Bienvenidos a este blog, el cual contiene conceptos, imágenes, vídeos, mapas conceptuales y más información relacionada con algunos temas importantes de Ética.
El objetivo de la creación de dicho blog, es recordar, analizar y conocer más a fondo sobre temas determinados, mismos que han sido mencionados en la clase y en el libro de Ética durante el primer y segundo parcial, en el tercer semestre.
Las
relaciones interpersonales se desarrollan con la presencia de emociones.
UNIDAD I. RELACIONES INTERPERSONALES Y SEXUALIDAD
¿QUÉ ES ÉTICA?
La ética esta próxima a las conductas humanas; como las
órdenes, las costumbres y los caprichos, ya que son los motivos fundamentales
de nuestra actuación. Cada una de esas causas orienta el comportamiento hacia
una dirección u otra, explica más o menos las preferencias por hacer lo que se
hace frente a las otras muchas cosas que
se podrían realizar.
Las órdenes, en parte adquieren
su fuerza del miedo que se pueden tener a las terribles sermoneadas contra
nosotros; pero también del afecto y la confianza que se tiene a los padres o
personas mayores o superiores a nosotros, y que nos lleva a pensar que lo que
nos ordenan es para protegernos y mejorar nuestra personalidad.
Por otro lado, las costumbres provienen
de la comodidad de seguir la rutina y del interés propio en no contrariar a los
otros. Las órdenes y las costumbres tienen una cosa en común: parece que vienen
de fuera, que se te imponen sin pedirte permiso.
En cambio los caprichos vienen de
adentro de cada persona, brotan espontáneamente sin recibir orden alguna.
La Ética se ocupa propiamente de
la cuestión de la libertad, dicho término es poder decir “si” o “no”; “lo hago
o no lo hago, digan lo que digan mis papás o los demás”, “esto me conviene y lo
quiero”, “aquello no me conviene y por tanto no lo quiero”. Libertad, es decidir
entre lo correcto o incorrecto.
En conclusión, puede haber
órdenes, costumbres y caprichos que sean razones adecuadas para obrar, pero en
otros casos no tiene por qué ser así.
Nunca una acción es buena solo
por ser una orden, una costumbre o un capricho. Para saber si nuestras acciones
son correctas o convenientes, tenemos que examinar más a fondo lo que hacemos,
razonando por nosotros mismos.
VÍDEO SOBRE LA ÉTICA
LA IDENTIDAD
La identidad es el resultado del
proceso que distingue a un ser humano de sus semejantes y que tienen como punto
de partida la asimilación individual y la interacción social; es decir, la convivencia
que surge en la familia o la escuela, así como la influencia de los medios de
comunicación o las redes sociales.
La identidad es la imagen que
tenemos de nosotros mismos como personas únicas, con habilidades,
conocimientos, preferencias y carácter propios pero que, al mismo tiempo nos
permite reconocernos como integrantes de uno o varios grupos.
La identidad sociocultural se
define como la forma en que los miembros de un grupo consideran como propios
los componentes culturales de su sociedad y su historia. Se conforma por los
valores, las tradiciones, las creencias,
los símbolos y las conductas aceptadas en un conjunto social, lo que hace que
se genere y funde un sentimiento de
pertenencia.
La identidad se conoce en
diversos contextos:
IDENTIDAD CULTURAL
La identidad cultural son
las características propias de la cultura de un grupo que permiten a
los individuos identificarse como miembros de un grupo y también diferenciarse
del resto. Está compuesta por múltiples elementos como las tradiciones, los
valores y las creencias características de una determinada cultura.
La identidad cultural y la interculturalidad son conceptos complementarios que
permiten a una persona o grupo afirmar su propia identidad y a la vez entablar
relaciones con otras culturas.
IDENTIDAD NACIONAL
La identidad nacional es un
sentimiento identitario a nivel individual y/o colectivo basado en la
pertenencia a un estado o nación que pueden llegar a abarcar aspectos como la
cultura y la lengua.
IDENTIDAD DE GÉNERO
La identidad de género es un conjunto de pensamientos y sentimientos de una persona que le permiten identificarse con una categoría de género. Se trata de un concepto diferente al de identidad sexual.
La construcción de la identidad de género se basa en procesos psicológicos básicos y factores sociales.
IDENTIDAD PERSONAL
La identidad personal es
el conjunto de características propias de una persona y la concepción que tiene
de sí misma en relación al resto de personas. La identidad personal es
individual, dinámica y abarca diferentes dimensiones de la persona.
La identidad personal permite por
un lado la individualización o diferenciarse del resto de personas y por otro
ofrece la posibilidad de pertenencia a un grupo o colectivo.
VÍDEO SOBRE LA IDENTIDAD
VÍDEOS SOBRE IDENTIDAD Y ALTERIDAD
LA ALTERIDAD
La alteridad se define como la condición de ser otro. Es un principio filosófico
que consiste en alterar o modificar la perspectiva individual, es decir, la
propia, por la de otra persona. Para lograrlo, es necesario tomar en cuenta las ideas, puntos de vista, la forma de ver
el mundo y los intereses del otro.
La alteridad consiste propiamente
en ponerse en el lugar del otro para poder comprenderlo, haciendo a un lado nuestros sentimientos e ideas.
En nuestra vida cotidiana, la alteridad
está presente en el momento que nos
relacionamos con los demás; cuando
interactuamos creamos imágenes de las personas con las que convivimos
pero poniéndonos en su lugar. En la alteridad nos desprendemos de nuestra propia ideología e
intereses para comprender la situación de otro, sin que exista empatía. Es muy difícil lograr la
alteridad en un momento dado, pues las visiones particulares de dos personas
por ejemplo, son difíciles de asimilar por uno de los participantes. Hay que
tener mucha amplitud
mental, para lograr ver y sentir lo que siente y ve la otra persona. Si
enfocamos la alteridad con la Ética podemos aseverar que sería comprender desde
nuestra visión y sentimientos las normas
morales y de conducta que una persona o sociedad han
creado a lo largo del tiempo para su propio bienestar. Se
puede decir que a medida que comprendamos desde nuestra perspectiva las normas sociales de
otros podemos salvar diferencias que puedan causar daños y mal entendidos a la
hora de comunicarnos y hacernos comprender.
MAPA CONCEPTUAL SOBRE LA ALTERIDAD
MAPA CONCEPTUAL SOBRE LA ALTERIDAD
VÍDEOS SOBRE IDENTIDAD Y ALTERIDAD
LA MORAL
La moral, etimológicamente tiene que ver con las
costumbres, y también con las órdenes. Sin embrago, hay costumbres y mandatos
que que pueden ser malos, es decir, inmorales. La moral es el conjunto de comportamientos y normas que nosotros y otras
personas aceptamos como válidos .
La moral es la conciencia que tiene una
persona del bien y del mal por la cual se siente responsable de sus
actos. La moral pertenece a nuestro mundo interior, mientras que la ética
únicamente tiene que ver con la relación que los individuos deben observar con
sus semejantes y está marcada por las costumbres y los usos sociales.
Se puede observar que existen personas más conscientes y
evolucionadas que otras y que, por lo tanto, existen diferentes tipos de moral.
Unas son perfectas y superiores y otras muchas brutales y bárbaras. Por ello es
necesario que comprendamos que, en realidad, existen tantas morales como seres
humanos, y que los deberes de unas personas no son los mismos que los deberes
de otras –así como sus privilegios.
No hay maldad en los hechos, sino en la bajeza con la que
estos se realizan. Si los hechos son realizados con bondad y son limpios no
seremos juzgados por ellos, o lo seremos ligeramente y sólo por nuestra ignorancia.
Pero esos mismos hechos, realizados por otra persona y con otras intenciones,
serán totalmente reprobables y sancionables. Por lo tanto, no se juzgan tanto
los hechos en sí sino la intencionalidad, la bondad o la maldad con la que se
realizan. No
es fácil el oficio de vivir dignamente, no. Para ello debemos ser conscientes y
obrar adecuadamente, lo que significa estar enraizados en la virtud. Esto
implica renunciar constantemente a la ventaja y al interés propio en favor de
la moral y del sacrificio, lo que es algo así como un saber hacer del espíritu.
Desde luego, resulta mucho más tentador revestirse de una moral aparente y
jugar sucio tras el parapeto de la imagen. Pero la moral es autenticidad,
transparencia del espíritu y verdad. Tenemos que ser los mismos en el
pensamiento, la palabra y la obra.
No podemos vivir pensando de una manera y hablando y actuando de otra.
No podemos vivir pensando de una manera y hablando y actuando de otra.
Para
que nuestra interacción con los y las demás sea satisfactoria, es necesario distinguirlas y educarla. Para poder realizar la tarea de identificarlas y
orientarlas, previamente hay que familiarizarse con el mundo emocional. Las
relaciones interpersonales con-sisten en la interacción que tiene un individuo con sus pares.
Es muy importante que una persona se conozca a sí misma para establecer una relación con los demás.
Las relaciones interpersonales son asociaciones entre dos o más personas. Estas asociaciones pueden
basarse en emociones y sentimientos,
como el amor, el gusto
artístico u otro tipo de arte, el interés por los negocios y por las actividades sociales, las
interacciones y formas colaborativas en el hogar, creencias religiosas, etc.Es muy importante que una persona se conozca a sí misma para establecer una relación con los demás.
Las relaciones interpersonales se dan en distintos contextos, como la familia, los grupos de amigos, el matrimonio, las amistades, compañeros de escuela, los entornos laborales, los clubes sociales y deportivos, las comunidades religiosas, etc. Las relaciones interpersonales pueden surgir por distintos motivos, ya sea por ley, por costumbre o por acuerdo mutuo, y son una base o un entramado fundamental de los grupos sociales y de la sociedad en su conjunto. Juegan un papel fundamental en el desarrollo integral de las personas. A través de ellas, el individuo obtiene importantes refuerzos sociales del entorno, lo que favorece su adaptación e integración al mismo, y socializa con otras personas.
Desde el nacimiento y conforme vamos creciendo, tenemos el primer acercamiento con alguna persona, este primer contacto definirá muchas de nuestras conductas y reacciones ante las diferentes circunstancias de la vida; así también, esta primera relación será la que determine muchas otras que habremos de establecer a lo largo de nuestra existencia.
Si el primer contacto con alguna persona es cálido y
enriquecedor en la formación del sí mismo, la capacidad de relacionarnos con
otras personas será mucho más fácil y confiada. Por lo contrario si crecemos en
un ambiente poco afectuoso, la formación de la estructura del sí mismo
será débil y temerosa ante experiencias interpersonales nuevas. Esto último
también puede ser timidez o conductas violentas.
MAPA CONCEPTUAL DE RELACIONES INTERPERSONALES.
1. Establecer el propósito general.
CONCIENCIA DE QUE LOS SERES HUMANOS COMPARTIMOS RECURSOS CON OTROS SERES VIVOS Y LA SOLIDARIDAD ENTRE ESPECIES
VÍDEO SOBRE LA CONTAMINACIÓN
Nuestro primer acercamiento con el mundo lo tenemos a través de nuestra madre. |
MAPA CONCEPTUAL DE RELACIONES INTERPERSONALES.
VÍDEOS RELACIONADOS CON LAS RELACIONES INTERPERSONALES.
LA INTERACCIÓN HUMANA
La interacción humana es una
acción que se ejerce recíprocamente entre dos o más objetos o individuos. La
interacción social es una necesidad humana que consiste en el comportamiento
comunicativo global de los individuos relacionados entre sí. A través de este comportamiento se establece una
influencia mutua y los involucrados adaptan su comportamiento frente a los
demás, y es gracias a ello que podemos convivir.
En nuestra vida diaria está presente
la interacción, por ejemplo en pláticas con otras personas, al chatear por medio de
las redes sociales, al enviar mensajes por medio del celular, al responder
comentarios en las redes sociales, al bailar, al practicar un deporte en equipo, entre muchas acciones más.
Al interactuar con otra persona nos
reflejamos en ella, es decir, podemos reconocerla como personas que tienen vivencias,
ideas, opiniones y actitudes similares a las nuestras, y que poseen virtudes
y cometen errores como todo ser humano.
Al momento de interactuar podemos encontrar referencias de personalidad y
también elementos de admiración, compañía, comprensión y contención emocional.
Por medio de la interacción podemos
compartir e intercambiar ideas, opiniones, pensamientos, y otra cosas que nos
favorecen porque posibilitan que tengamos una visión tan amplia como
personas conozcamos, sobre todo si éstas provienen de diferentes contextos.
MAPA CONCEPTUAL SOBRE LA INTERACCIÓN HUMANA
VÍDEO SOBRE LA INTERACCIÓN
LA LIBERTAD
En todo momento tomamos decisiones, cuando vamos realizar
alguna acción.
Cada vez que pensamos en hacer o
no algo, estamos tomando una decisión.
La libertad, implica responsabilidad, esto significa
nuestra suficiencia de responder ante
las decisiones que tomamos y como
siempre estamos decidiendo sin poder
escapar de ello, tampoco podemos escapar
de la responsabilidad. Siempre somos responsables de nuestras propias acciones
y de las consecuencias que estas traigan, ya sean buenas o malas. No podemos
pretender no enfrentar las consecuencias de nuestras decisiones, ya que reclamarán
nuestra respuesta tarde o temprano, porque a nadie le es posible
responder por nosotros ante el ejercicio propio de nuestra libertad.
La responsabilidad, es algo que se debe aprender desde la niñez, en esta etapa debemos aprender a asumir las consecuencias de nuestras acciones y conductas, esto como una capacidad de respuesta ante lo que sucede.
En otras palabras, la libertad es la facultad o
capacidad del el ser humano de actuar o no actuar siguiendo según su criterio y
voluntad. Libertad es también el estado o la condición en que se encuentra una
persona que no se encuentra prisionera, coaccionada o sometida a otra.
