entraña la necesidad de replantear por completo el actuar ambiental preventivo de los Estados que has hace pocos años se daba sólo si existía base científica para ello.
El principio de precaución  en materia ambiental se diferencia del principio de prevención, pues el primero requiere tomar medidas que disminuyan  la probabilidad de causar algún daño ambiental peligroso, a pesar de que se desconozca la posibilidad de que suceda, por su parte, el principio de prevención exige la toma de medidas, ya que es conocido el daño ambiental que puede generarse.

El principio de precaución obliga  a la adopción de medidas protectoras antes de que se produzca el deterioro del ambiente, operando ante la amenaza a la salud o el ambiente, y la falta de certeza científica sobre sus causas y consecuencias.

DERECHOS DE LAS PERSONAS Y DE LOS ANIMALES COMO SUJETOS EXPERIMENTALES

Para alcanzar estos avances, se han valido de realizar estudios en animales, e incluso, en el propio ser humano, aquí es donde la Ética entra en el dilema de si vale la pena, en muchos casos, el sufrimiento, o incluso la muerte, de un ser vivo para beneficiar a la humanidad.



El ser humano siempre ha sido objeto de estudios y experimentación, lo que ha permitido llegar a los alcances que actualmente tenemos, para ello ha sido necesario que la Medicina se haya ido desarrollando. Mientras entre los antiguos egipcios, griegos y romanos al conocimiento medico se forjó a partir de inferencias empíricas, ciertas influencias cósmicas y del equilibrio de los cuatro elementos, relacionados con algunas características de los organismos, supuestamente fisiológicas, no fue sino hasta el siglo XIV con Harvey cuando se vislumbra la fisiología y, con ello, la era de la experimentación.  Posteriormente, Claudio Bernard postula el principio de la experimentación denominada vivisección para poner el descubrimiento y ver funcionar las partes ocultas del organismo: así surge lo que hoy conocemos como cirugía.
Con base a lo anterior, debemos preguntarnos cuales son los límites que se deben respetar en el caso de que el individuo sea el objeto experimental. De acuerdo con los especialistas, el primer punto a resaltar es que se debe experimentar con el hombre siempre y cuando se tenga la intención de curar la enfermedad que sufra, proporcionarle los medios para llevar su padecimiento con las menores complicaciones posibles o salvarle la vida, y no poner en riesgo la propia salud o la vida.


Los derechos humanos deben estar por encima de cualquier situación, aun cuando los alcances de la  ciencia traigan consigo descubrimientos sorprendentes.

¿Es aceptable torturar, maltratar o quitar las extremidades aun ser humano para mejorar la calidad de vida de otro? La respuesta seria que no, nuevamente se atentan contra los derechos de otros individuos, lo que bajo ninguna circunstancia puede permitirse.


En cuanto a los animales, dentro de los laboratorios experimentales, es indispensable que estos tengan el cuidado veterinario apropiado, alimentación adecuada y alojamiento limpio, también es primordial asegurar la ausencia de dolor excesivo. No existe desacuerdo con respecto a estos derechos. Por esta razón, los grupos que promueven la protección animal, han exigido que los científicos consideren tener los cuidados pertinentes para dañar lo menos posible a los animales.
Por ello, para la experimentación, deben buscarse aquellos animales considerados reactivos biológicos, esto se trata de un animal cuya calidad genética y ambiental ha sido controlada y asegurada y, por tanto, es capaz de dar una respuesta fiable y reproducible a la pregunta experimental.




PRÁCTICAS DE CONSUMO




En términos generales, el consumo es el uso que hace el hombre de los bienes o servicios que están a su disposición con el propósito de satisfacer sus necesidades, es decir, todo aquello que necesitamos para nuestra vida diaria, como alimentos, vestido, transporte, etc.
La Real Academia Española define el consumismo como la tendencia inmoderada a adquirir, gustar o consumir bienes y servicios considerados como no indispensable para el ser humano, debido a que se tiene la creencia de que al pagar por ellos tendrá cierto estatus dentro del grupo social al que pertenece.
Es inevitable consumir, pues todos los días requerimos de bienes y servicios para nuestra subsistencia, sin embargo, la práctica de consumo no razonada trae graves consecuencias debido a que atenta contra la estabilidad económica, ya que en la actualidad fácilmente podemos tener a nuestro alcance diversas tarjetas crediticias, lo que fomenta la practica consumista de forma desmedida sin detenernos a pensar si el producto que estamos adquiriendo realmente es necesario o solo lo compramos porque la mayoría lo posee.
El consumo masivo ha dado lugar al consumismo y a la denominada sociedad de consumo. En términos puramente económicos se entiende por consumo la etapa final del proceso económico, especialmente del productivo, definida como el momento en que un bien o servicio produce  alguna utilidad al sujeto consumidor. En este sentido hay bienes y servicios que directamente se destruyen en el acto del consumo, mientras que con otros lo que sucede es que su consumo consiste en su transformación en otro tipo de bienes o servicios diferentes.

El consumo, por tanto, comprende las adquisiciones de bienes y servicios por parte de cualquier sujeto económico (tanto el sector privado como las administraciones públicas). Significa satisfacer las necesidades presentes o futuras y se le considera el último proceso económico. Constituye una actividad de tipo circular en tanto en cuanto que el ser humano produce para poder consumir y a su vez el consumo genera producción.
Para el antropólogo García-Canclini el consumo es «el conjunto de procesos socioculturales en los que se realizan la apropiación y los usos de los productos».
Debemos considerar que si queremos comprar algún producto o adquirir un servicio, debemos hacerlo contemplando si realmente nos será útil y para qué, no por moda o imposición.
El consumo desmedido de tecnología y otros productos también atenta contra nuestros recursos naturales como veremos a continuación.