Se utiliza esta palabra para
referirse también a la facultad que tienen los ciudadanos de un país de actuar
o no actuar siguiendo su voluntad siempre que esté dentro de lo que establece
la ley.
Este término también hace referencia a 'confianza',
'franqueza' y, especialmente en su forma en plural, libertad significa osada
familiaridad. 'Libertad' puede indicar también una falta de obligación. No
existe una libertad absoluta, ya que las personas se ven condicionadas por sus
propias capacidades y el entorno.
LIBERTAD DE
EXPRESIÓN
La libertad de expresión es un derecho fundamental del ser humano consistente en la capacidad de difusión libre
de información e ideas por distintos medios.
En algunos casos, la libertad de expresión se ve
condicionada por determinados factores como la difusión de cierto tipo de
contenidos en determinados contextos.
En algunos lugares, este derecho no existe
Este derecho aparece reflejado en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en el artículo 19. La libertad de prensa o
libertad de imprenta es una forma de libertad de expresión.
LIBERTAD RELIGIOSA
La libertad religiosa o libertad de culto es
un derecho fundamental del ser humano consistente en la capacidad de elegir libremente su religión, de no elegir ninguna (irreligión), o de no creer
o validar la existencia de un Dios (ateísmo y agnosticismo) y ejercer dicha creencia públicamente, sin ser víctima de opresión, discriminación o intento de
cambiarla.
Este derecho aparece reflejado en la Declaración
Universal de los Derechos Humanos, en el artículo 18. indica: Toda persona
tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este
derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la
libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente,
tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la
observancia.
MAPA CONCEPTUAL SOBRE LIBERTAD VÍDEO SOBRE LIBERTAD
LA HETERONOMÍA
La heteronomía se puede describir
como aquella cuya norma guía procede de una instancia diferente a la del propio individuo libre: padres,
profesores, amigos, ideologías políticas,
credos religiosos, o lo que es lo mismo, cuando la norma obedece no al deber en sí mismo sino a fines u
objetivos que satisfagan las inclinaciones y deseos de cada persona.
La heteronomía es la voluntad que no se
encuentra determinada por la razón del individuo, sino más bien por cuestiones
ajenas a este, entre ellas: las voluntades de los demás, las diferentes cosas
con las cuales interactuamos en el mundo, la voluntad de dios y la sensibilidad. La heteronomía se opone a la autonomía.
HETERONOMÍA DE LAS NORMAS: Significa que las
normas jurídicas son creadas por otra persona distinta al destinatario de las
mismas y, que ésta, además, es impuesta en contra de su voluntad.
HETERONOMÍA DE LA
VOLUNTAD: Describe la circunstancia de que cuando un
sujeto sigue leyes morales; las leyes a las que está sometido no tienen origen
en su propia razón sino que le vienen dadas de fuera. La voluntad puede estar
determinada por dos principios, puede tener dos fundamentos: la razón o la
inclinación.
LA AUTONOMÍA
La autonomía se refiere a crear
los propios lineamientos bajo los cuales una persona actuará, y estos tienen
origen en las necesidades propias, sin preocuparse o tomar en cuenta los deseos
de otro. La autonomía se refiere a la independencia que el sujeto puede
llegar a alcanzar, siendo el resultado
de un proceso de maduración, lo cual
es necesario para su buen desarrollo integral.
La autonomía es un concepto de la
filosofía y la psicología evolutiva que
expresa la capacidad para darse normas a uno mismo sin influencia de
presiones externas o internas. Se opone
a heteronomía. Autonomía se refiere a la regulación de la conducta por normas
que surgen del propio individuo.
Autónomo es todo aquél que decide
conscientemente qué reglas son las que van a guiar su comportamiento. Tener
autonomía quiere decir ser capaz de hacer lo que uno cree que se debe hacer,
pero no sólo eso. También significa ser capaz de analizar lo que creemos que
debemos hacer y considerar si de verdad debe hacerse o si nos estamos
engañando. Somos autónomos cuando somos razonables y consideramos qué debemos
hacer con todos los datos a nuestra disposición. Dicho de otro modo: somos
verdaderamente autónomos cuando usamos nuestra conciencia moral.
Precisamente cuando hacemos esto,
nos fijamos en la conexión causal entre las acciones y los efectos que
producen. La conciencia de esa conexión nos lleva al concepto de
responsabilidad. Sólo cuando somos libres en el sentido positivo de la palabra
-es decir, autónomos, conscientes-, nos damos cuenta de la repercusión de
nuestras acciones y podemos ser responsables. En relación al concepto de
autonomía, como proceso para la toma de decisiones libres sustentadas en la
propia conciencia de la persona (valores, principios, creencias, etc.), es
interesante repasar algunos conceptos que contribuyen en la constitución de la
autonomía como voluntad, libertad y autoestima.
MAPA CONCEPTUAL SOBRE LA AUTONOMÍA
VÍDEOS SOBRE LA AUTONOMÍA
LOS SENTIMIENTOS Y ACCIONES
La palabra sentimiento se puede
definir como el estado afectivo de ánimo producido por causas que lo impresionan vivamente.
Entonces, los sentimientos se producen a partir de vivencias y situaciones
cotidianas que impactan a las personas y les afectan o benefician en su estado
de ánimo. Cada persona reacciona de manera distinta en cada circunstancia, a partir de eso, los
sujetos asimilarán desde su propia experiencia lo que están viviendo.
El sentimiento es el resultado de
una emoción, a través del cual, la
persona que es consciente tiene acceso al estado anímico propio. El cauce por
el cual se solventa puede ser físico y/o espiritual. Forma parte de la dinámica
cerebral del ser humano, que le capacita para reaccionar a los eventos de la
vida diaria al drenarse una sustancia producida en el cerebro, al mismo. Muchas veces tenemos sensaciones en el cuerpo
que nos crean sentimientos que al mismo tiempo nos traen recuerdos, y algunas
veces no encontramos la explicación de lo que nos ocurre, o de lo que
recordamos, sin embargo la hay. Los sentimientos, son la
evaluación consciente que hacemos de la percepción de nuestro estado corporal
durante una respuesta emocional. Los sentimientos son conscientes, objetos
mentales como aquellos que desencadenaron la emoción (imágenes, sonidos,
percepciones físicas). Las emociones que no se perciben como sentimientos son
inconscientes y, sin embargo, pueden tener efecto sobre nuestras conductas.
Por otro lado, las acciones son
la consecuencia de lo que se siente. La actitud es la postura del cuerpo humano,
especialmente cuando es determinado por los movimientos de ánimo, o expresa
algo con eficacia y disposición del ánimo
manifestada de algún modo. Las acciones representan la manera en que una
persona manifiesta lo que siente. Muchas veces las acciones y actitudes surgen como defensa ante otras personas o
circunstancias de la vida. Existen muchas actitudes, pueden ser de generosidad,
honestidad, amor, y muchas más que se conocen.
Las acciones de cada individuo
dependerán de cómo se sienta y qué actitud tenga ante las cuestiones en las
que se vea involucrado, reaccionará con base a lo que está ocurriendo en su
interior sin reflexionarlo mucho, aunque esto es incorrecto porque antes de
responder o reaccionar de alguna u otra manera, es mejor analizar qué es lo más
conveniente para sí mismo y para su entorno, y así llevar a cabo una acción.
MAPA CONCEPTUAL SOBRE LOS SENTIMIENTOS Y ACCIONES
VÍDEO SOBRE LOS SENTIMIENTOS Y ACCIONES
SEXUALIDAD
La sexualidad es el conjunto de
aspectos biológicos, psicológicos, sociales, culturales
y emocionales que expresa cada individuo., con los cuales vive y
comprende al mundo. La sexualidad inicia desde el nacimiento y
va modificándose a lo largo de la vida de cada persona, se
refleja en los deseos, pensamientos, acciones, actitudes, valores y
relaciones tanto interpersonales como intrapersonales. Entonces la
manera en que una persona se mueve, habla, se viste, se relaciona, se
enamora, expresa su sexualidad.
La sexualidad es parte integral
de la vida humana, porque se nace y se muere sexuado/a. Va acompañando a las
personas y se expresa en forma diferente a lo largo de la vida. Es parte
básica del crecimiento, del auto-conocimiento, del desarrollo y de la identidad
como seres humanos. Se relaciona con los sentimientos, las emociones, los
valores, los pensamientos e ideas y las experiencias de cada persona. Es un
asunto complejo que influye en la comunicación entre las personas, ya que cada
persona es percibida por los demás y, a su vez, percibe a las otras personas
según sean hombres o mujeres.
La sexualidad ocurre en el
cuerpo, y en ella participan los sentidos (tacto, vista, olfato, audición,
gusto), las hormonas (los mensajeros químicos), las ideas, los valores y las
emociones que las personas tienen y, por lo tanto, influye en la salud del
cuerpo y la mente. Una sexualidad íntegra requiere establecer un conocimiento
personal e íntimo sobre sí mismo y el otro/a, en un terreno en el que se
desarrollan la comunicación y la afectividad mutuas.
La sexualidad es también una
necesidad que se expresa como el deseo de contacto físico y emocional, de
intimidad, de ternura, de placer y que estrecha las relaciones humanas. Es
parte del amor, del erotismo, de los afectos y del deseo. La sexualidad no es
sólo tener relaciones sexuales (coito) y no se limita al hecho de tener o no
placer. El desarrollo de una sexualidad plena es esencial para el bienestar de
los/as individuos, el interpersonal y el de las sociedades.
PLACER
El placer se ha colocado en los extremos del bien y el mal y como lo
opuesto del dolor. Para los estoicos, el placer es el mayor enemigo de la
moral, por otro lado, algunos filósofos
lo consideran positivos ya que
nos permite acceder a un bien estar
mayor del que provee. Lo cierto es que el placer es un estado agradable ligado
a actividades como comer, dormir o tener relaciones sexuales, de igual forma,
apreciar el arte de crear obras es también placentero.
Baruch
Spinoza ha sido uno de los filósofos que más se han esforzado en
racionalizar y definir desde esa perspectiva lo que es el placer y su
naturaleza. Para él el concepto de placer es “un sentimiento del paso de
cierto estado de perfección a otro más elevado”, mientras que el dolor sería un
proceso inverso. Claramente Spinoza apuesta a que la idea de placer se ha de
ligar con lo “bueno”.
En esa concepción, el placer puede aparecer como bien moral supremo, siendo fruto de la acción voluntaria o apareciendo como acompañante necesario del logro del bien moral. Aunque el placer no es el logro del bien en sí mismo, tan solo aparece junto a él.
La idea de Spinoza está ligada al
empirismo e incluso a una elección empírica de la moral, como señalará Kant.
El objeto bueno que es deseado determina la voluntad, pero la determina porque
el bien moral es promesa de placer. Eso ligaría lo moral a lo subjetivo -a
lo que se considera que lleva al placer.
La búsqueda voluntaria de lo
bueno se convertiría así en un medio para alcanzar lo placentero. En
consecuencia, desde ese punto de vista la elección moral no es “altruista” sino
pragmática. Es lo empírico lo que define lo placentero y, por tanto, lo bueno.
EL PLACER COMO
BIEN
La definición de Spinoza sitúa al placer ligado al bien, le da una connotación moral positiva. Antes que él se definen en el mismo sentido aunque con notables variantes los filósofos cirenaicos hedonistas y los epicúreos.
Para los cirenaicos la definición de la
sensación de placer es la del movimiento sereno del cuerpo, por el contrario el
dolor es el movimiento desordenado del mismo. Hay que decir que para la
filosofía griega el concepto de “movimiento” no es el de movimiento físico sino
el de un cambio de estado en algo o alguien.
La filosofía será para ellos, por tanto, la que se ocupará de elegir y medir el placer. Así, Anicerís valoro por encima del placer sensual el que resulta de la amistad, la vida familiar o el ejercicio de la política. Sin embargo, Hegesís, da el contrapunto pesimista a la cuestión del placer, al decir que todo placer va acompañado tarde o temprano de dolor -esencialmente por la pérdida de lo que era placentero-. Los hedonistas cirenaicos tienen una concepción del placer decididamente como algo “bueno”, su objetivo es el logro de la felicidad que prácticamente identifican con el placer, por ello también se centran en la desaparición del dolor de la angustia, el evitarlos en todo lo posible. Los epicúreos buscarán también el placer, aunque de una manera más racional y sistemática que los hedonistas, por tanto, también, menos extrema. Para el epicureísmo el placer es el medio para acercar la felicidad, pero la felicidad tampoco es su fin, sino, a su vez, el medio para lograr la “ataraxia” o “imperturbabilidad” que se considera el estado de ánimo ideal que permite no sentirse afectado por nada, incluyendo el dolor y la angustia. No obstante, el epicureísmo, aunque se centra como el hedonismo en evitar o suprimir el dolor -físico o emocional-, va más allá del hedonismo, busca la ataraxia como objetivo supremo. Pero pretende lograrla no tanto porque no perturbe nada sino evitando toda elemento que pueda perturbar, como el temor y el dolor, por ello fomenta los placeres sencillos, mesurados y equilibrados. Es una cuestión de pragmatismo, esos placeres serán más fáciles de lograr y más difíciles de perder. El placer en el epicureísmo no se entiende como un placer material, sino más bien como un placer duradero y de índole espiritual. Precisamente por eso el epicureísmo abogará por evitar las preocupaciones y cultivar la amistad.
EL PLACER COMO MAL
De manera contraria a las
anteriores escuelas los filósofos cínicos y aún más los estóicos verán en el
placer como algo negativo, dado que para ellos el placer resulta ser el
principal enemigo de la moral.
En el mismo sentido se
pronunciarán la mayoría de doctrinas ascéticas, siendo el gnosticismo la que con
mayor aversión ve todo tipo de placer material, en consecuencia incluye también
el sensual como cosa negativa. Esto se debe a que las doctrinas gnósticas
consideran, a imitación de Platón,
al cuerpo como “prisión del alma”, pero van más allá de los postulados
platónicos al considerarlo también “corruptor” o “tentador” del alma.
VÍDEO SOBRE EL PLACER
La primera relación de amor
ocurre con la mamá y con el papá. Es a través de ella que conocemos lo que es
amar y ser amado, y esta experiencia marcará nuestra manera de hacerlo.
El amor se vuelve una de las
necesidades constantes de los seres humanos y su vivencia dependerá de las
primeras experiencias. Es decir, si fuimos
deseados y esperados con amor, recibidos con alegría y después criados
amorosamente, entonces nuestra necesidad estará satisfecha y encontrar el amor
con las otras personas de nuestro entorno, como con amigos, maestros,
compañeros de escuela y de trabajo, y familiares, no será una prioridad, ya que
estas relaciones sucederán de manera natural,
en un clima de aceptación y amabilidad. Y en cuanto al amor de una
pareja, será mucho más saludable y auténtico.
Si el amor se concibe como una
carencia, entonces las relaciones con el entorno serán difíciles, se vivirán
como algo que hay que sobrevivir o ganarse y esto puede ser peligroso porque muchas
personas están dispuestas a hacer cosas que vayan incluso en contra de sí
mismas con el objetivo de obtener amor.
Este sentimiento es en sí gozoso,
el alma encuentra satisfacción en él. El amor no debería ser víctima del
sufrimiento. Se dice que si no se sufre,
no es amor de verdad. El que sufre por amor, es que siempre ha sufrido y lo encuentra
normal, quien ha recibido el amor con alegría desde siempre, no
aceptará el dolor o sufrimiento como parte de ello. Primero hay que quererse a
sí mismo, sólo así se podrá vivir el
amor con alegría; si no es así, se corre el riesgo de aceptarlo a cuenta
gotas, condicionado y hasta violento.
Los celos pueden ser una expresión
agresiva de la carencia de amor propio por parte de quien los experimenta.
El amor no es esencialmente un
vínculo con una persona específica; es una actitud, una orientación del carácter
que determina el tipo de relación de
alguien con el mundo como totalidad, no como un objeto amoroso.
El amor es un concepto
universal relativo a la afinidad entre seres, definido de diversas
formas según las diferentes ideologías y puntos de vista (artístico, científico, filosófico, religioso).
De manera habitual, y fundamentalmente en Occidente, se
interpreta como un sentimiento relacionado con el afecto y el apego, y resultante y
productor de una serie de actitudes, emociones y experiencias.
En el contexto filosófico, el amor es una virtud que
representa todo el afecto, la bondad y la compasión del ser
humano. También puede describirse como acciones dirigidas hacia otros y
basadas en la compasión, o bien como acciones dirigidas hacia otros (o hacia
uno mismo) y basadas en el afecto.
Las emociones asociadas al amor
pueden ser extremadamente poderosas, llegando con frecuencia a ser
irresistibles. El amor en sus diversas formas actúa como importante facilitador
de las relaciones interpersonales y, debido a su importancia psicológica central,
es uno de los temas más frecuentes en las artes creativas (cine, literatura,
música).
CIUDADANÍA
La ciudadanía consiste en aquella pertenencia a cierta comunidad politíca, es decir, denota el sentimiento de pertenencia de un sujeto
a una sociedad en la que participa, además de identificarse con el resto de los
individuos que integran la población de dicho lugar, el espacio geográfico, sus
costumbres, tradiciones, etc.
La ciudadanía inicia a partir de los 18 años, es decir el
sujeto tiene capacidad de ejercicio; lo cual consiste en aquella posibilidad jurídica
del individuo de hacer valer directamente, por sí mismo sus derechos, celebrar
en nombre propio actos jurídicos, contraer y cumplir obligaciones, además de
ejercitar las acciones conducentes ante los tribunales. La ciudadanía consiste
en la situación jurídica que nos permite participar en la vida política de
nuestro país, por ejemplo para votar o ser votado.
Este concepto de ciudadanía está ligado al Derecho, sobre
todo en lo que se refiere a los derechos políticos, sin los cuales el individuo
no puede intervenir en los asuntos del Estado, y que permite la participación
directa o indirecta del individuo en el gobierno y en la consecuente
administración a través del voto directo para elegir o para competir por cargos
públicos de forma indirecta. La ciudadanía implica derechos y deberes que deben
ser cumplidos por el ciudadano, sabiendo que aquellos serán responsables por la
vivencia del individuo en la sociedad.
Uno de los requisitos de la ciudadanía es la nacionalidad, para que los ciudadanos puedan ejercer sus derechos políticos.
Pero también existen personas que, a pesar de ser nacionales de un Estado, no
tienen los derechos políticos, porque pueden haber sido revocados o denegados,
por ejemplo, los presidiarios no tienen derecho a votar, que es un derecho
obligatorio para los mayores de 18 años. Tradicionalmente e históricamente, la
mujer, al igual que los niños o los sirvientes, no tenía ningún tipo de
ciudadanía. No es hasta el primer cuarto del siglo XX cuando se empiezan a
reconocer los derechos de las mujeres en el ámbito político, como el sufragio
femenino, y cuando la mujer adquiere una situación de ciudadanía de pleno
derecho en la mayoría de países.
La ciudadanía exige al individuo como un habitante de la ciudad, como dice la
raíz de la palabra, que cumpla sus deberes, y como un individuo de acción pueda
llevar a cabo tareas para su bien y también para el desarrollo de la comunidad
en la que vive, ya que los problemas de la ciudad deberían ser una preocupación
para todos los ciudadanos.
En la Constitución Política De los Estados Unidos Mexicanos,
encontramos establecido los siguientes artículos:
Artículo 34. Son ciudadanos de la República los
varones y mujeres que, teniendo la calidad de mexicanos, reúnan además los
siguientes requisitos:
I. Haber cumplido los 18 años.
II. Tener un modo honesto de vivir.
Artículo 35. Son
prerrogativas del ciudadano:
I. Votar en las elecciones populares.
II.
Poder ser votado para todos los
cargos de elección popular y nombrado para cualquier otro empleo o comisión, teniendo las calidades que
establezca la ley.
III. Asociarse individual u libremente para tomar parte en forma pacífica en
los asuntos políticos del país.
IV. Tomar las armas en el Ejército o Guardia Nacional para la defensa de la
República y de sus instituciones, en los términos que prescriben las leyes.
V. Ejercer en toda clase de negocios
el derecho de petición.
Artículo 36.
Son obligaciones del ciudadano de la República:
I.
Inscribirse en el castro de la municipalidad, manifestando la propiedad
que el mismo ciudadano tenga, la industria, profesión o trabajo de que subsista; así como también inscribirse
en el Registro Nacional de los
Ciudadanos, en los términos que determinen las leyes.
La organización y el funcionamiento permanente del Registro Nacional de
los Ciudadanos y la expedición del documento que acredite la ciudadanía
mexicana son servicios de interés público, y por tanto, responsabilidad que
corresponde al Estado y a los ciudadanos en los términos que establezca la ley.
II.
Alistarse en la Guardia Nacional.
III.
Votar en las elecciones populares en los términos que señale la ley.
IV.
Desempeñar los cargos de elección popular de la Federación o de los
Estados, que en ningún caso serán gratuitos.
V.
Desempeñar los cargos concejiles del municipio donde resida, las
funciones electorales y las del jurado.
La Ley Suprema también señala aquellos
casos en los que los derechos de los ciudadanos se suspenden.
I.
Por falta de cumplimiento, sin causa justificada, de cualesquiera de los
obligaciones que impone el artículo 36.
II. Por estar sujeto a un proceso criminal
por delito que merezca pena corporal, a contar desde la fecha del auto de
formal prisión.
III.
Durante la extinción de una pena corporal.
IV.
Por vagancia o ebriedad consuetudinaria, declarada en los términos que
prevengan las leyes.
V. Por estar prófugo de la justicia, desde que se
dicte la orden de aprehensión hasta que prescriba la acción penal.
VI.
Por sentencia ejecutoria que imponga como pena esa suspensión.
VÍDEO SOBRE LA CIUDADANÍA
DEMOCRACIA
La democracia es una
forma de gobierno del Estado donde el poder
es ejercido por el pueblo, mediante mecanismos legítimos de participación en la
toma de decisiones políticas. El mecanismo fundamental de participación de
la ciudadanía es el sufragio universal,
libre, igual, directo y secreto, a través del cual elige a sus dirigentes.
El máximo representante de los
ciudadanos en una democracia es quien ejerce el poder ejecutivo, es decir, el presidente del gobierno. No
obstante, otros cargos ejecutivos de rango regional o local, lo mismo que cargos legislativos, son también
atribuidos democráticamente mediante el voto.
La democracia, como sistema de
gobierno, puede existir tanto en un sistema republicano como en uno
de carácter monárquico de
tipo parlamentario, donde en lugar de la figura de presidente existe la de
primer ministro, con atribuciones muy semejantes.
Así mismo, la democracia puede
ser entendida como una doctrina política y una forma de vida en
sociedad, que enarbola los valores del respeto a los derechos humanos,
consagrados por la Organización de las Nacionales Unidas, la protección de
las libertades civiles y de los derechos individuales, y
la igualdad de oportunidades en la participación en la vida política,
económica y cultural de la sociedad.
En sentido estricto, la
democracia es una forma de organización del Estado en la cual las
decisiones colectivas son adoptadas por el pueblo mediante
mecanismos de participación directa o indirecta que confieren legitimidad a
sus representantes. En sentido amplio, democracia es una forma de convivencia
social en la que los miembros son libres e iguales y las relaciones sociales se
establecen de acuerdo a mecanismos contractuales.
La democracia puede ser ejercida
mediante diferentes hechos o momento de participación social, que corresponden
a diferentes tipologías de democracia. Una de ellas, es la democracia
directa, ejercida cuando las decisiones en el estado son tomadas de manera directa
por el pueblo, es decir por los miembros de la sociedad.
Según Aristóteles, la democracia
se basa en el principio de la igualdad que parte de la premisa de que todos los
ciudadanos pueden inmiscuirse en la organización y dirección de su país, además
de que pueden participar en el destino de la sociedad a fin de alcanzar el bien
común.
Existen dos tipos de democracia:
DEMOCRACIA REPRESENTATIVA
En la democracia representativa,
el poder lo ejerce un pequeño grupo de representantes, generalmente elegidos
por el pueblo. La democracia deliberativa incorpora elementos de la democracia
directa y la democracia representativa.
Es un tipo de democracia en la
que el pueblo gobierna a través de delegados elegidos mediante sufragio
secreto, para que integren los diversos órganos que ejercen atributos de
autoridad.
DEMOCRACIA DIRECTA
La democracia directa,
llamada también democracia pura, es
una forma de democracia en la cual el poder es ejercido
directamente por el pueblo en una asamblea.
Dependiendo de las atribuciones de esta asamblea, la ciudadanía podría aprobar
o derogar leyes, así como elegir a los funcionarios públicos. La democracia
directa contrasta con la democracia representativa, pues en esta última,
el poder lo ejerce un pequeño grupo de representantes, generalmente elegidos
por el pueblo. La democracia deliberativa incorpora elementos
de la democracia directa y la democracia representativa.
Los elementos fundamentales de la
democracia son los siguientes:
1. La
constitución, pues en ésta se establecen las normas y principios que el pueblo
ha decidido.
2. El
sufragio universal que significa que no puede haber exclusiones en el derecho
de voto por razones de sexo, raza, religión, grado académico o nivel económico
3. El
voto se caracteriza por ser libre y secreto, es decir, sin coacción alguna.
4. Las
elecciones deben llevarse a cabo periódicamente.
5. Los
partidos políticos, organizaciones de interés público, tienen como propósito agrupar
personas y participar en los procesos electorales.
6. La
elección de nuestros representantes y gobernantes.
7. La
distribución de varios órganos (división de poderes).
En la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos, se establecen los siguientes artículos:
Artículo 39. La soberanía nacional reside esencial y originariamente
en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para
beneficio de este. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable de alterar o
modificar la forma de su gobierno.
Artículo 40. Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una
República representativa; democrática, federal, compuesta de estados libres y
soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior; pero unidos en una
federación establecida según los principios de esta ley fundamental.
MAPA CONCEPTUAL SOBRE LA DEMOCRACIA
VÍDEO SOBRE LA DEMOCRACIA
El principio de división de poderes siempre se ha
encontrado desde el surgimiento del
Estado mexicano y se considera también como un elemento sustancial de la
democracia. Asimismo, es un mecanismo fundamental para proteger las libertades
individuales que caracterizan al Estado Constitucional. Si los poderes no se encuentran divididos, las libertades
peligran, y sin estas no es posible hablar de la existencia de un Estado constitucional
en términos modernos.
El principio de la división de
poderes está basado en la ideología de la ilustración que limita la concentración del poder en una sola persona y a la vez establece un triple ejercicio de la soberanía: LEGISLATIVO, EJECUTIVO y JUDICIAL.
En la Declaración de los Derechos del Hombre y el Ciudadano de 1789 (Francia),
se estipula:
Artículo 16o. Toda la sociedad en la cual la garantía de los
derechos no está asegurada ni la separación de poderes establecida, no tiene
Constitución.
LA DIVISIÓN DE PODERES EN NUESTRA
CONSTITUCIÓN
De acuerdo a la Constitución Federal de la República, vigente desde 1917,
en nuestro país la división de poderes se encuentra establecida en el siguiente
artículo:
Artículo 49. El supremo poder de
la Federación se divide para su ejercicio en Legislativo, Ejecutivo y Judicial.
No podrán reunirse dos o más de
estos Poderes en una sola persona o corporación, ni depositarse el Legislativo
en un individuo, salvo el caso de facultades extraordinarias al Ejecutivo de la
Unión, conforme a lo dispuesto en el artículo
29. En ningún otro caso, salvo lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 131, se otorgarán facultades
extraordinarias para legislar.