VÍDEOS SOBRE LAS PRACTICAS DE CONSUMO.









RELACIÓN CON OTROS SERES VIVOS





El medio ambiente consiste en todo aquello que nos rodea, como árboles, plantas, animales, rocas, agua, etc. Este medio afecta y condiciona, especialmente, el contexto de la vida de los individuos, y por tanto, de la sociedad.

El ambiente también se constituye por el conjunto de valores naturales, sociales y culturales que existen en un  espacio y época determinados, demás influyen en la vida del hombre, así como de las próximas generaciones. En este espacio no sólo desarrolla la vida del propio ser humano, sino que se relaciona con otros elementos como otros seres vivos, objetos, agua, suelo, aire y sus relaciones, incluso aspectos intangibles como la cultura.


CONCIENCIA DE LAS SEMEJANZAS Y LAS DIFERENCIAS ENTRE EL SER HUMANO Y OTRAS ESPECIES



Los seres humanos también somos animales y a pesar de que ciertas especies tienen diversas similitudes con la nuestra, actividades básicas como comer, dormir, reproducirnos, luchar o defendernos, las realizamos tanto el hombre como un animal. Esto quiere decir que tenemos las mismas necesidades básicas, sin embargo,  el ser humano puede decidir tener relaciones sexuales sólo por placer, con las medidas necesarias y no siempre con el propósito de reproducción.
Una diferencia muy importante es que tenemos la capacidad de reflexión. Otra diferencia es que podemos resolver nuestros problemas de la vida diaria, esto lo podemos hacer gracias a nuestras experiencias y aprendizaje. Podemos organizar información y hacer nuevos descubrimientos, hemos podido crear diversas formas de comunicación, por supuesto, más complejas que las del reino animal.
El ser humano a diferencia de los animales, puede vivir emociones y sentimientos como el amor, la felicidad, la ira, la tristeza, el coraje, etc.
Por otro lado, ¿cuáles serían las diferencias del ser humano con las plantas? La respuesta es más sencilla, los animales tienen cierta inteligencia, mientras que las plantas no, pero a pesar de ello son elementos necesarios para el desarrollo del ser humano. En conclusión, tanto plantas, animales y humanos tenemos ciertas diferencias y semejanzas, pero lo importante es valorar cada elemento  indispensable para nuestro ambiente.




CONCIENCIA DE QUE LOS SERES HUMANOS COMPARTIMOS RECURSOS CON OTROS SERES VIVOS Y LA SOLIDARIDAD ENTRE ESPECIES


Todos los elementos que encontramos en el ambiente son indispensables para el desarrollo de la humanidad, pues gracias a ellos nos alimentamos, nos hidratamos, nos vestimos, incluso podemos respirar.

Dentro de la sociedad, uno de los fines del ser humano es satisfacer sus necesidades materiales, pero, debemos estar conscientes de que los seres humanos tenemos una obligación ética de compartir el planeta Tierra con otras especies y que tenemos que reorientar nuestros valores y actividades, de tal manera que todas las formas de vida puedan prosperar.

El hombre, como especie dominante de la naturaleza, debería ser respetuoso con ella. Es decir, no por el hecho de ser dominante  puede entrar con cualquier especie y obtener beneficios sin considerar los daños que puede  ocasionar al resto de las especies.

Lamentablemente la idea del crecimiento, principalmente económico, no ha podido establecer límites al respecto, ya que se mínima la importancia de la naturaleza si como las necesidades de las demás especies. Esto provoca atentar contra el propio hombre, pues las flores, las plantas, los animales, las piedras o cualquier otro elemento son fundamentales para nuestro ambiente. Es evidente  el deterioro que el  ser humano ha ocasionado al medio, lo que ha dado origen a diversos fenómenos meteorológicos como las sequías, lluvias extremas, granizadas, heladas, huracanes que no ocurrían en ciertas regiones, o bien, el caso del cambio climático.
Es común que se le dé prioridad a la acumulación de riqueza que a un ecosistema, cuyo fin no es preservar la vida en cualquiera de sus manifestaciones. En estos casos en ningún momento se pretende beneficiar la naturaleza, lo único  que se consigue  es atentar contra las especies. 



Finalmente, debemos considerar que los ecosistemas están siendo afectados por el exceso de contaminación en el aire, suelo y agua provocada por el hombre, el aumento en la temperatura terrestre, la erosión y desaparición de especies es consecuencia del antropocentrismo, que consiste en la teoría filosófica que coloca al hombre como centro del universo. Por ello, es relevante aplicar la Bioética en este ámbito, la cual es un área de la Biología que analiza que el ser humano satisfaga sus necesidades usando los recursos naturales, pero de forma razonada y consciente, ya que diversos seres vivos dependen del equilibrio del planeta.




 VÍDEO SOBRE LA CONTAMINACIÓN 








5 comentarios:

Unknown dijo...

Los temas de este blog son muy interesantes ademas trae videos e imagenes que nos ayudan a comprender mas sobre los temas, todo el contenido es interesante y muy relacionados con la etica...

Unknown dijo...

Los temas estan interesantes ya que incluyen videos, mapas e imagenes y eso hace que los temas sean mas entendibles..!

Unknown dijo...

Desde mi punto de vista acerca de tu trabajo muy excelente trabajo compañera,entendible y con una debida coherencia de parte de los temas,imagenes y videos todos con la relacion correcta y en lo general los temas vistos aqui tienen muchisimo que ver con nuestra vida diaria.

Unknown dijo...

esta EXCELENTE compañera la información esta perfecta, buen trabajo esto les sera útil a los demás.

Unknown dijo...

Gracias por su aportación compañeros. Me parece bien que les haya interesado este blog.