PODER LEGISLATIVO
El poder legislativo es una
de las tres facultades y funciones primordiales del estado, este poder consiste
en en la aprobación de normas con rango de ley. Es una de las
tres ramas en que tradicionalmente se divide el poder de un Estado.
El Poder Legislativo tiene
por su parte principalmente la función de establecer el Derecho, al dictar las
reglas generales abstractas e
impersonales de observancia obligatoria, es decir, elaborar leyes. En una democracia,
el poder legislativo elabora y modifica las leyes existentes de acuerdo a la
opinión de los ciudadanos. Su función específica es la aprobación de las leyes y, generalmente,
está a cargo de un cuerpo deliberativo (congreso, parlamento o asamblea
de representantes).
Nuestra Carta Magna establece que
los miembros del Poder Legislativo deberán ser elegidos mediante el voto, pero
impone particularidades diferentes para la elección de cada una de las Cámaras.
Para la de diputados determina que estará integrada por 500 representantes de la nación de electos,
en su totalidad cada tres años. Mientras que la Cámara de Senadores está
conformada por 128 senadores, que son renovados, también en su totalidad, cada
seis años en la misma fecha en que se elige al titular del Poder Ejecutivo, es
decir, el Presidente de la República.
En nuestro país, este poder se
Concentra en el Congreso de la Unión que., en términos generales, tiene tres
funciones principales:
1. Representar
a los ciudadanos.
2. Crear
y aprobar leyes.
3. Servir
de equilibrio al Poder Ejecutivo.
Algunas de las facultades del Congreso
se citan a continuación:
1.- Admitir
nuevos Estados a la Unión Federal.
2.- Imponer
las contribuciones necesarias a cubrir el presupuesto.
3.- Legislar
en toda la República sobre hidrocarburos, minería, sustancias químicas, explosivos, pirotecnia, industria cinematográfica, comercio, juegos con apuestas y sorteos,
intermediación y servicios financieros, energía eléctrica, y nuclear, y para expedir las leyes del trabajo reglamentarias del artículo 123.
4.- Impedir
que se establezcan restricciones en el comercio entre un estado y otro.
5.- Dictar
leyes según las cuales deben declararse buenas o malas las presas de mar y tierra, y para expedir leyes relativas al derecho marítimo de la paz y guerra.
6.- Dictar
leyes sobre nacionalidad, condición jurídica de los extranjeros, ciudadanía, naturalización, colonización, emigración e inmigración y salubridad general de
la República
7.- Aceptar
la renuncia del cargo de Presidente de la República.
8.- Legislar
sobre las características y uso de la Bandera, Escudo e Himno Nacional.
PODER EJECUTIVO
El poder ejecutivo es
una de las tres facultades y funciones primordiales del Estado (junto
con la legislativa y la judicial) consiste en dictar y hacer cumplir las leyes que
suele aprobar el gobierno o el propio jefe
del Estado.
El Poder Ejecutivo tiene la
función de promulgar y ejecutar leyes que expida el Congreso de la Unión,
proveyendo en la esfera administrativa a su exacta observancia a través de la
facultad reglamentaria. En la ciencia política y el derecho constitucional, el ejecutivo es la
rama de gobierno responsable de la gestión diaria del Estado. En
muchos países, se utiliza la palabra gobierno para referirse al poder
ejecutivo, pero este uso puede resultar confuso en un contexto internacional. Según
la doctrina de la separación de poderes, redactar las leyes es tarea del poder
legislativo, interpretarlas es tarea del poder judicial, y hacerlas
cumplir es tarea del poder ejecutivo. En la práctica, sin embargo, esta
separación no suele ser absoluta. El jefe
de gobierno es la figura visible y de mayor peso del poder ejecutivo.
Al poder Ejecutivo le corresponde
la ejecución de leyes y en términos generales, la administración del gobierno y
es el único poder que está depositado, de acuerdo con lo establecido por la
Constitución, en una sola persona, a diferencia del Legislativo y Judicial que
están integrados por cuerpos colegiados, esto de acuerdo con lo señalado por.
Artículo 80. Se deposita el ejercicio del Supremo Poder Ejecutivo
de la Unión en un solo individuo, que se denominará Presidente de los Estados
Unidos Mexicanos.
La elección del Presidente de la República se encuentra estipulada en el
artículo 81constitucional, la cual debe efectuarse de manera directa por el
pueblo. Además se establece que el candidato que reciba la mayoría de los votos,
será Presidente.
De acuerdo con el artículo 83
constitucional, el periodo presidencial dura 6 años, asimismo indica que el
ciudadano que haya sido elegido como Presidente por ningún motivo podrá ocupar
el cargo por segunda vez.
El artículo 89, estipula que algunas
de las facultades y obligaciones del Presidente son:
1.- Promulgar
y ejecutar las leyes que expida el
Congreso de la Unión, proveyendo en la esfera administrativa a su exacta
observancia.
2.-Nombrar
y remover libremente a los secretarios
de Estado, embajadores, cónsules generales y empleados superiores de Hacienda, y
nombrar y remover libremente a los demás empleados de la Unión.
3.- Preservar
la seguridad nacional, en los términos de
la ley respectiva, y disponer de la totalidad de la Fuerza Armada
permanente o sea del Ejército, de la
Armada y de la Fuerza Aérea para la
seguridad interior y defensa exterior de la Federación.
4.- Disponer
de la Guardia Nacional para los mismos objetos.
5.- Designar,
con ratificación del Senado, al procurador
General de la República.
6.-Dirigir
la política exterior y celebrar tratados internacionales, así como terminar,
denunciar, suspender, modificar, enmendar, retirar reservas y formular
declaraciones interpretativas sobre los mismos, sometiéndolos a la aprobación
del Senado.
7.-Facilitar
al Poder Judicial los auxilios que necesite para el ejercicio expedito de sus
funciones.
El Poder Judicial es
aquel poder del Estado que,
de conformidad al ordenamiento jurídico, es el encargado de
administrar justicia en la sociedad,
mediante la aplicación de las normas jurídicas, en la resolución de
conflictos. Por "Poder", en el sentido de poder
público, se entiende a la organización, institución o conjunto de órganos
del Estado, que en el caso del Poder Judicial son los órganos
judiciales o jurisdiccionales: juzgados y tribunales, que
ejercen la potestad jurisdiccional,
que suele gozar de imparcialidad y autonomía.
Al Poder Judicial le corresponde
administrar la justicia y decir el Derecho, con lo que realiza la función
jurisdiccional y garantiza el respeto al Estado de Derecho al interpretar la
ley. Según la teoría clásica de Montesquieu, la división de poderes
garantiza la libertad del ciudadano. Montesquieu compuso su teoría
después de un viaje a Inglaterra en donde interpretó que un poder
judicial independiente puede ser un freno eficaz del poder ejecutivo.
Bajo esta separación de poderes,
nace el llamado estado de derecho, en el cual los poderes públicos están
igualmente sometidos al imperio de la ley. El Poder judicial debe ser
independiente para poder someter a los restantes poderes, en especial el ejecutivo,
cuando estos contravengan el ordenamiento jurídico.
De acuerdo con el artículo 94 constitucional,
se estipula que son depositarios del ejercicio de este Poder, los siguientes:
1.-Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Es el máximo tribunal de nuestro país y se integra por 11 ministros y funciona
en plenos o sala. Las sesiones del pleno o salas son públicas, es decir,
cualquier persona puede acudir, salvo que las discusiones seas de interés
público o la moral así lo exija, entonces serán privadas. Entre sus competencias
encontramos. El juicio de amparo, las controversias constitucionales y las
acciones de inconstitucionalidad.
2.-Consejo de la Judicatura Federal. este
consejo funciona en pleno o en comisiones. El primero resolverá sobre la designación, adscripción,
ratificación y remoción de magistrados y jueces, así como de los demás asuntos que
la ley determine. El Consejo de la Judicatura Federal tiene entre sus funciones determinar el número de circuitos en los que secciona el
territorio nacional con el propósito de determinar la competencia tanto de los
jugados como de los tribunales federales.
3.- Tribunal electoral. Es la máxima autoridad
en los asuntos electorales, excepto cuando se pugnan leyes electorales, ya que
estos asuntos les competen a la Suprema Corte por medio de la
acción inconstitucional. Este órgano se integra por una Sala Superior (7
magistrados) y 5 Salas Regionales (3 magistrados).
4.-Juzgados de Distrito. están integrados
por un juez, les competen y resuelven asuntos en primera instancia del ámbito federal, cuyas resoluciones son revisadas por
los Tribunales Unitarios o los Tribunales Colegiados de Circuito dependiendo
del asunto que se aborde.
MAPA CONCEPTUAL SOBRE EL PODER JUDICIAL
VÍDEO SOBRE LA DIVISIÓN DE PODERES
PARTICIPACIÓN CIUDADANA
La participación ciudadana, también denominada participación
pública, consiste en el conjunto de acciones que tienen la intención de fomentar el crecimiento y desarrollo en el
ámbito local, y alcanzar la democracia por medio de la integración de los
ciudadanos en la política. Está basada en varios mecanismos para que la
población tenga acceso a las decisiones del gobierno de manera
independiente sin necesidad de formar parte de la administración
pública o de un partido
político.
Para llevar a cabo la participación ciudadana, es
necesario que la población tenga a su
alcance diversos mecanismos para intervenir en las decisiones del gobierno.
Los beneficios de la participación ciudadana son
diversos, por ejemplo:
Nuestra Constitución
Política, hasta el 8 de Agosto del año 2012, establecía en las fracciones I, II
Y III del artículo 71 que el derecho
de proponer al Congreso de la Unión un proyecto de ley o decreto, es decir, la
facultad de iniciativa, únicamente correspondía
al presidente de la República, los diputados y senadores, y las legislaturas de
los estados; sin embargo, el 9 de Agosto de ese mismo año se publicó en el
Diario Oficial de la Federación un decreto que reformó y adicionó a la Constitución incorporando como
derecho de los ciudadanos, las fracciones que siguientes, que se indican en los
artículos 35, 71, y 73 en los siguientes términos:
“Artículo 35. Son derechos
del ciudadano:
…
VII. Iniciar leyes, en los términos
y con los requisitos que señalen esta Constitución y la Ley del Congreso…”
“Artículo 71. El derecho de iniciar leyes o decretos compete:
…
IV. a los ciudadanos en un
número equivalente, por lo menos, al 0.13 % de la lista nominal de electores,
en los términos que señalen las leyes.
La ley del Congreso determinará el trámite
que deba darse a las iniciativas.”
“Artículo 73. El congreso tiene facultad
…
XXIX-Q. Para legislar sobre
iniciativa y consultas populares.”
La iniciativa
ciudadana es un mecanismo de participación ciudadana que en muchas leyes
estatales ya se reconocía, no así a nivel constitucional
El derecho de iniciativa
ciudadana está acotado a que no puede ejercerse de forma individual sino
como grupo organizado y cumpliendo con cierto número de ciudadanos, es un
avance en la injerencia directa de los ciudadanos en la actividad legislativa
al tener la posibilidad de proponer leyes que cumplan realmente con las
necesidades sociales presentes en el país.
La guerra es la forma de conflicto
socio-político más
grave entre dos o más grupos humanos. Es quizá una de las más antiguas de todas
las relaciones internacionales, aunque se
convierte en un fenómeno particular con el comienzo de las civilizaciones, y
supone el enfrentamiento organizado de grupos humanos armados, con el propósito
de controlar recursos naturales o humanos, o el desarme, o para imponer algún tipo de
ideología o religión, sometimiento y, en su caso, destrucción del enemigo. Las
guerras se producen por múltiples causas, entre las que suelen estar el
mantenimiento o el cambio de relaciones de poder,
dirimir disputas económicas, ideológicas, territoriales, etc.
En Ciencia Política y Relaciones Internacionales,
la guerra es un instrumento político,
al servicio del Estado u otra organización con fines eminentemente
políticos.
Según Richard Holmes, la guerra es una experiencia universal que comparten todos los
países y todas las culturas.
Según Sun Tzu,
«La guerra es el mayor conflicto de Estado, la base de la vida y la muerte, el Tao de la supervivencia y la extinción.
Por lo tanto, es imperativo estudiarla profundamente».
Según Karl von Clausewitz, la guerra es «la
continuación de la política por otros medios».
Las
causas de las guerras generalmente se fundan en las diferencias entre las
personas para obtener el poder
territorial, económico, y político.
Los invasores
se perciben como superiores a los dominados, es decir, creen que su cultura,
religión, ideología o raza está por encima de la de ellos.
Este
concepto se contrapone a los principios de la democracia, ya que generalmente los derechos de los ciudadanos
se ven vulnerados y las consecuencias bélicas siempre resultan en
un desequilibrio político, jurídico, de salud y principalmente económico.
PAZ
La paz es la parte opuesta a la
guerra. La Real Academia Española define
a la paz, como la situación y relación mutua de quienes no están en
guerra o también se puede definir como publica tranquilidad y quietud de los
Estados, en contraposición a la guerra o a la turbulencia.
La paz es un valor muy
fundamental para las vidas de las personas, las familias y las naciones del
mundo. Con la paz se puede vivir la fraternidad y la armonía entre los seres
humanos son los ideales de paz que más se predican, en contraposición
al desastre, la guerra y a todo género de conflictos.
Pero la paz no comienza desde fuera, sino desde muy dentro del individuo. No
depende de las decisiones de altos funcionarios sino de lo que llevamos en el
interior dentro de nuestro corazón y en nuestro cerebro. La paz es un
valor que suele perderse fácilmente de vista por múltiples razones.
Cuando una nación entra en conflicto con otra y tenemos que vivir sus guerras ó las consecuencias o cuando en la familia los problemas o pleitos comienzan a surgir y comenzamos a apreciar el valor que tiene la paz verdadera.
La paz puede verse a nivel
internacional o a nivel personal, pero en cualquier perspectiva debemos
entender que no surge como producto de un "no meterse con nadie", con
un dejar hacer a los demás para que me dejen "vivir en paz".
Paz, definida en sentido
positivo, es un estado a nivel social o personal, en el cual se encuentran en
equilibrio y estabilidad las partes de una unidad; definida en sentido
negativo, es la ausencia de inquietud, violencia o guerra.
En el Derecho internacional, el estado de paz es
aquel en el que los conflictos
internacionales se resuelven de forma no violenta; y
particularmente se denomina «paz» al convenio o tratado (tratado de paz) que pone fin a la guerra.
Existe una rama del estudio de las Relaciones Internacionales denominada
«irenología»
o «estudios de la paz y los conflictos».
Puede hablarse de una paz social como consenso: el
entendimiento tácito para el mantenimiento de unas buenas relaciones,
mutuamente beneficiosas, entre los individuos; y a distintos niveles, el
consenso entre distintos grupos, clases o estamentos sociales dentro de una sociedad.
La paz es necesaria para mantener
el equilibrio social, y de esta forma el Estado es capaz de mantener la armonía
entre sus ciudadanos.
CERTEZA Y TOLERANCIA
CERTEZA
La certeza es el conocimiento
claro y seguro de algo. Cuando se dice que se tiene certeza, quiere decir que
se está seguro y se está convenciendo de que no hay posibilidad de error.
La certeza consiste en la seguridad
que tenemos sobre nuestras acciones o decisiones y sus consecuencias. Por su
parte la certeza jurídica consiste en que los ciudadanos tengan la certidumbre
de tener a su alcance un sistema jurídico e institucional eficaz y correcto, es
decir, que las leyes se respeten lejos de la corrupción.
Puede afirmarse que la certeza es
la posesión de una verdad
que se corresponde con el conocimiento perfecto. La conciencia de una certeza
permite afirmar este conocimiento sin temor de duda y con confianza plena en la
validez de la información.
La certeza, por lo tanto, se basa en
una evidencia, o en lo que
el sujeto toma como una evidencia de carácter irrefutable. Lo evidente del
conocimiento posibilita la afirmación y la posesión de la verdad.
A lo largo de la historia muchos
son los estudiosos, filósofos y pensadores en general que han abordado la
certeza en sí y también su similitud o su diferenciación respecto a lo que
sería opinión. Entre aquellos se encuentran, por ejemplo, clásicos de la
filosofía griega como Aristóteles y Platón que basaron sus ideas en pilares
tales como el conocimiento, el entendimiento, la experiencia y los sentidos.
El concepto contrario a
la certeza es la ignorancia:
si se desconoce algo, no se puede tener ninguna certeza. El grado medio de
conocimiento entre la certeza y la ignorancia es la duda (el sujeto cree que el
conocimiento puede ser veraz
pero no está en condiciones de afirmarlo).
La duda, por lo tanto, tiene
lugar cuando existe
una insuficiencia del conocimiento para tener la confianza sobre su certeza. El
conocimiento, en definitiva, aparece como imperfecto y la persona no posee
confianza absoluta en la verdad de sus proposiciones.
VÍDEO SOBRE LA CERTEZA
TOLERANCIA
La tolerancia consiste en aceptación de diversas ideas, opiniones,
creencias o prácticas y culturas distintas a las propias. Es el reconocimiento
de respeto hacia lo distinto.
La tolerancia es un valor central
de la democracia, pues está es una forma de gobierno basada en la existencia de
la diversidad y en la aceptación de puntos de vista diferentes que pueden
coexistir, o cuyo conflicto puede dirimirse en el marco de las instituciones en
donde pueden expresarse las
divergencias.
La tolerancia es un valor moral que
implica el respeto íntegro hacia el otro, hacia sus ideas, prácticas o
creencias, independientemente de que choquen o sean diferentes de las nuestras.
En este sentido, la tolerancia es
también el reconocimiento de las diferencias inherentes a la naturaleza
humana, a la diversidad de las culturas, las religiones o las
maneras de ser o de actuar. Por ello, la tolerancia es una actitud
fundamental para la vida en sociedad. Una persona tolerante puede
aceptar opiniones o comportamientos diferentes a los establecidos por su
entorno social o por sus principios
morales. Este tipo de tolerancia se llama tolerancia social.
Por su parte, la tolerancia hacia
quienes profesan de manera pública creencias o religiones distintas a la
nuestra, o a la establecida oficialmente, se conoce como tolerancia
de culto, y está estipulada como tal por la ley.
Uno de los fenómenos sociales que pueden generarse por falta de
tolerancia es la discriminación que
se origina en la desigualdad del poder,
de recursos económicos y de estatus
entre los grupos humanos.
La sociedad mexicana muestra rasgos acentuados de intolerancia
tanto en el ámbito como en el político, privando a la democracia de uno de sus
sustentos básicos: la conveniencia en
pluralidad, y alentando una de las conductas que la debilitan: la
discriminación. Todavía en México existe
un 40% de personas que no estarían
dispuestas a convivir con una
persona con sida, 44% con personas que
estuvieran tatuadas, 40% con un homosexual y 30% con un extranjero.
El multiculturalismo es el fenómeno
de la multiplicidad de culturas que se presenta a nivel mundial en casi todos
los países, mientras que el pluralismo cultural es el modelo a través del cual
se explica, detalla o maneja el multiculturalismo. Este término se refiere a la
presencia de diversas culturas en un mismo estado. La multiculturalidad se
refiere a la convivencia en una comunidad de individuos, o grupos de ellos,
pertenecientes a distintas culturas.
Con el adjetivo multicultural se suele aludir a
la variedad que presentan las culturas en la sociedad humana para
resolver las mismas necesidades
individuales cuando todas ellas deberían poseer igualdad de posibilidades para
desarrollarse social, económica y políticamente con armonía según sus
tradiciones étnicas, religiosas e ideológicas. De acuerdo con el
multiculturalismo.
El mundo no está
organizado distribuyendo el territorio por culturas o étnias. Hay una discordancia clara entre étnias y estados, entre un
90% y un 40% de la población pertenecen al mismo grupo étnico. La tendencia son los estados multiculturales. El
problema es cuando se prioriza una identidad de los muchos que todos solemos
tener y entonces puede que decide reindivicarse y tampoco había que caer en el
etnocentrismo, que es pensar que tu propia cultura es la mejor. Hoy en día el
multiculturalismo es la condición normal de toda cultura, debido a la
globalización. La cultura es el conjunto de maneras de obrar, pensar y sentir
propias de un grupo humano. Entonces el
multiculturalismo es la forma de vida de cada uno de los pueblos, una
forma de vida que implica, costumbres, tradiciones,
lenguas.
La multiculturalidad es la diversidad étnica relacionada con una coexistencia e interacción entre
grupos culturales. Muchas veces los flujos migratorios van conformando
sociedades multiculturales en donde la convivencia y la diversidad de culturas presentan un desafío para alcanzar la armonía
basada en la tolerancia y el respeto.
Es muy importante saber que la multiculturalidad promueve
la no discriminación por razas o
culturas, el reconocimiento de la diferencia cultural y el derecho a ella.
Para alcanzar una verdadera visión multicultural es
indispensable llevar a la práctica las tradiciones, no únicamente en la cultura
que predomina, es decir, la nacional, sino también en su cultura étnica. Cuando
en una sociedad se promueve el respeto a la libre expresión de los grupos étnicos,
el multiculturalismo funciona de mejor
manera.
La diversidad de culturas u diversidad cultural se refiere al grado de variación cultural, tanto a nivel mundial como
en ciertas áreas, en los que existe interacción de diferentes culturas coexistentes (en pocas palabras
diferentes y diversas culturas). Muchos estados y organizaciones consideran que
la diversidad de culturas es parte del
patrimonio común de la humanidad y tienen políticas o actitudes favorables a
ella. Las acciones en favor de la diversidad cultural usualmente comprenden la
preservación y promoción de culturas existentes.
La Declaración
Universal de la UNESCO sobre la Diversidad Cultural, adoptada por UNESCO en noviembre
de 2001, se refiere a la diversidad cultural en una
amplia variedad de contextos y el proyecto de Convención sobre
la Diversidad Cultural elaborado por la Red Internacional de Políticas Culturales prevé la cooperación entre las partes
en un número de esos asuntos.
La diversidad cultural refleja la multiplicidad e
interacción de las culturas que coexisten en el mundo y que, por ende, forman parte del patrimonio común de la humanidad.
Según la UNESCO, la diversidad cultural es "para el género humano, tan
necesaria como la diversidad biológica para los organismos vivos".
La diversidad cultural se manifiesta por la diversidad
del lenguaje,de las
creencias religiosas, de las prácticas del manejo de la tierra, en el arte, en
la música, en la estructura
social, en la selección de los cultivos, en la dieta y en todo número
concebible de otros atributos de la sociedad humana.
La diversidad cultural abarca tanto la preservación, la difusión y la promoción de las culturas, como la apertura a otras. El estudio de la diversidad cultural incluye otros temas la pluralidad, la igualdad, la justicia y la libertad, los recursos naturales, el desarrollo sustentable, el patrimonio cultural, la territorialidad, la equidad de género, la participación popular, las formas de gobierno en las sociedades multiculturales o multiétnicas, etc.
DECLARACIÓN SOBRE LA DIVERSIDAD CULTURAL
IDENTIDAD, DIVERSIDAD Y
PLURALISMO
Artículo 1 – La diversidad cultural, patrimonio común de la humanidad
La cultura adquiere formas
diversas a través del tiempo y del espacio. Esta diversidad se manifiesta en la
originalidad y la pluralidad de las identidades que caracterizan a los grupos y
las sociedades que componen la humanidad. Fuente de intercambios, de innovación
y de creatividad, la diversidad cultural es tan necesaria para el género humano
como la diversidad biológica para los organismos vivos. En este sentido,
constituye el patrimonio común de la humanidad y debe ser reconocida y
consolidada en beneficio de las generaciones presentes y futuras.
Artículo 2 – De la diversidad cultural
al pluralismo cultural
En nuestras sociedades cada vez
más diversificadas, resulta indispensable garantizar una interacción armoniosa
y una voluntad de convivir de personas y grupos con identidades culturales a un
tiempo plurales, variadas y dinámicas. Las políticas que favorecen la
integración y la participación de todos los ciudadanos garantizan la cohesión
social, la vitalidad de la sociedad civil y la paz. Definido de esta manera, el
pluralismo cultural constituye la respuesta política al hecho de la diversidad
cultural. Inseparable de un contexto democrático, el pluralismo cultural es
propicio para los intercambios culturales y el desarrollo de las capacidades
creadoras que alimentan la vida pública.
Artículo 3 – La diversidad cultural, factor de
desarrollo
La diversidad cultural amplía las
posibilidades de elección que se brindan a todos; es una de las fuentes del
desarrollo, entendido no solamente en términos de crecimiento económico, sino
también como medio de acceso a una existencia intelectual, afectiva, moral y
espiritual satisfactoria.
DIVERSIDAD CULTURAL
Y DERECHOS HUMANOS
Artículo 4 – Los derechos humanos, garantes de la diversidad
cultural
La defensa de la diversidad
cultural es un imperativo ético, inseparable del respeto de la dignidad de la
persona humana. Ella supone el compromiso de respetar los derechos humanos y
las libertades fundamentales, en particular los derechos de las personas que
pertenecen a minorías y los de los pueblos indígenas. Nadie puede invocar la
diversidad cultural para vulnerar los derechos humanos garantizados por el
derecho internacional, ni para limitar su alcance.
Artículo 5 – Los derechos
culturales, marco propicio para la diversidad cultural
Los derechos culturales son parte integrante de los derechos
humanos, que son universales, indisociables e interdependientes. El desarrollo
de una diversidad creativa exige la plena realización de los derechos
culturales, tal como los definen el Artículo 27 de la Declaración Universal de
Derechos Humanos y los Artículos 13 y 15 del Pacto Internacional de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales. Toda persona debe tener la posibilidad de
expresarse, crear y difundir sus obras en la lengua que desee y en particular
en su lengua materna; toda persona tiene derecho a una educación y una
formación de calidad que respeten plenamente su identidad cultural; toda
persona debe tener la posibilidad de participar en la vida cultural que elija y
conformarse a las prácticas de su propia cultura, dentro de los límites que
impone el respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales.
Artículo 6 – Hacia una diversidad
cultural accesible a todos
Al tiempo que se garantiza la
libre circulación de las ideas mediante la palabra y la imagen, hay que velar
por que todas las culturas puedan expresarse y darse a conocer. La libertad de
expresión, el pluralismo de los medios de comunicación, el
plurilingüismo, la igualdad de acceso a las expresiones artísticas, al saber
científico y tecnológico -comprendida su presentación en forma electrónica- y
la posibilidad, para todas las culturas, de estar presentes en los medios de
expresión y de difusión, son los garantes de la diversidad cultural.
DIVERSIDAD CULTURAL
Y CREATIVIDAD
Artículo 7 – El patrimonio cultural, fuente de la creatividad
Toda creación tiene sus orígenes
en las tradiciones culturales, pero se desarrolla plenamente en contacto con
otras culturas. Ésta es la razón por la cual el patrimonio, en todas sus
formas, debe ser preservado, realzado y transmitido a las generaciones futuras
como testimonio de la experiencia y de las aspiraciones humanas, a fin de
nutrir la creatividad en toda su diversidad e inspirar un verdadero diálogo
entre las culturas.
Artículo 8 – Los bienes y servicios
culturales, mercancías distintas de las demás
Ante los cambios económicos y
tecnológicos actuales, que abren vastas perspectivas para la creación y la
innovación, se debe prestar particular atención a la diversidad de la oferta
creativa, al justo reconocimiento de los derechos de los autores y de
los artistas, así como al carácter específico de los bienes y servicios
culturales que, por ser portadores de identidad, de valores y sentido, no deben
ser considerados mercancías o bienes de consumo como los demás.
Artículo 9 – Las políticas culturales,
catalizadoras de la creatividad
Las políticas culturales, en
tanto que garantizan la libre circulación de las ideas y las obras, deben crear
condiciones propicias para la producción y difusión de bienes y servicios
culturales diversificados, gracias a industrias culturales que dispongan de
medios para desarrollarse en los planos local y mundial. Al tiempo que respeta
sus obligaciones internacionales, cada Estado debe definir su política cultural
y aplicarla utilizando para ello los medios de acción que juzgue más adecuados,
ya se trate de modalidades prácticas de apoyo o de marcos reglamentarios
apropiados.
DIVERSIDAD CULTURAL Y
SOLIDARIDAD INTERNACIONAL
Artículo 10 – Reforzar las capacidades de creación y de difusión a
escala mundial
Ante los desequilibrios que se
producen actualmente en los flujos e intercambios de bienes culturales a escala
mundial, es necesario reforzar la cooperación y la solidaridad internacionales
para que todos los países, especialmente los países en desarrollo y los países
en transición, puedan crear industrias culturales viables y competitivas en los
planos nacional e internacional.
Artículo 11 – Forjar relaciones de
colaboración entre el sector público, el sector privado y la sociedad
civil.
Las fuerzas del mercado por sí
solas no pueden garantizar la preservación y promoción de la diversidad
cultural, clave de un desarrollo humano sostenible. Desde este punto de vista,
se debe reafirmar la preeminencia de las políticas públicas, en colaboración
con el sector privado y la sociedad civil.
Artículo 12 – La función de la UNESCO
Por su mandato y sus funciones
compete a la UNESCO:
a) promover la integración de los
principios enunciados en la presente Declaración en las estrategias de
desarrollo elaboradas en las diversas entidades intergubernamentales;
b) constituir un punto de referencia y foro de concertación entre los Estados,
los organismos internacionales gubernamentales y no gubernamentales, la
sociedad civil y el sector privado para la elaboración conjunta de conceptos,
objetivos y políticas en favor de la diversidad cultural;
c) proseguir su acción normativa y su acción de sensibilización y
fortalecimiento de capacidades en los ámbitos relacionados con la presente
Declaración que correspondan a sus esferas de competencia;
d) facilitar la aplicación del Plan de Acción cuyas orientaciones principales
figuran a continuación de la presente Declaración.
VÍDEO SOBRE LA DIVERSIDAD CULTURAL
DIÁLOGO INTERCULTURAL
El diálogo cultural conduce a la adopción
de una actitud reflexiva que haga que los individuos se perciban a sí mismos dese el enfoque a los
demás.
Entonces, el dialogo
intercultural se refiere a la comunicación que se establece entre varias
culturas, lo que lleva a enriquecer a aquellas que intervienen y, así, mantener
la paz. A través de este diálogo las culturas que pudieran tener conflictos arreglan sus diferencias, colocándolas
en el mismo nivel por el derecho a
emitir sus opiniones o diferencias, lo que llevaría a establecer la armonía a
escala mundial. Si se lleva a cabo el diálogo intercultural, podrían evitarse catástrofes
internacionales como las guerras, que muchas veces se han generado a causa del
poder económico, territorial, e incluso, por diferencias ideológicas y
religiosas.
El dialogo intercultural consiste
en la reciprocidad abierta de las opiniones de personas y grupos de orígenes,
cultura, lengua, creencias religiosas distintas, realizada de forma respetuosa
y con entendimiento equitativo y bilateral.
La UNESCO ha establecido una
misión referente al diálogo intercultural que consiste en garantizar
el espacio y la libertad de expresión
de todas las culturas de nuestro planeta, pero no vistas de forma duzca, y
pierda identidad, y prevenir conflictos que pueden surgir de esta división.
El diálogo intercultural puede
cumplir varios objetivos, en el marco del objetivo primordial de promover el
pleno respeto de los derechos humanos, la democracia y el Estado de derecho. El
diálogo intercultural es una característica esencial de las sociedades abiertas
en las que no se margina ni excluye
a nadie. Es un instrumento eficaz de mediación y reconciliación.
VÍDEO SOBRE EL DIÁLOGO INTERCULTURAL
UNIDAD III. DERECHOS HUMANOS, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, Y LA RELACIÓN CON OTROS SERES VIVOS
¿QUÉ SON LOS DERECHOS HUMANOS?
Los derechos humanos se llaman
así porque son única y exclusivamente de las personas; sólo le pertenecen al
hombre y la mujer, y por esto se exige
su reconocimiento, respeto, tutela y promoción de parte de todos, especialmente
de la autoridad. Es importante señalar que así como cada individuo tiene un
derecho, en todo momento otra persona o Estado deberá mostrar una conducta
frente a esos derechos; es decir, responsabilizarse de ciertas obligaciones
(proporcionar, hacer u omitir).
No obstante, el concepto actual
de los Derechos Humanos se deriva de una larga batalla histórica, política y filosófica
de la humanidad, y su creación responde
a las diversas luchas para poder alcanzar su reconocimiento y respeto. De igual
forma, estos derechos se van conformando de acuerdo a las condiciones tanto sociales como ideológicas, o sea, la historia
de estas luchas nos muestra que la
conceptualización de ser humano se ha ido transformando al ir incluyendo a
grupos que en un principio no se les había otorgado el disfrute de los derechos
elementales.
Los Derechos Humanos son el
conjunto de prerrogativas inherentes a la naturaleza de la persona, cuya
realización efectiva resulta indispensable para el desarrollo integral del
individuo que vive en una sociedad jurídicamente organizada. Estos
derechos, establecidos en la Constitución y en las leyes, deben ser reconocidos
y garantizados por el Estado.
Todos estamos obligados a
respetar los Derechos Humanos de las demás personas. Sin embargo, según el mandato constitucional, quienes tienen
mayor responsabilidad en este sentido son las autoridades gubernamentales, es decir, los hombres y mujeres que
ejercen la función de servidores públicos.
La tarea de proteger los Derechos
Humanos representa para el Estado la exigencia de proveer y mantener las
condiciones necesarias para que, dentro de una situación de justicia, paz y
libertad, las personas puedan gozar realmente de todos sus derechos. El
bienestar común supone que el poder público debe hacer todo lo necesario para
que, de manera paulatina, sean superadas la desigualdad, la pobreza y la discriminación.
Todos los conceptos de los
derechos humanos coinciden en aquellas características relacionadas con los
valores, comportamientos, actitudes y legislaciones,
y su propósito principal es salvaguardar y promover la integridad y la dignidad de las personas para lograr su bienestar, el
progreso social, además de una convivencia pacífica individual, grupal,
nacional e internacional. Los derechos humanos, como sabemos, son atributos de
los individuos por el simple hecho d existir y están garantizados por el Estado;
tales derechos refieren a la vida, la libertad, la integridad, la salud, la
seguridad, la igualdad y todo
aquello indispensable para vivir
dignamente.
VÍDEO SOBRE LOS DERECHOS HUMANOS
DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
El 10 de diciembre de 1948,la
asamblea general aprobó la DeclaraciónUniversal de los Derechos Humanos en parís, considerada el primer documento
mundial que reconoce los derechos fundamentales de todos los seres humanos sin
importar el país de origen, el lugar de residencia, el color de piel, las
creencias religiosas o la lengua, entre otros factores.
Este documento hace valer el
concepto que los derechos humanos tienen su origen en la dignidad y el valor de
la persona humana, y refleja el principio de la igualdad, entendido este como
el que reconoce en todos los individuos la capacidad para tener las mismas en
prerrogativas: derecho a la vida, a la no discriminación, participación en la
cultura, entre otros.
La declaración universal de los
derechos humanos está integrada por un preámbulo y al final de este localizamos
30 artículos
Es de resaltarse que los derechos
humanos implican derechos y obligaciones. Los estados se deben
encargar de respetar y protegerlos, lo que significa que no pueden
interferirlos ni limitarlos y, primordialmente deben impedir abusos o
violaciones a los mismos, por lo que tienen que adoptar medidas para que todos
los individuos gocen de ellos. En el ámbito individual tenemos la facultad de
exigirlos, pero también debemos respetar los derechos de los demás.
Esta declaración, junto con el
pacto internacional de los derechos civiles y políticos de 1966, el pacto
internacional de derechos económicos, sociales y culturales del mismo año y sus
respectivos protocolos, integran la carta internacional de los derechos
humanos.
DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
Preámbulo
Considerando que la libertad, la
justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad
intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de
todos los miembros de la familia humana;
Considerando que el desconocimiento
y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie
ultrajantes para la conciencia de la humanidad, y que se ha proclamado, como la
aspiración más elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en que los seres
humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de
palabra y de la libertad de creencias;
Considerando
esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al
supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión;
Considerando
también esencial promover el desarrollo de relaciones amistosas entre las
naciones;
Considerando que los pueblos de las naciones unidas han
reafirmado en la carta su fe en los derechos fundamentales del hombre, en
la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de
hombres y mujeres, y se han declarado resueltos a promover el progreso social y
a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad;
Considerando que los estados miembros se han
comprometido a asegurar, en cooperación con la organización de las naciones
unidas, el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades
fundamentales del hombre, y
Considerando que
una concepción común de estos derechos y libertades es de la mayor importancia
para el pleno cumplimiento de dicho compromiso;
La Asamblea General
proclama la presente
Declaración
Universal de Derechos Humanos como ideal común por el que todos los
pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las
instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la
enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren,
por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento
y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados
Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.
Artículo 1. Todos los seres
humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de
razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
Artículo 2. Toda
persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración,
sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política
o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica,
nacimiento o cualquier otra condición. Además, no se hará distinción alguna
fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o
territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un
país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no
autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.
Artículo 3. Todo individuo
tiene derecho a la vida, a la libertad y a
la seguridad de su persona.
Artículo 4. Nadie estará
sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos
están prohibidas en todas sus formas.
Artículo 5. Nadie será
sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
Artículo 6. Todo ser humano
tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento
de su personalidad jurídica.
Artículo 7. Todos son iguales
ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley.
Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta
Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.
Artículo 8.Toda persona tiene
derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que
la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la
constitución o por la ley.
Artículo 9. Nadie podrá ser
arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.
Artículo 10. Toda persona
tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con
justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de
sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier
acusación contra ella en materia penal.
Artículo 11
1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.
2. Nadie será
condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron
delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena
más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.
Artículo 12. Nadie será objeto
de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su
correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene
derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.
Artículo 13
1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.
2. Toda persona
tiene derecho a salir de cualquier país,
incluso del propio, y a regresar a su país.
Artículo 14
1. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.
2. Este derecho no
podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos
comunes o por actos opuestos a los propósitos
y principios de las Naciones Unidas.
Artículo 15
1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
2. A nadie se
privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de
nacionalidad.
Artículo 16
1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.
2. Sólo mediante
libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio.
3. La familia es el
elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección
de la sociedad y del Estado.
Artículo 17
1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
2. Nadie será
privado arbitrariamente de su propiedad.
Artículo
18. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de
conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de
religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su
religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en
privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.
Artículo 19. Todo individuo
tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el
de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin
limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.
Artículo 20
1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
2.
Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.
Artículo 21
1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.
2.
Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las
funciones pública de su
país.
3. La
voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad
se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse
periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento
equivalente que garantice la libertad del voto.
Artículo
22. Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la
seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación
internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción
de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad
y al libre desarrollo de su personalidad.
Artículo
23
1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.
2.
Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por
trabajo igual.
3.
Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y
satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia
conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por
cualesquiera otros medios de protección social.
4.
Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.
Artículo
24. Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la
duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.
Artículo 25
1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.
2. La maternidad y
la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera
de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.
Artículo 26
1.Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
2. La educación
tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el
fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades
fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre
todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el
desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de
la paz.
3. Los padres
tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a
sus hijos.
Artículo 27
1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.
2. Toda persona
tiene derecho a la protección delos intereses
morales y materiales que le correspondan por
razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.
Artículo 28. Toda persona
tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta
Declaración se hagan plenamente efectivos.
Artículo 29
1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.
2. En el ejercicio
de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará
solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de
asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y
libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del
orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.
3. Estos derechos y
libertades no podrán, en ningún caso, ser ejercidos en oposición a los
propósitos y principios de las Naciones Unidas.
Artículo 30. Nada en esta Declaración
podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a
un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar
actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades
proclamados en esta Declaración.
MAPA CONCEPTUAL SOBRE LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS GENERACIONES DE LOS DERECHOS HUMANOS
La clasificación de
derechos humanos más conocida es
aquella que divide en tres generaciones
bajo el criterio de protección gradual mas no de importancia; en otras
palabras, se basa en el momento en que se fueron integrando.
Reúne los derechos civiles y
políticos considerados como los más
antiguos; con la revolución francesa pues, como ya se mencionó, en esta
etapa comenzaron a generarse las ideas liberales para que el estado absolutista respetara los derechos fundamentales como la vida, la libertad y la igualdad.
Resguardan tanto la libertad e integridad personales como la participación en la vida política.
Estos derechos pueden ser exigidos
por cualquier ser humano frente al estado u otra autoridad.
Algunos ejemplos son:
Estos derechos surgen a principios
del siglo XX, en esta clasificación encontramos los derechos económicos,
sociales y culturales, y aquellos que se caracterizan por ofrecer mejores condiciones
de vida.
El titular de tales derechos es
el individuo; pero dentro del ámbito comentario, es responsabilidad del Estado
proveerlos, aunque esto también depende de la situación económica del país. Por
este motivo emergen movimientos sociales que tienen como propósito el cumplimiento de esos
derechos, ya que el Estado no ha desarrollado las herramientas indispensables
para su efectividad.
Algunos de los derechos de esta generación son los siguientes:
También se reconocen como derechos de los pueblos o derechos de solidaridad;
precisamente se refieren a la protección de las naciones o los pueblos y se originan por la necesidad de colaboración
entre éstos. Aparecen en la década de los años 60, pues en aquel entonces se
pretendía elevar el nivel de vida y el progreso social.
En este caso, el Estado es el encargado
de exigirlos frente a él mismo o frente
a otro Estado. También se caracterizan por considerar al ser humano como parte
de un todo, es decir, el individuo no es visto de forma aislada.
Algunos de estos derechos son los siguientes:
A principios del siglo XXI, el
desarrollo de nuevas tecnologías de la información
planteó una nueva problemática, pues las Tecnologías d la Información y la Comunicación
(TIC) ya son parte importante de las relaciones sociales, lo que ha ocasionado
una revolución, así como una transición de la sociedad de la información y la
necesidad de crear garantías normativas
y políticas públicas.
Esta nueva generación fue
propuesta porque el ciberespacio dio pauta para crear, comunicar, estudiar y
trabajar, originando una nueva era de la
información, ya que este avance tecnológico se encuentra en todos los ámbitos.
Los derechos que conforman la
cuarta generación principalmente son reediciones de las antiguas libertades concedidas, pero en el
mundo virtual.
Algunos de estos derechos son los siguientes:
MAPA CONCEPTUAL SOBRE LAS GENERACIONES DE LOS DERECHOS HUMANOS
VÍDEO SOBRE LAS GENERACIONES DE LOS DERECHOS HUMANOS
CIENCIA, TECNOLOGÍA Y DERECHOS HUMANOS
En la actualidad, los avances asociados con la ciencia y
la tecnología tienen gran importancia porque, gracias a ellos, no solo se han
logrado grandes descubrimientos, sino que también han marcado la pauta para
exigir y proteger ciertos derechos que no habían sido considerados. Si el
progreso científico impone una adaptación, el derecho lo verá reflejado; en
este caso, las leyes se van ajustando a las necesidades conforme se transforman
históricamente.
Los derechos humanos se van transformando con base en el progreso de la sociedad, pero
tomando en cuenta siempre el respeto a la dignidad del ser humano. Documentos
como la Declaración sobre el Genoma y los Derechos Humanos, la Declaración
Internacional sobre Datos Genéticos Humanos, la Declaración sobre Bioética y
Derechos Humanos, entre otros, son muestra clara de la relación entre la ciencia, la tecnología y los
derechos humanos.
En el caso de nuestro país, la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los
Particulares, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de Julio
de 2010, tiene por objeto la protección de información personal con la
finalidad de asegurar un tratamiento legítimo, controlado e informado para, de
esa forma, garantizar la privacidad y el derecho a la autodeterminación
informativa.
El rol de la Ciencia y la Tecnología (CyT) en los
derechos humanos se ha ampliado considerablemente. Sin duda, uno de los
aspectos mejor conocidos ha sido su contribución como herramienta para
esclarecer las violaciones a estos derechos. En nuestro país, los aportes
realizados por el Equipo Argentino de Antropología Forense, como el Banco
Nacional de Datos Genéticos, han sido invalorables en la condena de los
responsables y a la identificación de víctimas y familiares.
Existe también otra perspectiva igualmente importante: el
creciente interés por promover la idea de que disfrutar los frutos del
conocimiento científico y tecnológico es un derecho humano básico, y en cómo se
puede implementar este derecho en el contexto del desarrollo social y
económico.
Esta perspectiva se basa en derechos para el desarrollo
que fueron establecidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos, que
contiene un artículo que establece que todos los habitantes tienen el derecho
“a compartir los progresos científicos y sus beneficios”.
Sin embargo, una declaración tan amplia presenta enormes
dificultades de implementación. No hay respuestas sencillas a la pregunta
surgida de cómo poder hacer aplicable este derecho en un mundo de crecientes desigualdades.
El Derecho objetivo es un
conjunto de normas (leyes, costumbres, resoluciones
judiciales y preceptos doctrinarios que imponen tanto deberes como
facultades, por su parte, el Derecho subjetivo es la facultad atribuida por la
norma de Derecho objetivo, por lo que puede concebirse fuera de él. Esto quiere
decir que el Derecho objetivo son todas aquellas leyes, códigos, reglamentos,
entre otros, que conforman el marco rector de la conducta, mientras que el
Derecho subjetivo es el conjunto de las facultades emanadas de estas normas que
tiene los sujetos destinatarios de las mismas, se llama subjetivo porque se
refiere al sujeto, es decir, a la persona a
la cual se otorga la facultad derivada de una norma jurídica.
El concepto de derecho tiene dos significados diferentes que
es menester precisar: el punto de vista objetivo y el punto de vista subjetivo. Si lo contemplamos como un ordenamiento social
destinado a regular la conducta humana, advertimos de inmediato que el derecho está formado por un cúmulo de normas, es decir, de reglas impuestas a la actividad
de los hombres,
y a las cuales deben estos someterse. Si, por el contrario, lo
contemplamos desde el fuero interno de cada uno, nos vemos en posesión de
derechos que podemos hacer valer frente a los demás, o sea que el hombre
tiene facultades para
obrar y conducirse en determinados sentidos dentro de una cierta esfera.
En cambio, el punto de vista
subjetivo en el derecho tiene siempre un carácter individual,
pues la norma coloca en manos de una persona una facultad de obrar
frente a otras. Esta facultad puede contemplarse: a) como libertad (es
lícito todo
acto que no sea prohibido o penado por el derecho); como poder jurídico (el
cual encierra la posibilidad de realizar los actos jurídicos
para los cuales tenga capacidad cada persona); y c) como pretensión (o
sea el derecho de exigir de otros el cumplimiento de
un deber impuesto por
las normas). El primer aspecto es unilateral; el segundo crea una relación entre
dos o más sujetos, la cual surge precisamente a raíz del acto
jurídico; y el tercero consiste en la facultad de hacer
efectiva la consecuencia de esa relación, exigiendo de otros la conducta a
la cual se han obligado o que una norma les impone.
El derecho subjetivo puede
definirse, por lo tanto, como el conjunto de facultades que una
persona tiene para obrar lícitamente, a fin de conseguir un bien asegurado por
una norma jurídica natural o positiva.
Se trata siempre de una facultad,
es decir, de una prerrogativa otorgada
o reconocida a las personas, que éstas tienen en potencia, y cuya
utilización queda librada a su voluntad discrecional.
Esta facultad lleva
implícita la posibilidad de
ejercerla, pero no debe confundirse con el acto mismo de llevarla a la práctica.
Tal prerrogativa es
inherente a la naturaleza misma del hombre. El derecho no puede ni
pretende imponer una determinada conducta: se limita a señalar la que estima
conveniente y a castigar la
que considera nociva. Y ello se explica, pues el hombre es un ser dotado de voluntad y
de razón, cuyos actos conscientes derivan del empleo de su libre
albedrío, que el derecho no podría nunca suprimir.
VÍDEO SOBRE EL DERECHO OBJETIVO Y DERECHO SUBJETIVO
DERECHO POSITIVO Y DERECHO VIGENTE
El Derecho positivo se
encuentra formado por las normas jurídicas
cuando éstas son generadas con los
procedimientos determinados por la autoridad competente, en un momento y lugar histórico
determinados, en el caso de nuestro país por el Poder Legislativo. Es decir
para que una normatividad sea considerada como Derecho positivo, forzosamente
debe ser creada por el órgano encargado de legislar.
El derecho positivo puede
ser de aplicación vigente o no vigente, dependiendo si la norma rige para
una población determinada, o la norma ya ha sido derogada por la promulgación de
una posterior. No sólo se considera derecho positivo a la Ley, sino además
a toda norma jurídica que se encuentre escrita (decretos, acuerdos,
reglamentos, etc.).
El concepto de derecho positivo
está basado en el iuspositivismo, corriente filosófico-jurídica que
considera que el único derecho válido es el que ha sido creado por el ser
humano. El hombre ha creado el Estado y en él
ha constituido los poderes en los que se manifestará la soberanía;
el poder legislativo es quien originariamente crea el derecho,
mediante las leyes.
El iusnaturalismo sostiene
una tesis opuesta, según la cual el derecho es único, anterior y superior al
hombre, sustentado en valores supremos a los cuales el ser humano puede aspirar
mediante la razón, por lo que el Derecho no requiere estar escrito para ser
válido, sino que basta con la posibilidad de que se infiera de los valores
esenciales del ser humano (Derechos Humanos).
El Derecho vigente es el que se encuentra en vigor, dentro de un ámbito territorial
determinado, y que el estado considera obligatorio. Rige en un
determinado momento histórico, es decir, el Derecho que rige en el tiempo
presente es vigente. La autoridad tiene la facultad de derogar o abrogar y con
ello reiterarle su vigencia y convertirlo en un Derecho no vigente. Podemos decir,
entonces, que todo Derecho vigente es positivo, pero no todo el Derecho
positivo es vigente, es decir, hay normas jurídicas que tienen poca aplicación
práctica; es decir, no es derecho positivo pero si es derecho vigente.
La ley creada, cumpliendo con
todas las etapas que dicho proceso señala, es Derecho positivo y su vigencia
inicia a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF). La
Constitución que nos rige actualmente es
vigente porque no ha habido otra que la abrogue, es decir, que la anule. Otros ejemplos
de leyes vigentes son la Ley Federal del Trabajo, la Ley General de Educación, la Ley del Impuesto sobre la Renta, la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, la Ley de Ciencia y Tecnología, la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro,
la Ley General de Cultura Física y Deporte,
el Código Civil Federal, entre otras, las cuales seguirán siendo Derecho vigente
hasta que se elimine, de forma total, dicho ordenamiento.
La similitud entre el Derecho
positivo y el Derecho vigente consiste en que ambos son creados por el Poder Legislativo
y su diferencia radica en que le Derecho positivo estuvo vigente en determinada
época, mientras que el vigente es aquel que en este preciso momento se
encuentra rigiendo.
VÍDEO SOBRE EL DERECHO POSITIVO Y DERECHO VIGENTE |
COMPETENCIA COMUNICATIVA Y DIALOGO
La competencia comunicativa
consiste en aquella capacidad del ser humano para expresar ideas, emociones o
sentimientos, pero de manera eficaz y adecuada, para ello, durante ese momento
es necesario el respeto hacia las normas establecidas.
Al emplear nuestra competencia comunicativa
no solo demostramos nuestra habilidad para hablar sino que también hacemos
evidentes cuestiones como nuestro nivel educativo, la forma en la que nos han
educado en casa, los valores, nuestra capacidad de análisis y reflexión,
nuestras convicciones y habilidades persuasivas, etc.
En los enfoques propios del funcionalismo lingüístico, se denomina competencia
comunicativa a la capacidad de hacer bien el proceso de comunicación,
usando los conectores adecuados para entender, elaborar e interpretar los
diversos eventos comunicativos, teniendo en cuenta no sólo su
significado explícito o literal, lo que se dice, sino también las
implicaciones, el sentido explícito o intencional, lo que el emisor quiere
decir o lo que el destinatario quiere entender. El término se refiere
a las reglas sociales, culturales y psicológicas que determinan el uso
particular del lenguaje en un momento dado.
La expresión se creó para
oponerla a la noción de competencia lingüística, propia de la gramática generativa. Según el enfoque
funcional, esta no basta para poder emitir un mensaje de forma adecuada.
Por su parte, el diálogo, es parte
de la comunicación, consiste en aquella conversación entre dos o más personas, por medio del cual
se intercambia información y se expresan sentimientos, pensamientos, deseos e
ideas, y de esta forma se pueden mostrar diversas posturas. En algunas ocasiones se considera que el
dialogo es una platica que se lleva a cabo para llegar a un acuerdo.
Dentro del dialogo surge la
figura del consenso que es el proceso en el que se involucra la toma de
una decisión o solución considerando no únicamente lo que desea la mayoría,
sino que su propósito principal se caracteriza por determinar qué es lo más
satisfactorio para el grupo de personas que intervienen en esa decisión, y un
aspecto característico es que no es la regla de la mayoría la que gobierna.
CONSENSO
Se define como acuerdo producido por consentimiento entre todos los
miembros de un grupo o entre varios grupos. Así podemos decir que el consenso también
es un acuerdo general en el que es
necesario que las personas que intervienen en la decisión manifiesten su
consentimiento para realizar cierta acción. Es de señalarse que el consenso no
se distingue por una mayoría numérica, sino por valorar la mejor decisión.En el consenso todos los
involucrados tienen el derecho a expresar sus motivos para estar a favor o en
contra de cierta determinación, pues si no es así, caeríamos en la dinámica de “
el que calla otorga”, es decir, al no señalar nuestra disconformidad, estaríamos
dando por hecho que estamos de acuerdo con la decisión tomada. El consenso no
consiste en elaborar una propuesta que contemple todas las necesidades
individuales o personales, sino que, es la síntesis de todas las opiniones de los individuos, a fin de crear la mejor opción para toda la colectividad.
Para
llevar a cabo un consenso es necesario:
1. Establecer el propósito general.
2. Construir
la decisión a partir de las aportaciones e ideas de cada miembro del grupo.
3. Considerar
a la comunicación como el medio principal para la exposición de ideas
4.Ser
tolerantes y respetuosos de las opiniones de cada participante
5.Tener
claro que se trata de construir la mejor decisión no de una competencia.
El consenso se usa porque es el medio sustancial para la toma de decisiones de un grupo.
Dentro del
consenso debe respetarse la autonomía de cada miembro; sin embargo, cada integrante del grupo es indispensable en el momento de la toma de decisiones y
deben ser considerados todos los puntos
de vista y aportaciones.
Para llegar a un consenso y lograr
el propósito es necesario considerar los siguientes factores:
- Todas las opiniones deben ser tomadas en cuenta.
- Todas las aportaciones son importantes.
- Todos los integrantes son responsables del proceso.
- El diálogo es pieza fundamental para este proceso.
- Ninguna idea debe darse por descartada.
- Tomar una decisión práctica.
VÍDEO SOBRE LA COMPETENCIA COMUNICATIVA Y DIÁLOGO
DESARROLLO CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO
La ética se encuentra presente en
todos los ámbitos del ser humano, la ciencia y la tecnología no son la excepción,
ya que la sociedad requiere de nuevos conocimientos y descubrimientos que
permitan su crecimiento, además, satisfaga las necesidades del individuo y a su vez, le
proporcione ciertas comodidades.
La ciencia es el conjunto de conocimientos
racionales, sistemáticos, demostrables y factibles, los cuales son aplicados en
beneficio de la sociedad, ya sea de forma material o cultural, y esta se
traduce en tecnología. En otras
palabras, el término ciencia que en su sentido más amplio se emplea para
referirse al conocimiento sistematizado
en cualquier campo, pero que suele aplicarse sobre todo a la organización de
la experiencia sensorial objetivamente verificable. La búsqueda de conocimiento
en ese contexto se conoce como ‘ciencia pura’, para distinguirla de la ‘ciencia
aplicada’ —la búsqueda de usos prácticos del conocimiento científico— y de la
tecnología, a través de la cual se llevan a cabo las aplicaciones.
Por su parte la tecnología, es el
conjunto de teorías y de técnicas que permiten el aprovechamiento práctico del
conocimiento científico. La ciencia y la tecnología van de la mano, ya que por medio de los conocimientos que
aporta la ciencia, son aplicados por la tecnología.
Algunos historiadores científicos
argumentan que la tecnología no es sólo una condición esencial para la
civilización avanzada y muchas veces industrial, sino que también la velocidad del
cambio tecnológico ha desarrollado su propio ímpetu en los últimos siglos. Las
innovaciones parecen surgir a un ritmo que se incrementa en progresión
geométrica, sin tener en cuenta los límites geográficos ni los sistemas
políticos. Estas innovaciones tienden a transformar los sistemas de cultura tradicionales,
produciéndose con frecuencia consecuencias sociales inesperadas. Por ello, la
tecnología debe concebirse como un proceso creativo y destructivo a la vez.
Las necesidades de ciencia y tecnología en nuestro país
ya no se satisfacen con la enseñanza a los estudiantes como
se verifica una ley científica o cómo usar determinado equipo y
maquinaria que resultara obsoleta un futuro próximo; en nuestros tiempos el
preparar gente capaz de pensar y entender los principios básicos de la
ciencia y técnica es fundamental para que no le detengan las dificultades que
presenten e incluso que pueda desarrollar nuevos procedimientos, en
cualquiera que sea su campo de trabajo.
VÍDEO SOBRE EL DESARROLLO CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO
RIESGO GESTIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL DEL
RIESGO Y PRINCIPIO DE PRECAUCIÓN
El principio de precaución se
refiere a la toma de medidas protectoras y de prevención ante las sospechas
sustentadas de que determinadas tecnologías
o los productos derivados de éstas puedan ocasionar algún riesgo grave o
peligroso para la salud pública o el ambiente, para ellos es necesario que se
haya llegado a una comprobación científica que indique la afectación inminente.
Este principio surgió en la
Conferencia de Río de 1922, donde se plasmó que la idea de precaución hoy en día
es sustancial en el Derecho ambiental a
nivel nacional y como recurso cautelar
de diversos desastres. En la Declaración de Rio sobre el Medio Ambiente y Desarrollo de 1922, en su principio 15 se expresa la idea que cuando haya un posible daño grave, no podrá invocarse
por los Estados para no adoptar medidas de protección del ambiente. Su adopción
entraña la necesidad de replantear por completo el actuar ambiental preventivo
de los Estados que has hace pocos años se daba sólo si existía base científica para
ello.
El principio de precaución en materia ambiental se diferencia del principio
de prevención, pues el primero requiere tomar medidas que disminuyan la probabilidad de causar algún daño
ambiental peligroso, a pesar de que se desconozca la posibilidad de que suceda,
por su parte, el principio de prevención exige la toma de medidas, ya que es
conocido el daño ambiental que puede generarse.
El principio de precaución
obliga a la adopción de medidas
protectoras antes de que se produzca el deterioro del ambiente, operando ante
la amenaza a la salud o el ambiente, y la falta de certeza científica sobre sus
causas y consecuencias.
DERECHOS DE LAS PERSONAS Y DE LOS ANIMALES COMO SUJETOS EXPERIMENTALES
Para alcanzar estos avances, se
han valido de realizar estudios en animales, e incluso, en el propio ser
humano, aquí es donde la Ética entra en el dilema de si vale la pena, en muchos
casos, el sufrimiento, o incluso la muerte, de un ser vivo para beneficiar a la
humanidad.
El ser humano siempre ha sido
objeto de estudios y experimentación, lo que ha permitido llegar a los alcances
que actualmente tenemos, para ello ha sido necesario que la Medicina se haya
ido desarrollando. Mientras entre los antiguos egipcios, griegos y romanos al
conocimiento medico se forjó a partir de inferencias empíricas, ciertas
influencias cósmicas y del equilibrio de los cuatro elementos, relacionados con
algunas características de los organismos, supuestamente fisiológicas, no fue
sino hasta el siglo XIV con Harvey cuando se vislumbra la fisiología y, con
ello, la era de la experimentación. Posteriormente, Claudio Bernard postula el
principio de la experimentación denominada vivisección para poner el
descubrimiento y ver funcionar las partes ocultas del organismo: así surge lo
que hoy conocemos como cirugía.
Con base a lo anterior, debemos
preguntarnos cuales son los límites que se deben respetar en el caso de que el
individuo sea el objeto experimental. De acuerdo con los especialistas, el
primer punto a resaltar es que se debe experimentar con el hombre siempre y
cuando se tenga la intención de curar la enfermedad que sufra, proporcionarle
los medios para llevar su padecimiento con las menores complicaciones posibles
o salvarle la vida, y no poner en riesgo la propia salud o la vida.
Los derechos humanos deben estar
por encima de cualquier situación, aun cuando los alcances de la ciencia traigan consigo descubrimientos
sorprendentes.
¿Es aceptable torturar, maltratar o quitar las extremidades aun ser humano para mejorar la
calidad de vida de otro? La respuesta seria que no, nuevamente se atentan
contra los derechos de otros individuos, lo que bajo ninguna circunstancia
puede permitirse.
En cuanto a los animales, dentro
de los laboratorios experimentales, es indispensable que estos tengan el
cuidado veterinario apropiado, alimentación adecuada y alojamiento limpio,
también es primordial asegurar la ausencia de dolor excesivo. No existe
desacuerdo con respecto a estos derechos. Por esta razón, los grupos que
promueven la protección animal, han exigido que los científicos consideren
tener los cuidados pertinentes para dañar lo menos posible a los animales.
Por ello, para la
experimentación, deben buscarse aquellos animales considerados reactivos
biológicos, esto se trata de un animal cuya calidad genética y ambiental ha
sido controlada y asegurada y, por tanto, es capaz de dar una respuesta fiable
y reproducible a la pregunta experimental.
PRÁCTICAS DE CONSUMO
En términos generales, el consumo
es el uso que hace el hombre de los bienes o servicios que están a su disposición
con el propósito de satisfacer sus necesidades, es decir, todo aquello que
necesitamos para nuestra vida diaria, como alimentos, vestido, transporte, etc.
La Real Academia Española define
el consumismo como la tendencia inmoderada a adquirir, gustar o consumir bienes
y servicios considerados como no indispensable para el ser humano, debido a que
se tiene la creencia de que al pagar por ellos tendrá cierto estatus dentro del
grupo social al que pertenece.
Es inevitable consumir, pues
todos los días requerimos de bienes y servicios para nuestra subsistencia, sin
embargo, la práctica de consumo no razonada trae graves consecuencias debido a
que atenta contra la estabilidad económica, ya que en la actualidad fácilmente podemos
tener a nuestro alcance diversas tarjetas crediticias, lo que fomenta la
practica consumista de forma desmedida sin detenernos a pensar si el producto
que estamos adquiriendo realmente es necesario o solo lo compramos porque la mayoría
lo posee.
El consumo masivo ha
dado lugar al consumismo y a la denominada sociedad de consumo. En términos puramente económicos se
entiende por consumo la etapa final del proceso económico,
especialmente del productivo, definida como el momento en que un bien o
servicio produce alguna utilidad al sujeto consumidor. En este
sentido hay bienes y servicios que directamente se destruyen en el acto del consumo,
mientras que con otros lo que sucede es que su consumo consiste en su
transformación en otro tipo de bienes o servicios diferentes.
El consumo, por tanto, comprende
las adquisiciones de bienes y servicios por parte de cualquier sujeto económico
(tanto el sector privado como las administraciones públicas). Significa
satisfacer las necesidades presentes o futuras y se le considera el último
proceso económico. Constituye una actividad de tipo circular en tanto en cuanto
que el ser humano produce para poder consumir y a su vez el consumo genera
producción.
Para el antropólogo García-Canclini el consumo es «el
conjunto de procesos socioculturales en los que se realizan la apropiación y
los usos de los productos».
Debemos considerar que si
queremos comprar algún producto o adquirir un servicio, debemos hacerlo
contemplando si realmente nos será útil y para qué, no por moda o imposición.
El consumo desmedido de
tecnología y otros productos también atenta contra nuestros recursos naturales
como veremos a continuación.
VÍDEOS SOBRE LAS PRACTICAS DE CONSUMO.
RELACIÓN CON OTROS SERES VIVOS
El medio ambiente consiste en
todo aquello que nos rodea, como árboles, plantas, animales, rocas, agua, etc. Este
medio afecta y condiciona, especialmente, el contexto de la vida de los
individuos, y por tanto, de la sociedad.
El ambiente también se constituye
por el conjunto de valores naturales, sociales y culturales que existen en
un espacio y época determinados, demás influyen
en la vida del hombre, así como de las próximas generaciones. En este espacio
no sólo desarrolla la vida del propio ser humano, sino que se relaciona con
otros elementos como otros seres vivos, objetos, agua, suelo, aire y sus
relaciones, incluso aspectos intangibles
como la cultura.
CONCIENCIA DE LAS SEMEJANZAS Y LAS DIFERENCIAS ENTRE EL SER HUMANO Y OTRAS ESPECIES
Los seres humanos también somos
animales y a pesar de que ciertas especies tienen diversas similitudes con la
nuestra, actividades básicas como comer, dormir, reproducirnos, luchar o
defendernos, las realizamos tanto el hombre como un animal. Esto quiere decir
que tenemos las mismas necesidades básicas, sin embargo, el ser humano puede decidir tener relaciones
sexuales sólo por placer, con las medidas necesarias y no siempre con el propósito
de reproducción.
Una diferencia muy importante es
que tenemos la capacidad de reflexión. Otra diferencia es que podemos resolver
nuestros problemas de la vida diaria, esto lo podemos hacer gracias a nuestras
experiencias y aprendizaje. Podemos organizar información y hacer nuevos
descubrimientos, hemos podido crear diversas formas de comunicación, por
supuesto, más complejas que las del reino animal.
El ser humano a diferencia de los
animales, puede vivir emociones y sentimientos como el amor, la felicidad, la
ira, la tristeza, el coraje, etc.
Por otro lado, ¿cuáles serían las
diferencias del ser humano con las plantas? La respuesta es más sencilla, los
animales tienen cierta inteligencia, mientras que las plantas no, pero a pesar
de ello son elementos necesarios para el desarrollo del ser humano. En conclusión,
tanto plantas, animales y humanos tenemos ciertas diferencias y semejanzas,
pero lo importante es valorar cada elemento
indispensable para nuestro ambiente.
Todos los elementos que
encontramos en el ambiente son indispensables para el desarrollo de la
humanidad, pues gracias a ellos nos alimentamos, nos hidratamos, nos vestimos,
incluso podemos respirar.
Dentro de la sociedad, uno de los
fines del ser humano es satisfacer sus necesidades materiales, pero, debemos
estar conscientes de que los seres humanos tenemos una obligación ética de
compartir el planeta Tierra con otras especies y que tenemos que reorientar
nuestros valores y actividades, de
tal manera que todas las formas de vida puedan prosperar.
El hombre, como especie dominante
de la naturaleza, debería ser respetuoso con ella. Es decir, no por el hecho de
ser dominante puede entrar con cualquier
especie y obtener beneficios sin considerar los daños que puede ocasionar al resto de las especies.
Lamentablemente la idea del
crecimiento, principalmente económico, no ha podido establecer límites al
respecto, ya que se mínima la importancia de la naturaleza si como las necesidades
de las demás especies. Esto provoca atentar contra el propio hombre, pues las
flores, las plantas, los animales, las piedras o cualquier otro elemento son
fundamentales para nuestro ambiente. Es evidente el deterioro que el ser humano ha ocasionado al medio, lo que ha
dado origen a diversos fenómenos meteorológicos como las sequías, lluvias
extremas, granizadas, heladas, huracanes que no ocurrían en ciertas regiones, o
bien, el caso del cambio climático.
Es común que se le dé prioridad a
la acumulación de riqueza que a un ecosistema, cuyo fin no es preservar la vida
en cualquiera de sus manifestaciones. En estos casos en ningún momento se
pretende beneficiar la naturaleza, lo único que se consigue es atentar contra las especies.
Finalmente, debemos considerar
que los ecosistemas están siendo afectados por el exceso de contaminación en el
aire, suelo y agua provocada por el hombre, el aumento en la temperatura
terrestre, la erosión y desaparición de especies es consecuencia del
antropocentrismo, que consiste en la teoría filosófica que coloca al hombre
como centro del universo. Por ello, es relevante aplicar la Bioética en este ámbito,
la cual es un área de la Biología que analiza que el ser humano satisfaga sus
necesidades usando los recursos naturales, pero de forma razonada y consciente,
ya que diversos seres vivos dependen del equilibrio del planeta.
VÍDEO SOBRE LA CONTAMINACIÓN